In re Montañez Melecio
Opinion
Por los fundamentos que relatamos a conti-nuación, hoy suspendemos al Ledo. Edwin Montañez Mele-[278] ció (licenciado Montañez) de manera inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y de la práctica de la notaría.
I
Trasfondo procesal
El licenciado Montañez juramentó al ejercicio de la abo-gacía el 11 de agosto de 1995 y a la práctica de la notaría el 30 de enero de 1996. El 1 de octubre de 2015, la entonces Directora del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) nos sometió un Informe sobre Incumplimiento con Requisito de Educación Jurídica Continua. En síntesis, in-dicó que, a pesar de las múltiples notificaciones cursadas, las oportunidades brindadas para completar los cursos de educación continua requeridos y las debidas advertencias sobre las consecuencias de su inobservancia, el letrado no acudió a la vista informal programada ante la Directora del PEJC e incumplió con todos los requisitos de educación continua correspondientes a los periodos comprendidos en-tre septiembre de 2007 y agosto de 2013.
Footnotes
197 P.R. Dec. 275 (In re Montañez Melecio) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.