Pueblo v. Martínez Rivera

99 P.R. Dec. 568
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJanuary 22, 1971
DocketNúmero: CR-70-25
StatusPublished
Cited by27 cases

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Bluebook
Pueblo v. Martínez Rivera, 99 P.R. Dec. 568 (prsupreme 1971).

Opinion

El Juez Asociado Señor Pérez Pimentel

emitió la opinión del Tribunal.

El apelante fue acusado de infringir el Art. 260 del Código Penal, porque el día 2 de noviembre de 1967 cometió actos impúdicos y lascivos con el cuerpo de la niña de siete (7) años de edad I.M.S.

Por mayoría de 10 a 2 un jurado le declaró culpable de dicho delito y luego de negársele el beneficio de una sentencia [570]*570suspendida fue condenado a sufrir de dos (2) a cinco (5) años de presidio. Además fue sentenciado a diez (10) días de cárcel por desacato cometido en corte abierta.

En este recurso de apelación señala la comisión de cinco errores. Como en uno de ellos ataca la suficiencia de la prueba de cargo, transcribiremos el resumen que de la misma hace correctamente el Procurador General en su Informe:

“Angelina Tolentino, testigo de cargo, declaró residir en el Barrio Sabana de Las Piedras y haber visto el 2 de noviembre de 1967 de 6 a 6:30 P.M. a una distancia de 30 pies de su casa un vehículo de motor gris viejo, claro, de dos puertas, con una rueda simulada pintada en el baúl. Declaró haber visto al acu-sado de perfil conduciendo el vehículo y vio cuando éste se detuvo. Identificó al acusado en sala y retratos del automóvil. Vio y oyó cerrarse la puerta derecha del automóvil. ‘Después’ identificó el vehículo al detective Ismael Rodríguez, en el estacionamiento del Cuartel de la Policía de Caguas entre cuarenta y cincuenta vehículos. Declaró haber visto a Sandra Ivette Meléndez esa tarde pasar cerca de su casa. (T.E. págs. 5-35.)
Carmen Delia Laboy Cuadrado, testigo de cargo, declaró estar el 2 de noviembre de 1967 como a las seis de la tarde frente a la casa de una vecina hablando con una amiga en el Barrio Collores, sitio Sabana, Las Piedras, cuando vio pasar al acusado tres veces frente a ella como a diez pies de distancia conduciendo un automóvil Valient, color gris claro. Este llevaba ‘como una rueda atrás’. Era la primera vez que veía al acusado. Al otro día identificó el vehículo en el estacionamiento de vehícu-los del Cuartel de la Policía de Caguas. Hizo esa identificación estando sola y se la informó al detective Ismael Rodríguez. Había aproximadamente otros veinticinco vehículos en el estacio-namiento. Identificó varias fotografías del vehículo. (T.E. págs. 36-46.)
María Elena Vázquez hozada, testigo de cargo, declaró residir en el Barrio Collores, sitio Sabana, de Las Piedras y estar el 2 de noviembre de 1967 entre 6 y 6:30 de la tarde en la casa de Juan de Dios Rivera en dicho sitio hablando con Angelina Tolentino, esposa de éste. En eso vio pasar al acusado tres veces frente a ellas conduciendo un automóvil Valiant gris con una rueda simulada atrás. Vio al vehículo detenerse, oyó una puerta [571]*571cerrarse y vio el pelo de una niña, comentando entonces ‘Juan de Dios, parece que se montó una nena en ese carro’. Vio en-tonces que el vehículo tomó la ‘carretera que va hacia el río’. Siguió declarando que regresó a su casa, oyó los gritos de la niña Sandra Ivette Meléndez y de su madre a quienes conocía por vivir frente a su casa. Declaró que se había fijado en el acusado ya que le dijo a su amiga Angelina Tolentino ‘mira Angelina, por ahí va un pollo guiando ese carro’. Al día si-guiente identificó el vehículo en el estacionamiento del Cuartel de la Policía de Caguas entre aproximadamente 50 vehículos más. Esta identificación la hizo sola a petición del detective Ismael Rodríguez, quien permaneció en el cuartel. No comentó con nadie durante la identificación ni antes de la misma. (T.E. págs. 46-57.)
