Rivera v. Departamento de Hacienda
Opinion
Tenemos la ocasión para ampliar nuestro dictamen en Mojica v. Román Rodríguez, 116 D.P.R. 45 (1985), y pautar otras normas pertinentes sobre litigios relativos a billetes de la lotería extraviados, cuando su supuesto titular des-cubre la pérdida de estos después de celebrado el sorteo en que dichos billetes resultaron premiados.
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El 19 de junio de 1996 la Lotería de Puerto Rico (en adelante la Lotería) celebró el sorteo número 256. En dicho sorteo resultó agraciado con el primer premio el billete nú-mero 48144. Dicho premio consistía de $150,000, equiva-lente a $3,000 por cada fracción del billete agraciado. Con-forme a las normas que regulan este juego, la Lotería pagó de inmediato a los portadores de las fracciones del billete referido que reclamaron las cantidades del premio que les correspondían. Quedaron sin pagarse 20 fracciones del billete referido que todavía están pendientes de pago.
El 24 de jimio de 1996, cinco (5) días después del sorteo, Osvaldo R. Rivera Rodríguez acudió a la Lotería y, alega-damente, por instrucciones de la oficina central de esa agencia, suscribió y presentó una declaración jurada en la que indicó que por $10 había adquirido de Javier Albala-dejo Santana veinte (20) fracciones del billete número 48144, agraciado con el primer premio en el sorteo antes mencionado, en la agencia número 11267 del Municipio de Barceloneta. Adujo que al momento de la compra aludida estaba acompañado de sus compañeros de trabajo Milton Román Ruiz y Luis F. Otero Nieves. Añadió que aunque había guardado los billetes referidos, no los podía presen-tar en la Lotería debido a que —después de celebrado el sorteo— se percató que se le habían extraviado. Sin embargo, manifestó que deseaba reclamar su derecho de cobro del premio aludido.
Footnotes
149 P.R. Dec. 141 (Rivera v. Departamento de Hacienda) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.