El Pueblo De Puerto Rico v. Torres Fred, Angel G

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided October 23, 2025·No. KLAN202400524·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE APELACIÓN PUERTO RICO procedente del Tribunal de

Apelado Primera Instancia, Sala Superior de

v. KLAN202400524 Fajardo

ÁNGEL G. TORRES FRED Crim. Núm.: Apelante NSCR202300038;

NSCR202300039

Sobre:

Art 6.05 y

Art. 6.14, Ley 168

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y el Juez Rodríguez Flores.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de octubre de 2025.

Comparece ante nos, mediante recurso de apelación, Ángel G.

Torres Fred (en adelante, “apelante” o “Torres Fred”). Solicita la revocación de una sentencia de culpabilidad por portar y apuntar un arma de fuego sin licencia. (Artículos 6.05 y 6.14 de la Ley de Armas de Puerto Rico de 2020, Ley Núm. 168-2019, secs. 466d y 466m).

Examinados los escritos presentados, así como la transcripción estipulada de la prueba oral y el derecho aplicable, acordamos confirmar la Sentencia apelada.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que, por hechos ocurridos el 20 de noviembre de 2022, el Ministerio Público presentó dos acusaciones contra Torres Fred: una por infracción al Artículo 6.05 de la Ley de Armas, supra, y otra por infringir el Artículo 6.14 de la misma ley. En específico, estas leen como sigue:

Número Identificador SEN2025 _________________

El referido imputado [Á]ngel G. Torres Fred, allá en o para el día 20 de noviembre de 2022 y en Río Grande[,]

Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, ilegal, voluntaria y criminalmente, transportó y/o portó un arma de fuego color negra[,] la cual se utilizó para cometer un delito. El delito de apuntar y disparar en un lugar abierto al público, poniendo en riesgo la seguridad y/o el orden público.

El referido imputado [Á]ngel G. Torres Fred, allá en o para el día 20 de noviembre de 2022 y en Río Grande[,]

Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, ilegal, a propósito, con conocimiento, temerariamente, intencional, y criminalmente, apuntó un arma de fuego [sic] color negra hacia la guagua Toyota Tacoma [sic]

que conducía la Sra. Jackeline Enid Fonseca Ortiz [con]

sus dos hijas menores de edad en el asiento posterior y al Sr. [Á]ngel D. Fonseca Ortiz en el asiento pasajero.

Luego de varios trámites procesales, el 4 de diciembre de 2023, se dio comienzo al juicio por tribunal de derecho contra Torres Fred.

La prueba presentada por el Ministerio Público consistió en la presentación de prueba testifical a través del testimonio de cinco (5) testigos y diversa prueba documental. Para un mejor entendimiento de los eventos suscitados ante el foro primario, procedemos a realizar un resumen de los testimonios esenciales vertidos.1 Sra. Jackeline Enid Fonseca Ortiz La señora Fonseca Ortiz testificó que, el 20 de noviembre de 2022, se dirigió hacia la casa de su papá, el señor Ángel Fonseca Ortiz, en la calle Nueva del pueblo de Río Grande con sus dos hijas y su hermano, Ángel Daniel Fonseca Ortiz, para recoger unas pertenencias de su progenitor.2 Explicó que, cuando se personaron al lugar a eso de las 4:00 p.m., se percataron de que, frente al hogar, había una serie de personas, entre ellas la expareja de su padre.3 Relató que entró a la casa a recoger unas cosas, trámite que tomó unos quince (15) minutos, mientras su hermano vigilaba el portón

1 El Ministerio Público también contó con el testimonio del agente Carlos D. González Díaz. 2 Transcripción de la Prueba Oral (TPO) del 5 de diciembre de 2023, pág. 37, líneas

16-17, 24-28; pág. 38, línea 5. 3 Íd., pág. 39, líneas 5-8; pág. 40, líneas 10-12.

