Henríquez Soto v. Consejo de Educación Superior
Opinions
emitió la opi-nión del Tribunal.
El presente recurso cuestiona la práctica de que los abo-gados del Consejo de Educación Superior (C.E.S.) actúen como oficiales examinadores en los procedimientos ante dicho organismo. Esta circunstancia impide, según el recu-rrente, —profesor al que fue negada la permanencia en trámite apelativo ante el C.E.S.— una adjudicación verdade-ramente imparcial. El tribunal de instancia se negó a expedir el auto de revisión. Confirmamos su dictamen.
Los hechos pertinentes a la controversia que hoy revi-samos se pueden resumir de la forma siguiente:
El profesor Enrique Henríquez Soto, licenciado en far-macia, comenzó a prestar servicios a la Universidad de Puerto Rico, Colegio Regional de Ponce, con nombramiento temporero y rango docente de instructor auxiliar durante el año académico 1972-1973. Al momento de ser nombrado existía una dificultad en el reclutamiento de profesores de química que cumplieran con todos los requisitos de prepara-ción académica.
Footnotes
120 P.R. Dec. 194 (Henríquez Soto v. Consejo de Educación Superior) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.