Pérez Torres v. Bladuell Ramos
Opinions
emitió la opinión del Tribunal.
Las acciones por alegada impericia médica constitu-yen o representan un reto especial para los jueces. Dichos casos siempre versan sobre la ocurrencia de un daño; uno que, por lo general, resulta impresionante y doloroso. No obstante el natural sentimiento de compasión que todo ser [298] humano experimenta al enfrentarse al daño y sufrimiento de otro ser humano, los jueces tenemos que mantener siempre presente que el mero hecho de que haya ocurrido un daño no significa que el médico es civilmente responsable por el mismo. En otras palabras, no podemos darnos el lujo de que nuestros sentimientos dominen nuestro discernimiento. De así permitirlo, estaríamos incumpliendo con nuestra función como jueces. Con ello en mente, examinemos el caso de epí-grafe.
I
La codemandante Nuda Eunice Perez Torres —quien es enfermera profesional de vasta experiencia —
Footnotes
120 P.R. Dec. 295 (Pérez Torres v. Bladuell Ramos) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.