Vega Maldonado v. Alicea Huacuz
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
[238] Las Reglas de Procedimiento Civil —cuyo objetivo es dilucidar rápida, económica y justicieramente toda causa— se desarrollan en un orden lógico, natural y armonioso en-tre sí. Este orden se revela en las distintas etapas y los variados incidentes de un litigio —alegaciones, mociones, descubrimiento, vista evidenciaría, sentencia, reconsidera-ción, apelación— y sus efectos escalonados. Cada etapa se sirve de la anterior y se proyecta para la próxima. Si se trastoca una de esas etapas por el mal uso o abuso de una regla se desestabiliza todo su ensamblaje. Una de las ca-racterísticas principales de las reglas es que se fundamen-tan en una hipótesis de generalidad: son para atender asuntos usuales, no de excepción. Aún así, las reglas reco-nocen que dentro del proceso hay situaciones no visualiza-das que justifican un proceder distinto para evitar injusticias.
I — I
Charles E. Vega Maldonado y Carmen L. Alicea Huacuz se divorciaron mediante consentimiento mutuo el 14 de oc-tubre de 1992 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Estipularon una pensión alimentaria de ciento veinticinco dólares ($125) mensuales a favor del hijo menor.
El 29 de marzo de 1994, Alicea Huacuz pidió un au-mento en la pensión. La ilustrada sala (Hon. Georgina Dá-vila Altieri, Juez) la denegó de plano mediante una Reso-lución notificada el 17 de mayo.
Footnotes
145 P.R. Dec. 236 (Vega Maldonado v. Alicea Huacuz) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.