Parrilla Báez v. Airport Catering Services, Inc.

133 P.R. Dec. 263, 1993 PR Sup. LEXIS 219
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 6, 1993
DocketNúmero: RE-90-406
StatusPublished
Cited by28 cases

This text of 133 P.R. Dec. 263 (Parrilla Báez v. Airport Catering Services, Inc.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Parrilla Báez v. Airport Catering Services, Inc., 133 P.R. Dec. 263, 1993 PR Sup. LEXIS 219 (prsupreme 1993).

Opinions

La Juez Asociada Señora Naveira de Rodón

emitió la opinión del Tribunal.

Ante la creciente ola de criminalidad que azota nuestra sociedad, los ciudadanos se han visto precisados a suple-mentar la protección que brinda el Estado. Esto a su vez ha propiciado la proliferación de compañías que se dedican a ofrecer servicios de seguridad. Frente a esta inescapable realidad, hemos creído conveniente reiterar las normas y los principios legales que rigen las acciones en daños por detención ilegal, difamación y persecución maliciosa que tienden a surgir cuando un ciudadano privado, como lo es un guardia de seguridad de una compañía privada, detiene ilegalmente a una persona que no ha cometido un delito. Resulta imperativo hacer hincapié sobre la necesidad que existe de que las compañías que ofrecen servicios de segu-ridad empleen personal idóneo adecuadamente entrenado. [266]*266Sólo así se podrán evitar posibles violaciones a los derechos de ciudadanos inocentes.

HH

Los hechos

A continuación haremos un resumen de las determina-ciones de hechos de la sentencia recurrida.

Allá para febrero de 1988 la Airport Catering Services, Inc. (en adelante Airport) estaba experimentando proble-mas de apropiación de mercancía por parte de sus propios empleados. Con el propósito de corregir este problema y brindar seguridad a sus facilidades, contrató a la Ranger American of Puerto Rico, Inc. (en adelante Ranger), una compañía que se dedica a ofrecer estos servicios. La geren-cia de Airport celebró una reunión con los supervisores y empleados de Ranger en la cual les indicó que interesaba se vigilara cualquier conducta de sus empleados relacio-nada con la apropiación ilegal de mercancía, tales como bebidas alcohólicas, productos alimenticios y utensilios. También les solicitó que cuando se percataran que algún empleado había sacado mercancía de las facilidades físicas de la compañía, lo detuvieran y notificaran a la gerencia de Airport para que ésta determinara la acción a tomarse.

El 5 de abril de 1988, poco antes de las 6:00 a.m., mien-tras uno de los guardias de seguridad de Ranger hacía una ronda preventiva por la parte trasera de las facilidades de Airport, escuchó un ruido parecido al que se produce cuando se lanza un paquete al pavimento. Entonces vio cuando caía un bulto blanco en la quebrada que bordea la parte exterior de las facilidades de la empresa. No pudo distinguir quién fue la persona que lo lanzó. Inmediata-mente fue a la caseta de seguridad y le contó a su compa-ñero lo que había ocurrido. Éste procedió a notificar a sus supervisores en la Ranger, mientras el otro guardia re-[267]*267gresó al lugar donde había observado que lanzaron el bulto para corroborar si aún estaba allí.

Coetáneo con el incidente del bulto, los guardias de se-guridad de Ranger se habían percatado que uno de los em-pleados de Airport, William Navarro, antes de terminar su jornada de trabajo a las 6:00 a.m., había salido dos (2) o tres (3) veces de las facilidades de Airport. En estas ocasiones había ido hasta cerca de donde se encontraba el bulto blanco y, sin tocarlo, observaba el área de la caseta y la parte posterior del edificio. Poco antes de la hora de salida del trabajo, Navarro le informó a los guardias de seguridad que estaba en espera de transportación para regresar a su casa.

Poco después, los guardias de seguridad de Ranger ob-servaron que al finalizar su turno en el trabajo Navarro salió de las facilidades de la empresa, se dirigió hacia donde se encontraba el bulto blanco, lo recogió y colocó junto a él frente a uno de los vehículos que se encontraba estacionado a la orilla de la carretera.

A esa misma hora también terminaron su jornada de trabajo y salieron de las facilidades de la empresa los co-demandantes Steve Parrilla y Rafael González. Estos eran amigos y viajaban juntos al trabajo y de regreso a sus ho-gares en el automóvil de Parrilla. Trabajaban en el área a cargo de las misceláneas para los vuelos; esto incluía pla-tos, utensilios y las bebidas alcohólicas en botellas en miniatura. Al salir de las facilidades de Airport, se dirigie-ron al vehículo de Parrilla, se montaron y lo pusieron en marcha. Justo cuando habían pasado la caseta de seguri-dad, Navarro los detuvo y solicitó transportación hasta su residencia. Estos accedieron y, una vez Navarro se montó en la parte trasera y colocó el bulto blanco a su lado, co-menzaron el viaje hacia sus hogares. Apenas habían trans-currido unos quince (15) minutos cuando un vehículo de la Ranger con los guardias de seguridad dentro los interceptó. Éstos les ordenaron desmontarse. Luego que [268]*268obedecieron, los esposaron y procedieron a registrar el ve-hículo de Parrilla donde encontraron el bulto blanco. Una vez concluyó el registro, los llevaron esposados hasta la caseta de seguridad donde los esperaban un gerente de Airport, un representante de la unión de empleados y un supervisor de Ranger. Cabe señalar que los codemandantes Parrilla y González en todo momento pidieron que se les explicara las razones para lo que estaba sucediendo.

