Ramos Lozada v. Orientalist Rattan Furniture, Inc.
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
El 17 de marzo de 1986 el Sr. Ramón Ramos Lozada presentó una demanda en daños y perjuicios por incumpli-miento de contrato y cobro de dinero ante la Sala de Baya-món del Tribunal Superior contra Orientalist Rattan Furniture, Inc. y otros. Se alegó en la demanda, y posteriormente en la demanda enmendada, que las partes habían otorgado un contrato de arrendamiento el 2 de ju-nio de 1971, mediante el cual el demandante le cedía en arrendamiento a la parte demandada un solar y dos (2) edificios industriales, a ser utilizados los mismos para la manufactura de muebles de rattan.
Surge de la demanda que, allá para el 23 de septiembre de 1981, ocurrió un incendio en la propiedad arrendada, quemándose las referidas estructuras. En la demanda ra-dicada, el arrendador solicitó indemnización por las pérdi-[716] das o deterioro que sufrieron las edificaciones, las cuales estimó en $23,000 dólares; $10,000.00 por concepto de da-ños y perjuicios, y $11,375 dólares por los cánones de arrendamiento vencidos y no pagados. El demandante arrendador expresamente alegó que el siniestro se debió a la exclusiva negligencia de la parte demandada arrendata-ria y que ésta se había comprometido, conforme a las Cláu-sulas 6, 7 y 8 del contrato de arrendamiento otorgado, a cuidar y mantener la propiedad “como un buen padre de familia” y a responder por cualquier daño que le pudiera ocurrir a la propiedad, salvo los debidos al deterioro natural del tiempo.
Footnotes
130 P.R. Dec. 712 (Ramos Lozada v. Orientalist Rattan Furniture, Inc.) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.