Pueblo v. Bussman
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
La Regla 58(b) de las de Procedimiento Criminal dispone que “ [e] n el acto de lectura de acusación, el tribunal señalará la fecha para el juicio y apercibirá al acusado que de no com-parecer, podrá celebrarse el juicio en su ausencia, incluyendo la selección del jurado y todas las otras etapas hasta el vere-dicto o fallo y que su incomparecencia voluntaria equivaldrá a una renuncia a estar presente en estas etapas del proceso.”
Amparándose en lo dispuesto en la transcrita regla la pe-ticionaria a través de su representación legal solicitó, el día señalado para la vista del caso seguido contra ella por in-fracción a la ley de Sustancias Controladas, que la misma se celebrara en su ausencia. Adujo como razón para ello que estaba cursando estudios en la Universidad de Colorado. El fiscal se opuso y el tribunal lo sostuvo. La representación de la acusada nos pide que revoquemos la resolución emitida por la Sala de Aguadilla del Tribunal Superior, Veray Torre-grosa, J. Concedimos al Procurador General un término para [446] que visto lo dispuesto en las Reglas 58(b) y 248
Footnotes
Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI
108 P.R. Dec. 444 (Pueblo v. Bussman) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.