Vázquez Rosado v. Tribunal Superior de Puerto Rico
Opinion
Contra el peticionario se presentó una acusa-ción por el delito de hurto mayor. Radicó una moción solici-tando la desestimación de la acusación, fundándose en que no se había determinado causa probable en la vista preliminar con arreglo a la ley y a derecho consistente ello en que ante el magistrado que entendió en dicha vista no desfiló prueba alguna de la existencia de causa probable para acusarle.
En la vista señalada para la discusión de la moción de desestimación el juez de instancia se negó a oír la prueba que ofrecería el acusado para sustanciar su planteamiento.
Luego de su argumentación, la moción para desestimar fue declarada sin lugar.
De acuerdo con la Regla 64 de Procedimiento Criminal, la moción para desestimar una acusación o denuncia o cualquier cargo de las mismas, puede basarse, entre otros, en el siguiente fundamento:
“(p) Que se ha presentado contra el acusado una acusación o denuncia, o algún cargo de los mismos, sin que se hubiere deter-minado causa probable por un magistrado u ordenado su deten-ción para responder del delito, con arreglo a la ley y a derecho.”Footnotes
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100 P.R. Dec. 592 (Vázquez Rosado v. Tribunal Superior de Puerto Rico) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.