Quiñones López v. Manzano Pozas
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
Nationwide Mutual Insurance Company (en adelante Nationwide) solicita la revisión de la Sentencia de 24 de junio de 1991 dictada por el antiguo Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, en la cual se le condenó a pagar, solidariamente con otros codemandados, la suma total de ciento noventa mil dólares ($190,000) a los deman-dantes recurridos, José A. Quiñones López (en adelante Quiñones López) y otros, como compensación por los daños y peijuicios sufridos por éstos en relación con la ocurrencia de un accidente de automóviles.
El foro de instancia, además, le impuso a Nationwide la obligación de satisfacer a los codemandados Pedro Man-zano Pozas (en adelante Manzano Pozas) y Ana María Sa-bbagh Thorne (en adelante Sabbagh Thorne) la suma de seis mil dólares ($6,000) por los gastos de abogado en que éstos habían tenido que incurrir como consecuencia de la acción de Nationwide de negarle cubierta y representación legal.
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El 12 de junio de 1985 la recurrente, Nationwide, expi-dió la póliza de seguro de automóvil número 88-271-571 a favor de la Leda. Ana María Sabbagh cubriendo un vehí-culo marca Mercury, modelo Cougar del año 1982, inscrito a nombre de ésta en el Departamento de Transportación y Obras Públicas. Dicho automóvil era un bien perteneciente a la sociedad legal de gananciales compuesta por la code-mandada Sabbagh Thorne y su esposo, el también code-mandado Manzano Pozas.
La licenciada Sabbagh Thorne había contraído matri-monio con Manzano Pozas el 11 de marzo de 1977, estable-ciendo el matrimonio su residencia en el número 191 de la Calle O’Neill en Hato Rey, Puerto Rico. Aproximadamente para los meses de mayo o junio de 1985, los referidos cón-yuges se separaron, mudándose Manzano Pozas a un apar-tamento arrendado en el Condominio El Centro en Hato Rey.
Footnotes
141 P.R. Dec. 139 (Quiñones López v. Manzano Pozas) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.