Morales v. Hospital Matilde Brenes, Inc.
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
El presente caso ilustra la aplicación de las normas que gobiernan la responsabilidad profesional del médico ampliamente elaboradas en Oliveros v. Abréu, 101 D.P.R. 209 (1973); Reyes v. Phoenix Assurance Co., 100 D.P.R. 871 (1972); Rivera v. E.L.A., 99 D.P.R. 890 (1971); y Pérez v. E.L.A., 95 D.P.R. 745 (1968). El tribunal de instancia condenó al médico Francisco Torres y al Hospital Matilde Brenes, aquí recurrentes, a pagar solidariamente la cantidad de $39,000 por concepto de los daños sufridos por los recurridos por causa de la negligencia de dicho médico al hacer un diagnóstico equivocado sin tomar en cuenta las diversas posibilidades de diagnóstico que presentaba el cuadro de síntomas de la menor recurrida María Morales Rivera. Como los fundamentos de la revisión solicitada por los recurrentes en esencia constituyen un ataque frontal a la conclusión de negligencia, y siendo ésta una cuestión mixta de hecho y de derecho, es preciso examinar los hechos concluidos por el tribunal de instancia y que sostienen la imposición de responsabilidad.
Al efecto el tribunal de instancia concluyó:
[190] “2. El jueves 16 de julio de 1970, mientras la Srta. María Morales Rivera pasaba sus vacaciones en Puerto Rico en la residencia de su tía la Sra. Rosalina Rivera de Quiles en la ciudad de Bayamón, sintió un intenso dolor en el lado derecho del bajo vientre ante lo cual acudió durante las horas del día al Dispensario Municipal de dicha ciudad donde la atendió el médico de turno. Al visitar dicho Dispensario Municipal pre-sentaba dolor severo en el bajo vientre, tenía fiebre, había vo-mitado y tenía dificultad en el caminar. Ante este cuadro, el médico de turno diagnosticó ‘gastroenteritis’, le recetó una in-yección que le fue suministrada y la envió a su residencia.
3. Durante horas de la noche del 16 de julio de 1970 la codemandante María Morales Rivera continuó con los síntomas antes descritos, los cuales se prolongaron por todo el viernes 17 de julio y el sábado 18 de julio de 1970. Habiéndose agravado su estado físico y patológico, el sábado 18 fue conducida a la Sala de Emergencia de la Clínica Matilde Brenes aproximada-mente a las 9:30 P.M., en donde la atendió el codemandado doctor Francisco Torres. Luego de explicarle la codemandante al doctor Francisco Torres el historial antes mencionado y éste haberla examinado, el referido galeno le diagnosticó nueva-mente ‘gastroenteritis’ y le recetó nuevos medicamentos devol-viendo a la joven a su residencia.
Del récord de la Sala de Emergencia traducido al español copiamos, en lo pertinente, lo siguiente:
Footnotes
102 P.R. Dec. 188 (Morales v. Hospital Matilde Brenes, Inc.) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.