Ramos González v. Félix Medina
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
Este caso plantea cuestiones sensitivas referentes a la figura de cosa juzgada y sus excepciones. En específico, ana-lizamos el efecto que tiene en esta jurisdicción una sentencia desestimatoria por inacción dictada por el Tribunal Federal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico.
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Francisco Ramos González y su esposa María Reyes Santiago residían en una casa de su propiedad, sita la misma en una finca de trece (13) cuerdas de terreno, sobre la cual pe-saba un gravamen de $650. La finca fue subastada en un pro-cedimiento de ejecución de hipoteca y fue adjudicada a favor [317] de Bernardo Mártir y su esposa, Sofía López, y el Ledo. Norman Pardo y su esposa, Helen Hernández Dapena. Éstos a su vez vendieron el bien inmueble al alguacil Perfecto Cruz Laureano y su esposa, Marta Laureano de Cruz.
El 11 de diciembre de 1978, el señor Cruz Laureano y sus compañeros alguaciles del Tribunal General de Justicia, José Ramón González y Manuel Ramos Rivera, alegadamente se personaron en la residencia del señor Ramos González y su esposa con una copia fotostática del acta de subasta. Se alega que los alguaciles alteraron la misma sin autorización para ello, haciendo constar al dorso de la copia la frase “manda-miento de desahucio”.
Según la versión de los demandantes, esposos Ramos-Reyes, luego de que se suscitara un debate sobre la titulari-dad de la casa en la que vivían junto a sus catorce (14) hijos, y sobre los sembradíos existentes en la finca, los referidos al-guaciles procedieron a herir de bala al señor Ramos Gonzá-lez y a golpear a su esposa y un hijo menor. También destruyeron el techo de la vivienda. Procedieron, entonces, a arrestar a los cónyuges y a trasladarlos al Hospital Regional del Distrito de Caguas, donde les dejaron abandonados.
Footnotes
121 P.R. Dec. 312 (Ramos González v. Félix Medina) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.