Álvarez de Choudens v. Rivera Vázquez

165 P.R. Dec. 1
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJune 17, 2005
DocketNúmero: CC-2002-571
StatusPublished
Cited by112 cases

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Bluebook
Álvarez de Choudens v. Rivera Vázquez, 165 P.R. Dec. 1 (prsupreme 2005).

Opinion

El Juez Asociado Señor Rebollo López

emitió la opinión del Tribunal.

Para principios de 1993, José Álvarez de Choudens, Edwin Córdova Torres y Armando Passalacqua Alonso mos-[6]*6traron interés en adquirir unos cinco mil metros cuadrados de terreno de una finca principal, de mayor cabida, ubi-cada en el barrio Montones del Municipio de Las Piedras, con el propósito de establecer y construir dos estableci-mientos de comida rápida en dicho predio. Luego de soste-ner conversaciones a esos efectos con el Sr. Germán Rivera Vázquez, dueño de la referida finca, las partes otorgaron un contrato de opción de compra el 6 de julio de 1993.

Conforme el contrato otorgado, el precio total de la com-pra y venta sería de $600,000. El precio pactado por la opción fue $60,000, que habrían de ser pagados de la ma-nera siguiente: (a) $20,000 al firmar el contrato de opción; (b) $20,000 el 30 de septiembre de 1993, y (c) $20,000 al conseguirse los permisos para la segregación del terreno(1)

Los compradores, además, estaban obligados a gestio-nar los permisos ante la Junta de Planificación para el cambio de zonificación de zona industrial a zona comercial.(2) Una vez obtenido el referido cambio de zonifi-cación, con el propósito de poder llevar a cabo el contrato de compraventa, el señor Rivera Vázquez estaría obligado a hacer los trámites ante la Administración de Reglamen-tos y Permisos (A.R.Pe.) para obtener el permiso de segre-gación de los cinco mil pies cuadrados de terreno de la finca principal.

El 14 de octubre de 1994, los señores de Choudens, Cor-dova y Passalacqua, luego de haber pagado $40,000 del contrato de opción, obtuvieron a nombre del señor Rivera Vázquez una consulta de ubicación de la Junta de Planificación. (3) En virtud de la referida consulta, se logró el cambio de zonificación del terreno de zona industrial a zona comercial. Conforme a ello, Rivera Vázquez procedió, entonces, a obtener los permisos correspondientes y a lle-[7]*7var a cabo la segregación del terreno objeto del contrato de opción(4)

Una vez terminadas todas las gestiones para llevar a cabo la segregación, el señor Rivera Vázquez requirió a los demandantes recurridos el pago de los restantes $20,000 del contrato de opción para poder culminar con la compra del terreno. Los demandantes recurridos confrontaron pro-blemas económicos que no le permitieron cumplir con el pago del último plazo de $20,000.

En el entretanto, el 19 de abril de 1995, de Choudens, Córdova y Passalacqua suscribieron una carta contrato con Caribbean Restaurant, Inc. (Burger King) con el propósito de establecer un negocio de comida rápida en el terreno de Rivera Vázquez. De igual forma, el 3 de mayo de 1995 hi-cieron lo propio con Southamerican Restaurant Corp. (Church’s).

Conforme a los términos establecidos en dichas cartas, Burger King y Church’s se comprometían con de Choudens, Córdova y Passalacqua a que, una vez ellos ad-quirieran el terreno del señor Rivera Vázquez y prepara-ran los planos de construcción con los permisos guberna-mentales correspondientes, las partes suscribirían un contrato de arrendamiento para establecer los negocios de comida rápida en dicho predio(5)

Mientras tanto, de Choudens, Córdova y Passalacqua sostenían conversaciones con Rivera Vázquez con el propó-sito de llegar a un acuerdo en sustitución del anterior. Luego de varias reuniones, las partes llegaron a un nuevo acuerdo.