En la caseta de seguridad los empleados de Ranger y Airport procedieron a abrir el bulto, donde encontraron ciento cuarenta y tres (143) botellas de licor en miniatura de las que Airport suple a los vuelos. Airport inmediata-mente informó a los tres (3) empleados que los suspendía de empleo y sueldo hasta que se dilucidara el caso criminal. También le ordenó a los empleados de Ranger que retuvieran las tarjetas de identificación de éstos para que no pudieran entrar en sus facilidades. Aproximada-mente veinte (20) minutos después, les quitaron las espo-sas y les permitieron regresar a sus hogares. Mientras todo esto estaba ocurriendo, se fueron acumulando como veinte (20) empleados de Airport frente a la caseta de seguridad. Preguntaban por las circunstancias que habían motivado la detención.

Al día siguiente Airport colocó en uno de los tablones de edictos de la empresa un memorando en el cual, sin espe-cificar los nombres, se hacía un recuento de lo ocurrido con tres (3) empleados de la compañía e indicaba que éstos habían tenido que ser despedidos por haberse apropiado de unas botellas de licor en miniatura propiedad de las aerolíneas, (1)

[269]*269El 28 de abril de 1988 Airport presentó una querella contra los demandantes Parrilla y González. Al llamarse el caso para la determinación de causa probable, González no estaba presente por encontrarse gestionando la compare-cencia de un abogado. El tribunal determinó causa, le im-puso una fianza de diez mil dólares ($10,000) y ordenó su arresto. González permaneció en la Penitenciaría Estatal desde el mediodía hasta las ocho de la noche (8:00 p.m.), cuando sus padres pudieron tomar prestado el importe de la fianza.

En el juicio criminal por el delito de apropiación, tanto Parrilla como González fueron absueltos perentoriamente. Al cabo de cinco (5) meses, Airport los reinstaló a sus em-pleos y les reintegró los salarios dejados de percibir du-rante el tiempo en que estuvieron suspendidos.

Por estos hechos, tanto Parrilla y sus padres como Gon-zález y sus padres presentaron una demanda contra Ranger, Airport y respectivas compañías de seguros, recla-mando daños por sus sufrimientos mentales y emocionales experimenta dos como consecuencia de este incidente.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Ricardo R. Hatton Rentas v. Blanca L. Sáez Ortiz, Fiscal Ginny M. Andreu Rosario
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2026
Hyung Lee v. Ramiro Blanco Pérez
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Marisol Santos Dávila v. Basilio Pérez Nazario, Samuel Rivera Báez, Municipio Autonómo De Ceiba
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Figueroa Coss, Tanya v. Hospital Auxilio Mutuo
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Figueroa Cancel, Wilfredo v. Morales Martinez, Marcos
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2025
Hatton Rentas, Ricardo R v. Saez Ortiz, Blanca
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024
Ugobono Diaz, James Malcolm v. Ugobono Diaz, Vanessa
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024
Corretjer Collazo, Rosa Elena v. Borgos Banchs, Juan C
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024
Otero Santana, Olga Evelyn v. Corporacion A
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024
Sosa Carrasquillo, Jesus M v. Felipe Colon Service, Corp.
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024
Oriental Bank v. Tirado Miranda, Gloria Haydee
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2023
Berg v. San Juan Marriott Hotel & Stellaris Casino
261 F. Supp. 3d 213 (D. Puerto Rico, 2016)
Toro Rivera v. Estado Libre Asociado
194 P.R. Dec. 393 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
Toro Rivera v. Estado Libre Asociado De Puerto Rico
2015 TSPR 172 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
Crespo Suárez v. Colón Feliciano
14 T.C.A. 786 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2008)
Comisión de Servicio Público v. Fraticelli Trucking Co.
14 T.C.A. 79 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2008)
Alvarez Castro v. Negron
475 F. Supp. 2d 147 (D. Puerto Rico, 2007)
Torres Ramos v. Integrand Assurance Co.
12 T.C.A. 929 (Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2007)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
133 P.R. Dec. 263, 1993 PR Sup. LEXIS 219, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/parrilla-baez-v-airport-catering-services-inc-prsupreme-1993.