López de Victoria v. Mercedes Rodríguez
Opinion
SENTENCIA
Sala integrada por el Juez Presidente Señor Trías Monge y los Jueces Asociados Señores Díaz Cruz, Irizarry Yunqué y Rebollo López.
[267] La demandada recurrente y su abogado recurrido con-currieron en contrato de servicios profesionales en forma de carta suscrita por ambos, cuyo texto dice:
10 de abril de 1975
Sra. Ana M. Rodríguez de Vela Condominio Villas del Mar Isla Verde, Puerto Rico Estimada señora Vela:
Como le prometiera en nuestra conversación, tengo el gusto de detallarle los pormenores de las condiciones en que yo habré de brindarle mis servicios profesionales de abogado y contador, en el caso de divorcio y liquidación de gananciales con su esposo, el señor Ramón Vela.
Mis honorarios en el caso de divorcio serán $1,500.00, de los cuales deberá pagar $500.00 con la aceptación de esta carta-contrato, para yo empezar el trabajo; y los otros $1,000.00 res-tantes en dos pagos de $500.00 a efectuarse 30 días y 60 días de la fecha de aceptación.
En cuanto al caso de bienes gananciales, mis honorarios serán el 15% del valor de los bienes que a usted le toquen en la división de los bienes de su esposo, y cuya cantidad pagará usted bajo un plan razonable en cuanto a las cantidades a pagarse y también en un tiempo razonable de acuerdo a las circunstancias.
Me parece que lo más lógico sería esperar al desenvolvi-miento de los acontecimientos según el caso de liquidación de bienes progrese para que acordemos la forma para el pago.
Puede estar usted segura que no le impondré ninguna con-dición irrazonable que le pueda ocasionar graves trastornos.
Si es de aceptación suya lo anterior, le agradeceré me firme la copia adjunta la que me devolverá con la remesa de los primeros $500.00.
Aceptada 4/12/75
Atentamente,
Realizada su labor que finalizó con la escritura Núm. 24 [268] otorgada en San Juan el 9 julio, 1976 ante el notario Sr. Ángel Cruz Cruz, suscrita por los excónyuges Ramón Vela y Ana Mercedes Rodríguez (recurrente), la cliente pagó $6,000 dejando un balance pendiente de $22,950 que el abo-gado reclamó en demanda instada en 1979. El 13 mayo, 1980 la Sala de San Juan dictó sentencia sumaria por la que condenó a la cliente demandada a pagar a su abogado dichos $22,950, interés legal desde la radicación de la demanda, costas y $3,000 de honorarios de abogado del demandante.
El contrato de servicios profesionales de abogado está saturado de un elemento ético
Footnotes
113 P.R. Dec. 265 (López de Victoria v. Mercedes Rodríguez) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.