Wackenhut Corp. v. Rodríguez Aponte
Opinion
En 29 de junio de 1965 se aprobó la Ley de Detectives Privados de Puerto Rico, Ley Núm. 108 de esa fecha, 25 L.P.R.A. see. 285 y ss., Suplemento, cuyo propósito según se desprende de su título es “Reglamentar la profesión de detective privado, las agencias de detectives privados y las agencias de seguridad para la protección de empresas pri-vadas, las escuelas para la enseñanza de detectives privados y fijar penalidades por las violaciones a esta ley.”
Wackenhut Corporation, Marvil International Security Services, Inc., y William J. Burns International Detectives Agencies, Inc., son corporaciones que se dedican a proveer mediante paga guardianes a las empresas privadas y también prestan servicios de investigación. Marvil además provee perros adiestrados para la custodia de propiedades. Robert S. Hopler es Gerente para Puerto Rico de Wackenhut Corporation.
Desde que comenzó a regir dicha ley de detectives privados los apelantes cabildearon tratando de obtener una serie de en-miendas a la misma. En vista de que no lograron sus propó-sitos Wackenhut y Marvil presentaron en el Tribunal de Dis-trito Federal, en San Juan, en 10 septiembre 1965, solicitudes de injunction temporero y de injunction permanente contra el Superintendente de la Policía de Puerto Rico y otros funcio-narios puertorriqueños para prohibirles que les aplicasen las disposiciones de dicha Ley Núm. 108.
En su acción ante el Tribunal de Distrito Federal, Wack-[521] enhut y Marvil alegaron, en resumen, que la ley es inconsti-tucional por ser arbitraria al:
1. Incluir bajo la categoría de “detectives privados a dos clases de individuos distintos: los guardianes y los detectives.
2. Exigir un requisito idéntico — 1,000 horas de estudios a los dos grupos de individuos antes mencionados.
3. Prohibir el uso de perros entrenados por los guardias a quienes se les exige licencia como detectives privados cuando no prohíbe el uso de dichos perros a los agentes del orden pú-blico ni a los guardianes empleados directamente por las em-presas privadas para su protección.
4. Prohibir que los detectives privados y las agencias cu-biertas por la ley presten servicios en casos que envuelvan con-flictos obreros, o entre obreros y patronos, o en aquellos casos en donde se haya presentado una petición de elección, cuando no prohíbe el empleo de individuos sin licencia como guar-dianes en esos casos.
Footnotes
100 P.R. Dec. 518 (Wackenhut Corp. v. Rodríguez Aponte) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.