In re Dubón Otero
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RESOLUCIÓN
Vista la querella presentada por la Oficina del Procura-dor General, se le ordena a nuestra Secretaria registrarla inmediatamente en el libro correspondiente y expedir man-damiento dirigido al querellado requiriéndole que la con-teste, dentro del término de cinco (5) días de su notificación, y para que, dentro de ese mismo término, muestre causa por la cual no debamos suspenderlo provisionalmente de la abogacía hasta que otra cosa disponga este Tribunal. Re-glas 14(f) y 50 de nuestro Reglamento, 4 L.P.R.A. Ap. XXI-A.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El
(.Fdo.) Isabel Llompart Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo
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153 P.R. Dec. 829 (In re Dubón Otero) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.