Toro Rivera v. Estado Libre Asociado
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emitió la opinión del tribunal.
Se nos presenta la interrogante siguiente: ¿Cuándo co-mienza a discurrir el término de noventa días para notifi-car al Estado de la intención de demandarle por daños oca-sionados por conducta negligente de funcionarios gubernamentales asociada a una causa de acción por per-secución maliciosa? Para poder precisarlo es pertinente co-nocer en qué momento se configura la acción denominada persecución maliciosa. Luego de examinar los eventos pro-cesales en controversia, así como el derecho aplicable, de-terminamos que el término de noventa días para notificar al Estado de la intención de instar una reclamación de este tipo, según dictamina el Art. 2A de la Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955, según enmendada, conocida como la Ley de Pleitos contra el Estado, comienza a transcurrir desde que el tribunal pronuncia su fallo absolutorio. Art. 2A de la Ley de Pleitos contra el Estado (Ley Núm. 104), 32 LPRA sec. 3077a (Art. 2A de la Ley de Pleitos contra el Estado o Ley Núm. 104). Veamos.
1 — I
Los Sres. Raymond Martínez Lozano y Ángel Toro Rivera (Recurridos o señores Martínez y Toro) presentaron una demanda en daños y perjuicios ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, contra el Go-bierno de Puerto Rico (Gobierno o Peticionario), el Depar-tamento de Corrección y Rehabilitación, los fiscales de la División de Integridad Pública Melvin Colón Bonet y Marie Díaz León (Fiscales), los agentes Listoriel López López, Aldo Flores Alicea, Otoniel González, Ecxer Quiñones, John Doe y Richard Doe (Agentes), así como contra las Compañías Aseguradoras A, B y C. Las alegaciones de los [400] Recurridos, exfuncionarios del Departamento de Correc-ción y Rehabilitación, están basadas en un proceso penal iniciado el 16 de marzo de 2009 a través del cual el Minis-terio Público presentó cargos criminales contra ambos por violaciones al Código Penal de Puerto Rico de 2004 (33 LPRA see. 4629 et seq.) (derogado), así como a la Ley de Ética Gubernamental de 1985 (3 LPRA ant. see. 1801 et seq.) (derogada).
Footnotes
194 P.R. Dec. 393 (Toro Rivera v. Estado Libre Asociado) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.