In re Ramírez Ferrer
Opinion
I
El 4 de noviembre de 1992, la Sra. Mercedes González Perdomo presentó una querella ante el Colegio de Aboga-dos de Puerto Rico contra Humberto Ramírez Ferrer. En [610] ella alegó que dicho abogado, fungiendo como dueño de un negocio llamado H.R. Mortgage Corporation, financió una propiedad adquirida por ella ante el notario Luis Rodrí-guez Bigas, quien representaba a la institución financiera presidida por el querellado. Como parte del financiamiento otorgado, éste dedujo del préstamo la cantidad de siete mil dólares ($7,000), de los cuales dos mil dólares ($2,000) se destinarían al pago de un embargo a favor del Fondo del Seguro del Estado que pesaba sobre la propiedad que ha-bría de adquirirse y cinco mil dólares ($5,000) para la ter-minación de una segunda planta en dicha propiedad. Sos-tuvo la querellante que a pesar de habérsele descontado esos dineros del préstamo otorgado, no pudo inscribir su inmueble en el Registro de la Propiedad por no haber sido cancelado el embargo y porque no se terminó la construc-ción de la segunda planta.
Tras los trámites de rigor, la Comisión de Ética del Co-legio de Abogados emitió el correspondiente informe de conducta profesional. Concluyó que el licenciado Ramírez Ferrer había actuado en contravención a los Cánones 23, 37 y 38 del Código de Ética Profesional, 4 L.P.R.A. Ap. IX.
Footnotes
147 P.R. Dec. 607 (In re Ramírez Ferrer) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.