del hogar.4 Entonces, dijo que su hermano le expresó que había alguien frente a la casa; cuando ella salió de la estructura con sus hijas, vio a Torres Fred, a quien identificó en sala, quien la miraba mientras se recostaba de un vehículo Toyota Corolla color azul oscuro.5 La señora Fonseca Ortiz enfatizó que miró a Torres Fred en varias ocasiones mientras montaba a sus hijas en el automóvil y su hermano la velaba desde la acera, y especificó que el apelante llevaba una t-shirt blanca, pantalón corto oscuro y tenis; lo describió además como un hombre alto, blanco, flaco, con cabello castaño oscuro, con orejas grandes y con un tatuaje que le cubría la mano izquierda.6 Entonces, testificó que vio, a través del espejo del retrovisor de su auto, al señor Torres Fred caminando hacia su guagua, por lo cual instruyó a sus niñas que se agacharan luego de observar que el apelante se levantó la camisa y sacó una pistola color negra de su cintura y disparó al aire, lo cual la puso muy nerviosa.7 Después de esto, dijo que la señora Luz Hernández Fred (en adelante, “señora Hernández Fred”), la expareja de su padre, se acercó a Torres Fred y le bajó la mano con la cual estaba apuntando el arma hacia la guagua de la testigo.8 La señora Fonseca Ortiz expuso que, en seguida, Torres Fred se acercó a su vehículo y lo jamaqueó y le propició dos (2) puños.9 La testigo esbozó que se dirigió posteriormente al cuartel policiaco de Río Grande para reportar lo transcurrido.10 La señora Fonseca Ortiz relató que se encontraba muy nerviosa cuando estaba en el cuartel y que, desde allí, logró hablar con su padre para confirmar la dirección de su casa y este le indicó

4 Íd., pág. 43, líneas 8-23. 5 Íd., pág. 44, líneas 22-23; pág. 45, líneas 23-30; pág. 46, líneas 1-14. 6 Íd., pág. 46, líneas 30-31; pág. 47, líneas 2-10, 20-28. 7 Íd., pág. 47, líneas 30-31; pág. 48, líneas 1-9; pág. 49, líneas 1-8. 8 Íd., pág. 49, líneas 1-10. 9 Íd., pág. 53, líneas 1-5. 10 Íd., líneas 5-7.

que al apelante lo conocían como “Cano” y que era un primo de la señora Hernández Fred.11 Destacó que su hermano le tomó una foto a Torres Fred el día de los hechos, la cual fue admitida condicionalmente en evidencia.12 Especificó que, luego de llegar a su casa, le mostró las fotografías a su padre y este lo reconoció y le dijo que su mamá se llamaba Miriam Fred; acto seguido, la testigo buscó ese nombre en Facebook y, en las fotos públicas que allí aparecían, vio a Torres Fred, a lo cual procedió a darles captura de pantalla (screenshot) y enviarlo a la policía; estos screenshots fueron debidamente autenticados y admitidos en evidencia.13 La señora Fonseca Ortiz relató que fue citada para identificar al apelante mediante una rueda de detenidos (lineup) el 19 de diciembre de 2022, pero esta se realizó mediante fotos porque ni el apelante ni su abogado asistieron al cuartel ese día; especificó que se le impartieron una serie de advertencias e instrucciones sobre el proceso antes de comenzarlo.14 Entonces, luego de que le colocaran las nueve (9) fotos correspondientes frente a sí, ella expresó que el número dos (#2) fue el autor de los hechos; indicó que el agente no intervino en su selección.15 La imagen y los documentos relacionados a la rueda de confrontación mediante fotografía fueron admitidos condicionalmente en evidencia.16 Agte. Carla Stephanie Faris Lebrón La agente Faris Lebrón relató que, el 20 de noviembre de 2022, tuvo la oportunidad de entrevistar a la señora Fonseca Ortiz y esta le expresó lo ocurrido ese día.17 La agente dijo que se personó a la escena para investigar y, en ella, halló un casquillo de bala.18

11 Íd., pág. 58, líneas 8-13. 12 Íd., líneas 23-31; pág. 62, líneas 1-4 pág. 68, líneas 8-12. 13 Íd., pág. 71, líneas 25-30; pág. 72, líneas 1-5; pág. 79, líneas 22-24. 14 Íd., pág. 86, líneas 12-16; pág. 87, líneas 9-10, 16-18; pág. 88, líneas 1-13. 15 Íd., pág. 88, líneas 13-15, 24-30. 16 Íd., pág. 90, líneas 6-8. 17 TPO del 7 de diciembre de 2023, pág. 161, líneas 14-23. 18 Íd., pág. 163, líneas 18-21; pág. 169, líneas 28-30; pág. 170, líneas 1-2.

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El Pueblo De Puerto Rico v. Torres Fred, Angel G, (prapp 2025).

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