Colon Burgos, Carlos Elyd v. Rivera Duran, Pedro

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 30, 2025
DocketKLCE202500475
StatusPublished

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Colon Burgos, Carlos Elyd v. Rivera Duran, Pedro, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

CARLOS E. COLÓN Certiorari procedente BURGOS Y XIOMARA S. del Tribunal de RIVERA RODRÍGUEZ Primera Instancia, Sala Superior de Caguas RECURRIDOS

KLCE202500475 v. Civil Núm..: CG2023CV01429

PEDRO RIVERA DURÁN; Sobre: Sentencia VERSATECH, INC.; declaratoria; VERSATECH Petición de disolución PRODUCTS, INC.; de corporaciones de PRIME DEVELOPMENT empresa común de CORPORATION Y TU dos accionistas; FARMACIA MÓVIL Incumplimiento de CORP. contrato; Violación del deber de la buena fe contractual; PETICIONARIOS Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Ortiz Flores, el Juez Rivera Torres y el Juez Pagán Ocasio1

Ortiz Flores, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de mayo de 2025.

Comparece el señor Pedro Rivera Durán, Versatech, Inc.,

Versatech Products, Inc., Prime Development Corporation y Tu

Farmacia Móvil Corp. (en conjunto, peticionarios) mediante el

recurso de epígrafe y nos solicitan que revoquemos la Resolución

emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Caguas (TPI), el 28 de marzo de 2025 y notificada el 1 de abril de

2025.

Adelantamos que, en el ejercicio de nuestra discreción,

denegamos expedir el auto de certiorari presentado.

1 Mediante la Orden Administrativa OATA-2025-066 del 6 de mayo de 2025, se

designó al Hon. Ángel R. Pagán Ocasio para entender y votar en sustitución de la Hon. Camille Rivera Pérez debido a que dejó de ejercer funciones como Jueza del Tribunal de Apelaciones.

Número Identificador RES2025_______________ KLCE202500475 2

I

El 8 de mayo de 2023, el señor Carlos E. Colón Burgos y la

señora Xiomara S. Rivera Rodríguez (en conjunto, recurridos)

presentaron una Demanda donde alegaron ser codueños de las

empresas Versatech, Inc., Versatech Products, Inc., Prime

Development Corporation y Tu Farmacia Móvil Corp., por lo que

solicitaron se emitiera una sentencia declaratoria a tales efectos.

Además, solicitaron la liquidación y disolución de las corporaciones

que tienen en común, el resarcimiento por concepto de daños

contractuales, violación a la buena fe contractual y por daños

extracontractuales solicitando una compensación total de

$3,000,000.00.2 A raíz de que el caso ante nos tuvo su inicio hace

ya más de dos años, su tracto procesal es uno extenso. Por tal

motivo, nos circunscribiremos a mencionar los incidentes

pertinentes a la controversia que nos atañe. Dicho lo anterior, fue

el 29 de enero de 2025 que los peticionarios presentaron una Moción

Solicitando Sentencia Sumaria donde esencialmente solicitaron al

tribunal que desestimara sumariamente las reclamaciones

contenidas en la Demanda de los recurridos y declarara con lugar

las reconvenciones de los peticionarios.3

Luego de evaluar los documentos presentados en los escritos

de ambas partes, el TPI determinó como hechos incontrovertidos los

siguientes:

A. Versatech

1. El 23 de marzo de 2005, el Sr. Colón Burgos y el Sr. Rivera Durán incorporaron conjuntamente a Versatech ante el Departamento de Estado bajo el número de registro 15414, designándose como Directores de la corporación.

2. Surge del Certificado de Incorporación que Versatech tendría autoridad para emitir 500 acciones, con un valor de $1,000.00 cada una, para un capital autorizado de $500,000.00.

2 Apéndice del recurso, págs. 1-33. 3 Apéndice del recurso, págs. 267-297. KLCE202500475 3

3. Tras la incorporación de Versatech, el Sr. Rivera Durán pasó a ocupar las posiciones de Presidente y Tesorero y el Sr. Colón Burgos las de Vicepresidente y Secretario de la corporación.

