El Pueblo v. Cruz Rosario

2020 TSPR 90
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedAugust 25, 2020
DocketCC-2020-250
StatusPublished
Cited by1 cases

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El Pueblo v. Cruz Rosario, 2020 TSPR 90 (prsupreme 2020).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico

Peticionario Certiorari

v. 2020 TSPR 90

204 DPR ____ Daniel Cruz Rosario

Recurrido

Número del Caso: CC-2020-250

Fecha: 25 de agosto de 2020

Tribunal de Apelaciones:

Panel III

Oficina del Procurador General

Lcdo. Pedro A. Vázquez Montijo Subprocurador General

Abogados de la parte Recurrida:

Lcda. Frances Lorena Ruiz Lourido Lcdo. Efraín A. Ruiz Ruiz

Materia: Derecho Constitucional y Procesal Penal - La Cláusula de Confrontación, contenida en la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y en la Sección 11 de la Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico, no prohíbe que un testigo declare en el juicio usando una mascarilla como medida de prevención de la propagación del COVID-19. Los tribunales pueden establecer medidas cautelares de prevención para lograr un balance entre el derecho del acusado de confrontar a los testigos de cargo y el interés general en proteger a los testigos y demás participantes de los procesos judiciales de un potencial contagio del virus.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico Certiorari Peticionario CC-2020-250 v.

Daniel Cruz Rosario

Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2020.

Actualmente atravesamos por una crisis de salud

mundial cuya culminación es incierta. La pandemia de

enfermedad por coronavirus (en adelante, “COVID-19” o

“pandemia”) cobró la primera vida en Puerto Rico a

mediados de marzo de 2020 y, al día de hoy, vivimos uno de

los momentos de mayor contagio. Basta con examinar las

estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (WHO,

por sus siglas en inglés) y las del Departamento de Salud

de Puerto Rico para reconocer la gravedad del asunto. En

Puerto Rico el número de infectados y fallecidos ha

incrementado exponencialmente y agosto de 2020 se

pronostica como el mes con mayores contagios.1

1 Puerto Rico: WHO Coronavirus Disease (COVID-19) Dashboard, https://covid19.who.int/region/amro/country/pr (última visita 24 de agosto de 2020); M. Valencia-Prado y J. Becerra, Crecimiento Exponencial de los Contagios Covid-19, Departamento de Salud de Puerto CC-2020-0250 3

Lamentablemente los tratamientos para combatir el virus

aún se encuentran en las primeras etapas de investigación

y desarrollo.2

Partiendo de esta realidad, la controversia ante nos

permite examinar si la Cláusula de Confrontación,

contenida en la Sexta Enmienda de la Constitución de los

Estados Unidos, infra, y en la Sección 11 de la Carta de

Derechos de la Constitución de Puerto Rico, infra, prohíbe

categóricamente que un testigo declare en el Juicio usando

una mascarilla como medida de prevención de la propagación

del COVID-19. Asimismo, nos brinda la oportunidad de

expresarnos sobre las medidas cautelares de prevención que

pueden establecer los tribunales, de manera que se logre

un balance entre el interés del acusado de confrontar a

los testigos de cargo y el interés general en proteger a

los testigos y demás participantes de los procesos

judiciales de un potencial contagio del virus.

Adelantamos que bajo los parámetros constitucionales

que impone el Derecho a la Confrontación, en el contexto

actual de la pandemia, el uso de una mascarilla protectora

por parte de un testigo no infringe este derecho.

Pasemos a delinear los antecedentes fácticos que

generaron la controversia de autos.

I

Rico, 13 de julio de 2020, http://www.salud.gov.pr/Documents/Crecimiento%20Exponencial%20de%20los %20Contagios%20COVID-19.pdf (última visita 24 de agosto de 2020). 2 J. Corum et al., Tratamientos y medicamentos para el coronavirus:

monitoreo de efectividad, New York Times, 21 de agosto de 2020, https://www.nytimes.com/es/interactive/2020/science/coronavirus- tratamientos-curas.html (última visita 24 de agosto de 2020). CC-2020-0250 4

El 16 de junio de 2020, el Tribunal de Primera

Instancia emitió una Resolución mediante la cual señaló la

Vista del Juicio para atender un cargo menos grave en

contra del Sr. Daniel Cruz Rosario (en adelante, “el

recurrido”). El foro de instancia promovió el uso del

sistema de videoconferencias de la Rama Judicial para la

celebración de la Vista. Sin embargo, el recurrido se

opuso y solicitó que el Juicio se celebrara

presencialmente. Además, peticionó que no se les

permitiera a los testigos declarar con mascarillas

protectoras dado que esto vulneraba su derecho de

confrontar a los testigos de cargo y que tal derecho

acarrea el que estos declaren sin ningún objeto en la

cara. Basó su argumento en que la mascarilla afecta la

apreciación del comportamiento de los testigos.

Luego de que el Tribunal de Primera Instancia declaró

no ha lugar la Moción presentada por el recurrido, este

acudió al Tribunal de Apelaciones. El 3 de julio de 2020

el foro apelativo intermedio emitió una Sentencia

revocatoria. Arguyó que el Derecho a la Confrontación

comprende la observación del comportamiento del testigo y

que el uso de mascarillas impide al juzgador de hechos

contar con todos los elementos necesarios para otorgarle

credibilidad más certera al testigo. Asimismo, expresó que

la mascarilla no permitía al abogado de Defensa invocar

los señalamientos correspondientes en torno al

comportamiento del declarante ya que la mascarilla oculta

sus gestos, expresiones faciales y pudiera alterar el tono CC-2020-0250 5

de su voz. Concluyó que procedía la celebración del Juicio

presencialmente y sin que los testigos usen mascarillas

protectoras.3

Así las cosas, el 29 de julio de 2020 el Ministerio

Público (en adelante, “el peticionario”) presentó ante nos

un recurso de Certiorari y le acompañó una Moción en

Auxilio de Jurisdicción. El peticionario señaló el error

siguiente:

El Tribunal de Apelaciones erró al revocar al Tribunal de Primera Instancia y al sostener que los testigos deben declarar sin mascarillas -aun cuando las instrucciones médicas y gubernamentales son su utilización de forma obligatoria debido a la pandemia-, fundamentado en que supuestamente con ella se coartan derechos constitucionales del acusado. De esta forma no validó el interés apremiante del Estado en mantener y preservar la salud de todos los ciudadanos y no catalogó la mascarilla como una herramienta importante para atender ese referido interés.

El 31 de julio de 2020, declaramos ha lugar la

referida Moción y expedimos el recurso solicitado.

Contando con el beneficio de la comparecencia de

ambas partes, procedemos a resolver.

II

A.

La Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados

Unidos reconoce el Derecho a la Confrontación en los

procesos criminales. Enmda. VI, Const. EE. UU., LPRA, Tomo

1. Asimismo, la Sección 11 del Artículo II de la

Constitución de Puerto Rico consagra el derecho de todo

3 El Panel fue integrado por los Jueces Vizcarrondo Irizarry, Rivera Colón y Adames Soto. El Juez Adames Soto disintió. CC-2020-0250 6

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