Pérez López v. Corporación del Fondo del Seguro del Estado

194 P.R. Dec. 314
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 11, 2015
DocketNúmero: CC-2014-0462
StatusPublished
Cited by1 cases

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Pérez López v. Corporación del Fondo del Seguro del Estado, 194 P.R. Dec. 314 (prsupreme 2015).

Opinions

El Juez Asociado Señor Rivera García

emitió la opinión del Tribunal.

Un empleado de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), reinstalado en su puesto unionado luego de que su nombramiento gerencial fuera declarado nulo, ¿tiene derecho a conservar los pasos por mérito que obtuvo mientras ejercía el puesto gerencial anulado? Hoy contestamos esta interrogante en la negativa. Como conse-cuencia, revocamos la determinación recurrida emitida por el Tribunal de Apelaciones.

A continuación abundamos un poco más sobre los ante-cedentes fácticos y procesales que originaron la referida controversia.

[316]*316La parte demandante se compone de un grupo de em-pleados unionados de la CFSE que fueron ascendidos a puestos gerenciales vía el mecanismo de convocatoria in-terna entre los años 2001 y 2008. Mientras ocupaban su puesto gerencial, estos fueron evaluados conforme al Sis-tema de Evaluación y Motivación de Recursos Humanos de la CFSE. Como resultado de tales evaluaciones, recibieron varios pasos por méritos que representaron un aumento salarial.

Posteriormente, y luego de los trámites administrativos correspondientes, la entonces Administradora de la CFSE les notificó que sus nombramientos a puestos gerenciales eran nulos, ya que habían sido obtenidos ilegalmente me-diante unas convocatorias internas que no cumplían con los requisitos establecidos en el Reglamento de Personal de la CFSE, ni con el derecho vigente. Como consecuencia, los empleados unionados fueron reinstalados en sus respecti-vos puestos de carrera y se les acreditaron los aumentos salariales correspondientes a este puesto, pero no los pasos por mérito recibidos mientras ocupaban el puesto gerencial anulado.

Inconformes con esta determinación, los empleados acu-dieron ante la Junta de Apelaciones de la CFSE (Junta de Apelaciones). En lo que respecta a la nulidad de los nom-bramientos gerenciales, el 14 de abril de 2011 la Junta de Apelaciones confirmó la determinación de la entonces ad-ministradora de la CFSE. Según concluyó, la acción de anular los nombramientos de los empleados demandantes fue correcta en derecho porque las convocatorias internas celebradas no cumplieron con las disposiciones reglamen-tarias de la agencia.

En cuanto a la controversia relacionada a los pasos por méritos, el organismo apelativo de la CFSE optó por emitir una determinación por separado el 6 de julio de 2011. En [317]*317esta, la Junta de Apelaciones determinó que los empleados demandantes sí tenían derecho a retener los pasos por mé-ritos obtenidos mientras ejercían sus funciones gerenciales. Esto porque, según explicó, “[e]l aumento salarial recibido como paso por mérito ingresó y formó parte del patrimonio del empleado, surgiendo de ahí en adelante un derecho a continuar recibiéndolo salvo que sea privado por justa causa y cumpliéndose el debido proceso de ley”. (Énfasis suprimido).

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