Nieves v. AM Contractors, Inc.
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
La revisión de la sentencia dictada en este caso por el entonces Tribunal de Circuito de Apelaciones (Tribunal de Apelaciones) nos requiere examinar las medidas tomadas por funcionarios del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para controlar el acceso al complejo de vivienda Jardines de Quintana. Reafirmamos la validez constitucional del propósito preventivo y remedial que persigue el Estado al efectuar los llamados cierres de residenciales públicos. No [407] obstante, resolvemos que en este caso las actuaciones de los funcionarios gubernamentales al implantar y operar el sistema de control de acceso en Jardines de Quintana vio-lan los criterios que hemos adoptado jurisprudencialmente para el cierre de urbanizaciones y para proteger la expec-tativa legítima de intimidad de los ciudadanos ante blo-queos de carreteras por las autoridades y son contrarias al debido proceso de ley garantizado por nuestra Constitución.
I
El complejo de vivienda conocido como Jardines de Quintana consta de tres edificios con treinta y seis unida-des de vivienda, un almacén y un centro comunal. Al pre-sentarse el recurso que nos ocupa eran propietarios cien de los ciento ocho residentes del lugar. La Administración de Vivienda Pública era, a su vez, propietaria de las áreas comunes del complejo y A.M. Contractors, Inc. tenía a su cargo la administración y el mantenimiento de todo el sistema.
Footnotes
166 P.R. Dec. 399 (Nieves v. AM Contractors, Inc.) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.