McCrillis v. Autoridad de las Navieras de Puerto Rico
Opinion
emitió la opi-nión del Tribunal.
La cuestión esencial debatida en los tres (3) recursos con-solidados que hoy enjuiciamos se reduce a lo siguiente: ¿Puede un empleado gubernamental, que ejerce funciones normativas, perpetuarse mediante contrato en una posición de confianza vinculada íntimamente con el desempeño de un servicio público fundamental? El Tribunal Superior entendió que no. Confirmamos.
I
Los hechos que delimitan el ámbito de la cuestión plante-ada en los tres (3) recursos son los siguientes:
A. En marzo de 1979 el demandante Sr. Richard J. McCrillis comenzó a trabajar en la Autoridad de Las Navieras de Puerto Rico (en adelante Navieras). Entre 1979 y 1981 ocupó allí varias posiciones de confianza. Primero se [118] desempeñó como Senior Financial Auditor y luego fue ayudante del entonces Director Ejecutivo, el Sr. Roberto Lugo D’Acosta. En junio de 1981 fue nombrado Primer Vicepresidente de Finanzas de la codemandada Puerto Rico Marine Management, Inc. (en adelante P.R.M.M.I.), una corporación organizada bajo las leyes del estado de Delaware y sub-sidiaria de Navieras al momento de los hechos. Navieras era la dueña de los activos y establecía la política corporativa; P.R.M.M.I. actuaba como agente gerencial y administrativo.
Footnotes
123 P.R. Dec. 113 (McCrillis v. Autoridad de las Navieras de Puerto Rico) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.