Pueblo v. Mattei Torres
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
En Com. de la Mujer v. Srio. de Justicia, 109 D.P.R. 715, 732-733 (1980), recogimos la visión de que en “‘procesos criminales contra acusados de violación, existe una tendencia a considerar la perjudicada como una pieza más de evidencia. El rol de la víctima es establecer un caso legal contra el ofensor; las víctimas frecuentemente informan que sus encuentros con la Policía, fiscales y personal del tribunal fueron más [603] traumáticos que el incidente de la violación.’ Judicial Attitudes Toward Rape Victims, 57 Judicature 303 (1974)”. Hoy, diversos estudios científicos demuestran que desde sus ini-cios la mayoría de las víctimas experimentan no sólo el ata-que a su integridad corporal, sino diversas lesiones severas, de carácter psicológico, que oscilan desde miedo, ansiedad, paranoia, depresión, confusión, sensibilidad interpersonal, autoestima y ajuste social. Se ha confirmado que estos efec-tos perduran más tiempo de lo que originalmente se pen-saba. P.A. Resick, The Trauma of Rape and the Criminal Justice System, 9 Just. Sys. J. 52 (1984); T.M. Massaro, Experts, Psychology, Credibility, and Rape: The Rape Trauma Syndrome Issue and its Implications for Expert Psychological Testimony, 69 Minn. L. Rev. 395 (1985); J.V. Becker, L.J. Skinner, G.G. Abel, J. Howell y K. Bruce, The Effects of Sexual Assault on Rape and Attempted Rape Victims, 7 Vic-timology 106 (1982); B.S. Griffin y C.J. Griffin, Victims in Rape Confrontation, 6 Victimology 59 (1981); M.J. Walker y S.L. Brodsky, Sexual Assault, the Victim and the Rapist, 2da ed., Massachusetts, Lexington Books, 1976; D. Chappell, R. Geis y G. Geis, Forcible Rape: The Crime, the Victim and the Offender, Nueva York, Columbia Univ. Press, 1977. Esta realidad, científicamente avalada, forma parte del trasfondo contra el cual, como juristas, hemos de evaluar los plantea-mientos de José R. Mattei Torres ante este Foro.
I
Incidencias procesales y hechos
Mattei Torres fue acusado ante el Tribunal Superior, Sala de San Juan, de cometer los delitos de violación y sodomía en la persona de M.M.S., 33 L.P.R.A. sees. 4061 y 4065. Un ju-rado rindió veredicto unánime de culpabilidad. El tribunal lo condenó a treinta y cinco (35) y veinte (20) años naturales respectivamente. Como delincuente habitual, dispuso que [604] cumpliera las sentencias en forma concurrente entre sí, pero consecutivas con cualquier otra que estuviera cumpliendo.
Inconforme, cuestiona en apelación la legalidad de su arresto, la validez de su identificación, la apreciación de la prueba, la admisibilidad de dos (2) documentos, la negativa a unas instrucciones especiales y el decreto de delincuente habitual.
A los fines de examinar estos señalamientos de error
Footnotes
121 P.R. Dec. 600 (Pueblo v. Mattei Torres) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.