4. Por años, y a la fecha de la radicación de la Demanda Jurada, Carrasquillo CPA Group ha sido la firma de contabilidad de Versatech, Versatech Products, Prime Development y Tu Farmacia Móvil.

5. La firma Carrasquillo CPA Group preparó los estados financieros auditados de Versatech para los años 2008 y 2017.

6. Surge de los estados financieros auditados de Versatech, preparados por Carrasquillo CPA Group para el año contributivo terminado el 31 de diciembre de 2008, que el interés de los accionistas en la corporación (“Stockholder’s Equity”) eran 500 acciones comunes autorizadas, con un valor de $1,000.00 cada una, no emitidas y en circulación (“Common stock, $1,00[0] par value, authorized 500 shares non issued and outstanding”).

7. Surge de los estados financieros auditados de Versatech, preparados por Carrasquillo CPA Group para el año contributivo terminado el 31 de diciembre de 2017, que el interés de los accionistas en la corporación (“Stockholder’s Equity”) eran 500 acciones comunes autorizadas, con un valor de $1,000.00 cada una, no emitidas y en circulación (“Common stock, $1,00[0] par value, authorized 500 shares non issued and outstanding”).

8. En un sinnúmero de ocasiones a través de los años, el Sr. Rivera Durán y el Sr. Colón Burgos se representaron ante terceros como los fundadores, accionistas principales o socios de Versatech.

B. Versatech Products

9. El 21 de septiembre de 2011, Versatech Products fue incorporada en el Departamento de Estado bajo el número de registro 304275.

10. En el Certificado de Incorporación de Versatech Products el Sr. Rivera Durán fue denominado Presidente y Tesorero y el Sr. Colón Burgos Vicepresidente y Secretario; a su vez, ambos fueron denominados Directores de la corporación.

C. Prime Development

11. El 2 de julio de 2018, Prime Development fue incorporada en el Departamento de Estado bajo el número de registro 412024.

12. El Sr. Rivera Durán fue designado como el único director y oficial de Prime Development. KLCE202500475 4

13. El Sr. Colón Burgos no ha realizado pago alguno por concepto de arrendamiento de la Propiedad en Finca Elena.

D. Tu Farmacia Móvil

14. El 8 de abril de 2019, Tu Farmacia Móvil fue incorporada en el Departamento de Estado bajo el número de registro 425636.

15. El Sr. Colón Burgos firmó como garantizador en los acuerdos suscritos con los suplidores de Tu Farmacia Móvil.

E. Vehículos de Motor

16. Versatech Products adquirió el vehículo Ford Transit Connect XL del año 2019, tablilla 1026622, VIN# NM0LS6E26K1431280 (en adelante, la “Transit Connect”).

17. El vehículo BMW X5, año 2021, tablilla JRJ191, VIN# 5UXTA6C01M9H39390 modelo X5 (en adelante, la “BMW X5”) lo maneja el Sr. Colón Burgos.4

Por otro lado, como hechos que se hallan en controversia,

determinó los siguientes:

1. Si, previo a la incorporación de Versatech, Versatech Products, Prime Development y Tu Farmacia Móvil, el Sr. Colón Burgos y el Sr. Rivera Durán acordaron verbalmente que serían socios y accionistas en igual participación, adviniendo cada uno dueño del 50% de las acciones de dichas compañías, y que todo beneficio y/o ganancia generada por éstas sería dividido entre los dos accionistas en partes iguales.

2. Si, previo a la adquisición de la Propiedad en Finca Elena, el Sr. Colón Burgos y el Sr. Rivera Durán acordaron que, aunque ésta fuese adquirida a través de Prime Development, la referida residencia pertenecería exclusivamente al Sr. Colón Burgos

3. Si la Propiedad en Finca Elena se adquirió con las distribuciones, ganancias y/o beneficios que le correspondían al Sr. Colón Burgos como codueño de las compañías.

4. Si el Sr.

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