Marcano Rivera v. Departamento de Estado

163 P.R. Dec. 778, 2005 TSPR 12, 2005 PR Sup. LEXIS 9
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 23, 2005
DocketNúmero: CC-2003-752
StatusPublished
Cited by7 cases

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Marcano Rivera v. Departamento de Estado, 163 P.R. Dec. 778, 2005 TSPR 12, 2005 PR Sup. LEXIS 9 (prsupreme 2005).

Opinions

El Juez Asociado Señor Fuster Berlingeri

emitió la opinión del Tribunal.

Nos toca precisar las facultades de una junta examina-dora cuando el examen de reválida de una profesión queda viciado por la acción fraudulenta de alguno de sus miembros.

I

El 5 de mayo de 2001, Emmanuel Marcano Rivera tomó la parte teórica del examen de reválida para perito electri-[781]*781cista ofrecido por la Junta Examinadora de Peritos Electri-cistas (Junta). Tomó la parte práctica del examen el 12 de mayo del mismo año.

En junio de 2001 Marcano Rivera recibió una carta, con fecha de 22 de junio, suscrita por Pedro Sosa Reyes, Sub-director de la División de Juntas Examinadoras del Depar-tamento de Estado. En la misiva, Sosa Reyes le informaba al aspirante que había aprobado la parte teórica del exa-men de reválida con cien por ciento y la parte práctica con ochenta por ciento. La carta contenía, además, instruccio-nes para obtener la licencia en cuestión. Marcano Rivera presentó la documentación requerida.

En ese mismo año la Directora de las Juntas Examina-doras del Departamento de Estado advino en conocimiento de unas alegadas irregularidades cometidas durante el proceso de preparación o administración del examen de re-válida para perito electricista ofrecido el 5 de mayo de 2001. Como prueba de ello, recibió un documento que con-tenía preguntas de selección múltiple similares a las que contenía el referido examen con las respuestas correctas ennegrecidas. A raíz de esto, le solicitó al Dr. Gabriel Gi-rino Gerena, Consultor Psicométrico del Departamento de Estado (Consultor), que realizara una investigación sobre este asunto. El Consultor preparó un informe sobre el particular que reveló, entre otros datos, lo siguiente:

1. En el documento investigado se incluían 52 de las 60 pre-guntas que aparecieron en la prueba.
2. En el documento aparecían 6 preguntas que fueron inclui-das en el borrador inicial discutido con la Junta, que no se utilizaron en el examen.
3. Las preguntas que aparecían en el documento y en el exa-men, seguían un orden similar.
4. Una de las preguntas del documento aparece con correc-ciones hechas el día de la reunión con la Junta, sin embargo, no aparece con las correcciones posteriores hechas en la Cor-poración Psicométrica.

[782]*782Como parte de la referida investigación, se realizó un estudio comparativo de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que habían tomado el examen en más de una ocasión. Este estudio reveló que una cantidad sustancial de los aspirantes que no habían aprobado el examen en ocasiones anteriores —por haber obtenido una puntuación menor de veinte puntos— había aprobado el examen del 5 de mayo de 2001 con puntuaciones que sobrepasaban los cuarenta puntos, y algunos hasta obtuvieron una puntua-ción perfecta, cincuenta puntos. Además, una gran canti-dad de los aspirantes que tomaron por primera vez el exa-men obtuvo una puntuación perfecta, resultado catalogado de inusual por el Consultor.

El informe del Consultor concluía que se había incu-rrido en serias irregularidades en el manejo y la adminis-tración del examen ofrecido el 5 de mayo de 2001, y reco-mendaba su invalidación y la redacción de un nuevo banco de preguntas.

Ante la seriedad de los hallazgos de la investigación, el asunto fue referido a la consideración del Secretario de Es-tado, quien ordenó una investigación administrativa sobre las alegadas irregularidades y emitió una serie de directri-ces en relación con el asunto. También solicitó la interven-ción del Departamento de Justicia.

A tenor con las directrices emitidas, representantes de la Oficina de Asuntos Legales del Departamento de Estado se reunieron con los miembros de la Junta y les informaron sobre los resultados de la investigación. Les informaron, además, del referido al Departamento de Justicia debido a sospechas de que el material del examen había sido pro-visto previamente a los estudiantes por miembros de la Junta. Entre otras cosas, se prohibió a los miembros de la Junta que expidieran licencias a los aspirantes que habían tomado y aprobado el examen teórico el 5 de mayo de 2001. De manera que no se expidió licencia alguna a los aspiran-[783]*783tes que aprobaron el examen teórico el 5 de mayo de 2001, incluyendo al recurrido Marcano Rivera.

Por su parte, el Departamento de Justicia refirió la in-formación recopilada al Negociado de Investigaciones Es-peciales, el cual realizó una investigación minuciosa del asunto y concluyó que los estudiantes habían tenido acceso al material del examen debido a que algunos miembros de la Junta se lo habían provisto. Ello dio lugar a que se pre-sentaran cargos criminales por violaciones a la Ley de Ética Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico contra Helsone Ramos Vallés, Presidente de la Junta, y José Pagán Morales, otro de los miembros de la Junta. Ambos resultaron convictos tras admitir los hechos y hacer alegación de culpabilidad por delitos menos graves.

Por otro lado, estando aún en curso la aludida investi-gación, el 20 de marzo de 2002 la representante legal de Marcano Rivera inquirió, mediante una carta dirigida a Sosa Reyes, sobre la licencia que esperaba su cliente. Esta misiva fue, a su vez, contestada por Helsone Ramos Vallés, Presidente en aquel momento de la Junta. Ramos Vallés explicó en la Carta de 2 de mayo de 2002, que a pesar de que el aspirante había aprobado el examen, no se le permi-tía expedir una licencia a su favor puesto que se estaba realizando una investigación sobre unas alegadas irregula-ridades en el proceso de reválida.

Luego de concluida la investigación criminal y la corres-pondiente presentación de cargos criminales contra los miembros de la Junta implicados en las irregularidades, el 25 de septiembre de 2002 la Junta emitió una resolución mediante la cual determinó anular el examen de 5 de mayo de 2001. Esto debido a que las irregularidades con relación al examen imposibilitaban la certificación de un resultado confiable.

El 27 de septiembre de 2002 Josué Martínez Grueiro, Presidente Interino de la Junta, cursó a Marcano Rivera [784]*784una misiva para notificarle la anulación del examen de 5 de mayo de 2001 debido a las serias irregularidades referidas. Le indicó, además, que podría tomar el examen nuevamente, libre de costo. Todos los aspirantes recibieron comunicaciones similares.

El 9 de octubre de 2002 la Junta publicó un aviso en un periódico de circulación general mediante el cual se noti-ficó la anulación del examen teórico de la reválida de perito electricista de 5 de mayo de 2001. El aviso también indi-caba que los aspirantes que habían tomado el examen ese día podían tomarlo otra vez, libre de costo, en noviembre de 2002.

El 11 de octubre de 2002 la representación legal de Mar-cano Rivera envió una comunicación al Presidente Interino de la Junta mediante la cual solicitó la reconsideración de la referida decisión de anular el examen. Ésta fue dene-gada mediante un Carta de 24 de octubre de 2002 y sus-crita por Martínez Grueiro. En la misiva, Martínez Grueiro explicaba que debido a las irregularidades ocurri-das resultaba imposible certificar los resultados del exa-men como válidos, pero que los aspirantes que habían to-mado el examen en esa fecha podrían tomarlo de nuevo, libre de costo.

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