Quintana Tirado v. Longoria

112 P.R. Dec. 276, 1982 PR Sup. LEXIS 97
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMarch 11, 1982
DocketNúmero: R-80-179
StatusPublished
Cited by35 cases

This text of 112 P.R. Dec. 276 (Quintana Tirado v. Longoria) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Quintana Tirado v. Longoria, 112 P.R. Dec. 276, 1982 PR Sup. LEXIS 97 (prsupreme 1982).

Opinion

El Juez Asociado Señor Negrón García

emitió la opinión del Tribunal.

Nos toca juzgar nuevamente uno de los actos principales del lento y angustioso drama escenificado entre el abogado Hernán Longoria y su ex esposa Isabel Vélez, con relación a los bienes habidos durante su matrimonio. Los antecedentes procesales que lo inician se remontan al 22 de septiembre de 1971, fecha en la cual Isabel Vélez otorgó escritura de poder general a favor de su esposo Lie. Hernán Longoria, facultándole disponer de todos sus bienes muebles e inmuebles situados en Puerto Rico y reconociéndole otras prerrogativas. Así las cosas, el 18 de julio de 1973, por sí y en representación de su esposa, otorgó escritura hipotecando una finca rústica para ga-rantizar un pagaré al portador por la suma de $60,000 con intereses al 8% anual que fuera entregado a Norberto Quintana Tirado. Un día después, o sea, el 19 de julio de 1973, Isabel Vélez de Longoria, mediante instrumento público revocó ese poder general. La escritura de revoca-ción fue presentada en el Registro de Poderes y Testa-mentos de este Tribunal ese mismo día.

Subsiguientemente, el 20 de mayo de 1975 los esposos Quintana-Jusino, radicaron demanda en ejecución de hipo-teca por la vía ordinaria, reclamando el pago de los $60,000, intereses, costas y gastos de honorarios de abogado contra los esposos Longoria-Vélez. Longoria compareció y aceptó todos los hechos alegados. Levantó ciertas defensas afirmativas, en las que alegó tener bienes suficientes para pagar la obligación, pero que por razón de estar pendiente [278]*278una acción de divorcio demorada sin su culpa le había sido imposible satisfacerla. Invocó el poder inherente del tribunal para hacer justicia y suplicó se le autorizara gestionar su pago con cargo a la sociedad de gananciales y en protección de la misma.

También compareció al pleito Isabel Vélez, negando todas las alegaciones por falta de conocimiento. Levantó varias defensas afirmativas, entre ellas que “[l]a Demanda objeto de este pleito es el resultado de la acción concertada fraudulenta del Demandante con el Codemandado Hernán Longoria Quiñones encaminadas a defraudar y privarle de su participación ganancial a la Codemandada en la So-ciedad Legal de Gananciales que tiene compuesta con su esposo el Codemandado . . .”. Invocó además falta de causa para el contrato. Posteriormente formuló reconvención y demanda contra coparte. Específicamente alegó que la parte demandante y el codemandado Longoria habían celebrado un contrato de arrendamiento el día 21 de agosto de 1973, mediante la escritura pública Núm. 48, sobre otras tres fincas de su sociedad legal de gananciales; que dicho contrato era nulo, por ésta no haber comparecido a la firma del mismo —habiéndose ya revocado el poder general — ; que estás actuaciones combinadas del deman-dante y codemandado eran hechas para defraudarla y privarla de su participación legal y ganancial en dichos bienes; y que tales actos nulos e ilegales le habían causado daños morales y perjuicios por cánones de arrendamiento dejados de percibir ascendentes a $60,000.

Previo trámites de rigor se ventiló el caso en su fondo. Las partes presentaron evidencia documental y testifical. Esta última —como veremos— resulta de suma importan-cia, pues, según la credibilidad merecida, a la luz de las alegaciones, se afectará directamente el resultado. Tiempo después, el tribunal dictó sentencia declarando con lugar la demanda y sin lugar la reconvención y demanda de coparte.

[279]*279A solicitud de Isabel Vélez acordamos revisar. Resol-vemos sin el beneficio del alegato del codemandado-recurrido Longoria, quien se abstuvo de someterlo dentro del término concedido.

Los cuatro errores levantados por la codemandada-recurrente Vélez podemos analizarlos en tres dimensiones, a saber: (1) si medió fraude o simulación entre el deman-dante y el codemandado Longoria al este último incurrir en la obligación objeto del litigio, para defraudar a la sociedad legal de gananciales compuesta por él y la codemandada; (2) si el dinero objeto de la deuda fue utilizado por Longoria para mejorar bienes gananciales; y (3) si el tribunal de instancia resolvió todas las cuestiones que le fueron sometidas a su consideración.

I

¿Hubo simulación o fraude?

Para demostrar la existencia y validez de la obligación reclamada, los demandantes, además de la prueba docu-mental, presentaron dos testigos: el propio demandante Norberto Quintana y el codemandado Longoria. Por el impacto decisorio que ambos testimonios conllevan, los examinaremos con detenimiento. Comenzando con este último, esencialmente Longoria declaró que residía en una casa ganancial sita en La Parguera;

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

ángel María Vázquez Vega v. Efraín Vázquez Vega
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Villanueva Ortiz, Luis Alberto v. Pagan Rodriguez, Bartolo Luis
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Norat Molina, Ileana v. Condominio Asia
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Ivyport Logistical Services, Inc v. Autoridad De Los Puertos De Puerto Rico
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024
El Pueblo De Puerto Rico v. Pacheco Madera, Natalia
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2023
Soletanche, Inc. v. L.P.C & D, Inc.
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2023
Soletanche, Inc v. L P C & D, Inc
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2023
Pueblo v. De Jesús Mercado
188 P.R. 467 (Supreme Court of Puerto Rico, 2013)
López Fantauzzi v. 100% Natural
181 P.R. 92 (Supreme Court of Puerto Rico, 2011)
Batista Díaz v. Llompart Zeno
14 T.C.A. 53 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2008)
Barasorda Torres v. Jardín de Oro Corp.
10 T.C.A. 1096 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2005)
Vazquez Vega v. Almacenes Pitusa, Inc.
8 T.C.A. 1003 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2003)
Pueblo v. Rivera Torres
8 T.C.A. 854 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2002)
Pueblo v. Soto Beniquez
8 T.C.A. 65 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2002)
Cruz Antequera v. Hospital San Antonio, Inc.
7 T.C.A. 940 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2002)
Artau v. Hospital De la Concepcion, Inc.
7 T.C.A. 239 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2001)
Pueblo v. Echevarria Colon
6 T.C.A. 452 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2000)
Pueblo v. Santiago Soto
6 T.C.A. 62 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2000)
Malave Rivera v. Inmobiliaria Caguax, S.E.
5 T.C.A. 405 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 1999)
Vega Rivera v. Empresas Puertorriqueñas de Desarrollo, Inc.
4 T.C.A. 509 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 1998)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
112 P.R. Dec. 276, 1982 PR Sup. LEXIS 97, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/quintana-tirado-v-longoria-prsupreme-1982.