Ana María Rodríguez García, declaró estar el 2 de noviem-bre de 1967 en el Barrio Collores, sitio Sabana, Las Piedras, hablando con una amiga cuando vio pasar tres veces un auto-móvil Valiant gris, manejado por el acusado, por la carretera donde ella vivía. Vio al acusado de frente. El carro le llamó la atención porque parecía un sapo y tenía una rueda como de metal atrás. Recuerda que el 2 de noviembre era el día de los muertos. El carro le pasó como a cinco pies de distancia. (T.E. págs. 57-62.)
Gilberto Ortiz Tolentino, declaró conocer a la niña Sandra Ivette Meléndez y a sus padres. El 2 de noviembre de 1967 empujaba un vehículo en la Carretera que va del Barrio Collores para Tejas cuando vio a Sandra subir ‘por la jalda del río’. Vió que le chorreaba sangre por las piernas y gritaba. Le pidió al testigo que la llevara a su ‘mamita’ y así lo hizo. El testigo se la echó al hombro y la llevó a la madre. Identificó una camisa y un pantalón manchado de sangre que usaba ese día, declarando que era sangre de la niña. Declaró que la niña le dijo que ‘un señor que me cogió y me llevó en el carro y me llevó al río y mire como me puso’. (T.E. págs. 62-68.)
Josefina Serrano Morales, madre de la niña perjudicada, de-claró haber enviado a su hija a un mandado. Que cuando salió el 2 de noviembre de 1967 de su casa en Las Piedras, llevaba ropa limpia y recién puesta; que cuando se la trajeron chorreaba sangre por las piernas y la ropa estaba manchada de sangre. Declaró que la niña le dijo que un hombre blanco la había [572]*572parado para decirle que le traía unos chavos al padre; que la llevó en el carro hacia el puente y que el hombre tenía un carro gris con una rueda atrás. (T.E. págs. 68-76.)
Ismael Rodríguez, declaró ser detective. Allá para el 2 de noviembre de 1967 investigó la querella de la niña Sandra Ivette Meléndez. En el curso de la investigación localizó, un día después de los hechos, un automóvil Valiant frente a Deleo Aluminum en Caguas, Puerto Rico y a su dueño, el apelante Rafael Martínez Rivera. Siguió declarando que le informó al acusado que estaba investigando un caso, que era necesario iden-tificarle, cosa que se podía hacer en Deleo, donde trabajaba el acusado o en el cuartel. El acusado decidió ir al cuartel solo y en su propio carro, el cual estacionó en el estacionamiento del cuartel. Antes de ir al cuartel se le explicó la naturaleza de la investigación y su derecho a asistencia de abogado y a no declarar.
En el cuartel, Martínez Rivera pidió que se llamara al dueño de la Deleo. Este vino acompañado del Ledo. Gonzalo Barreras Varonas. Este conferenció con el apelante. El sospechoso fue enviado entonces para su casa y se le pidió que volviera al día siguiente.
Declaró el testigo que al día siguiente se congregaron en la planta alta del cuartel alrededor de quince policías blancos, ves-tidos de civil, sin gafas y fueron diseminados por el salón. Entre ellos se situó a Martínez Rivera. Acordaron entonces que la niña Sandra Ivette entraría al salón acompañada por el Ledo. Sergio Peña Clos. Este abogado había estado acompañando al Sr. Mar-tínez Rivera. La niña entró al salón donde estaban congregados los policías y el acusado y la niña, después de dar vueltas, señaló al acusado. (T.E. págs. 78-93 y 97-105.)
Dr. Manuel Fernández Mena, testigo de cargo, declaró haber tratado a Sandra Ivette Meléndez el 2 de noviembre de 1967 en la Clínica Oriente. La niña fue suturada bajo anestesia general de laceraciones en el perineo y en el himen. Declaró que la niña estaba ansiosa y gritando y que permaneció en el hospital seis días. (T.E. págs. 93-95.)
Sandra Ivette Meléndez,

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