Este nuevo acuerdo consistía en que de Choudens, Cór-dova y Passalacqua le entregarían a Rivera Vázquez los [8]*8planos y las cartas compromisos de Burger King y de Church’s que ya tenían para la construcción y operación de los establecimientos de comida rápida a cambio de la can-tidad de cien mil dólares. A tales fines, las partes suscribie-ron un segundo contrato el 5 de julio de 1995. La cantidad de $100,000 pactada incluía la devolución de los $40,000, pagados al señor Rivera Vázquez en concepto del contrato de opción anterior y el pago adicional, por Rivera Vázquez, de $60,000, correspondientes al precio fijado por el pro-yecto gestado por de Choudens, Córdova y Passalacqua.

Luego de firmado el referido contrato, Rivera Vázquez se dirigió a las oficinas del arquitecto Augusto Gautier Mayoral para revisar los planos del proyecto. Gautier Mayoral era el arquitecto de Burger King y de Church’s. Éste le había preparado a de Choudens, Córdova y Passalacqua unos planos para la consulta de ubicación de 1994. Rivera Vázquez se enteró en ese momento que los planos existen-tes eran sólo esquemáticos y no finales de construcción. En vista de ello, el señor Rivera Vázquez contrató los servicios del arquitecto Gautier Mayoral para que preparara los pla-nos finales de construcción y gestionara los permisos gu-bernamentales correspondientes. Los honorarios acorda-dos fueron $25,000.

Así las cosas, el 25 de agosto de 1995 de Choudens, Cór-dova y Passalacqua lograron transferir las cartas compro-miso de Burger King y de Church’s a nombre de Rivera Vázquez. En virtud de ello, el 25 de septiembre de 1996 Rivera Vázquez suscribió unas escrituras públicas de con-tratos de arrendamiento con Burger King y Church’s por un término de veinte años,(6) con dos períodos de renova-[9]*9ción de cinco años cada uno.(7) Rivera Vázquez se negó a pagarle a de Choudens, Córdova y Passalacqua la cantidad acordada en el contrato suscrito el 5 de julio de 1995, no obstante los requerimientos que estos últimos le hicieron a esos efectos.

Ante esta situación, José Álvarez de Choudens, Edwin Córdova Torres y Armando Passalacqua Alonso presenta-ron ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, una demanda de cobro de dinero por incum-plimiento de contrato contra Germán Rivera Vázquez, su esposa Ana Celia Rodríguez Meléndez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. Los señores de Choudens, Córdova y Passalacqua reclamaron al señor Rivera Vázquez el pago de la suma de $100,000 en cumpli-miento de la carta contrato suscrita entre ellos el 5 de julio de 1995.

Rivera Vázquez contestó la demanda y presentó una reconvención. Alegó, en síntesis, que el contrato del 5 de julio de 1995 no era válido, porque hubo vicio en el consentimiento. Adujo que de Choudens, Córdova y Passa-lacqua lo engañaron, ya que le habían hecho creer que los planos que tenían eran finales, cuando no lo eran. Solicitó al tribunal que declarara que el acuerdo suscrito el 5 de julio de 1995 no era legalmente exigible y que ante el ale-gado incumplimiento de de Choudens, Córdova y Passala-cqua con el contrato de opción suscrito el 6 de julio de 1993, declarase su resolución, así como la retención de los $40,000 recibidos en virtud de éste. Solicitó, además, que se le indemnizara por los daños causados por de Choudens, Córdova y Passalacqua por sus actos negligentes, falsos y engañosos. (8)

[10]*10Luego de celebrado el juicio en su fondo, el tribunal de primera instancia emitió una sentencia. (9) Mediante ésta, concluyó que, según la intención de las partes, el contrato suscrito el 5 de julio de 1995 se refería a los planos perti-nentes, indispensables y necesarios para el establecimientos de los restaurantes de comida rápida y no meramente a planos esquemáticos.

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