Pueblo v. Rosario Igartúa

129 P.R. Dec. 1055, 1992 PR Sup. LEXIS 185
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 26, 1992
DocketNúmero: CR-89-26
StatusPublished
Cited by20 cases

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Pueblo v. Rosario Igartúa, 129 P.R. Dec. 1055, 1992 PR Sup. LEXIS 185 (prsupreme 1992).

Opinions

El Juez Asociado Señor Hernández Denton

emitió la opinión del Tribunal.

El Sr. Benjamín Rosario Igartúa apela ante esta Curia para que revoquemos una sentencia del Tribunal Superior, Sala de Arecibo, que lo halló culpable de violar el Art. 404 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico, 24 L.P.R.A. sec. 2404. En su apelación sostiene que el Tribunal Superior se equivocó al admitir una prueba que fue obtenida por un guardia de seguridad de la Autoridad de Tierras después de un arresto ilegal y de un registro irrazonable. Su apelación nos permite examinar la aplica-bilidad del Art. II, Sec. 10 de la Constitución del Estado Libre Asociado, L.P.R.A., Tomo 1, cuando un empleado pú-blico, que funge como guardia de seguridad, arresta a un ciudadano. Revocamos.

[1063]*1063HH

El 26 de abril de 1988 el guardia de seguridad armado de la Autoridad de Tierras, Luis Pacheco Rivera, se encon-traba cumpliendo su turno de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. en la fábrica de jugos de pifia Lotus. La fábrica había estado confrontando problemas debido a que algunos empleados y visitantes sustraían del lugar latas de jugo y herramientas. Para ello se implantó un sistema de regis-tros sorpresivos a la hora de salida de los empleados. Un letrero a la entrada avisaba la posibilidad de dichos registros.

A eso de las 6:45 a.m., Pacheco y cuatro (4) o cinco (5) compañeros se dispusieron a registrar los bultos de los em-pleados que salían de la planta. A esa misma hora salió de su trabajo Rosario Igartúa. Éste llevaba una bolsa de papel de estraza en las manos y alegadamente, al ver que se estaba llevando a cabo un registro, viró y comenzó a cami-nar en dirección hacia la fábrica. Al ver el cambio de rumbo del empleado y temiendo la posibilidad de que fuese a avi-sar a sus compañeros que se estaba realizando un registro, Pacheco Rivera corrió detrás de él para detenerlo.

De la declaración jurada prestada por el guardia el 5 de mayo de 1988 y de su testimonio el día del juicio, surge que lo siguió hasta que se detuvo antes de llegar a un monte detrás de la fábrica. Entonces, lo agarró por un brazo y la bolsa se cayó al suelo. Inmediatamente el guardia lo esposó y recogió la bolsa. En su declaración jurada el guardia na-rró los eventos de la manera siguiente:

Que cuando yo le di alcance, que lo toqué por los hombros, soltó la bolsa que llevaba en las manos, entonces yo le puse un lado de las esposas en una de las manos de él, cogí la bolsa que había soltado, y lo llevé hasta la caseta, y le entregué la bolsa que le había ocupado a mi supervisor Isabelino Torres Díaz. (Énfasis suplido.) Declaración jurada de 5 de mayo de 1988.

[1064]*1064Por otro lado, el día del juicio Pacheco Rivera ratificó que cuando lo detuvo, Rosario Igartúa tenía la bolsa en la mano:

FISCAL CRISTOBAL GALLARDO RODRIGUEZ
¿Y que pasó si algo?
TESTIGO:
Pues que antes de llegar al monte casi internándose pues se cansó, yo no se, que se paró y entonces fue cuando yo le di alcance y dejó caer una bolsa, la bolsa que llevaba en las manos y ahí fue que lo cogí, cogí la bolsa y lo traje hasta la fábrica. T.E. pág. 17.

Más adelante en su testimonio declaró:

FISCAL CRISTOBAL GALLARDO RODRIGUEZ
¿De qué habló usted con él allí?
TESTIGO:
¿Cuando lo detuve?
FISCAL CRISTOBAL GALLARDO RODRIGUEZ
Cuando lo detiene con la bolsa en las manos, la bolsa de estrasa.
TESTIGO:
No, no hablé, viré para atrás, lo llevé hacia la casilla del guardia. (Énfasis suplido.) T.E., pág. 44.

A preguntas del abogado de la defensa, Pacheco Rivera manifestó que la bolsa se le cayó de las manos a Rosario Igartúa cuando Pacheco Rivera lo agarró por los hombros:

LCDO. RAFAEL CAPELLA ANGUEIRA
No, eh, ¿y usted manifestó que usted le da alcance?
TESTIGO:
Sí.
LCDO. RAFAEL CAPELLA ANGUIERA
¿Y usted lo agarra por los hombros?
TESTIGO:
Por un brazo.
LCDO. RAFAEL CAPELLA ANGUIERA
Por un brazo. ¿Y cuando lo agarra por ese brazo, eh, se le cayó algo a él?
TESTIGO:
Soltó una bolsa.
LCDO. RAFAEL CAPELLA ANGUIERA
[1065]*1065 Se cayó algo al piso, una bolsa, dice usted de papel estrasa, ¿y qué hace en ese momento usted con esa bolsa?
TESTIGO:
Pues como yo lo tenía cogw por un brazo cogí y viré con él hacia la caseta del guardia. (Énfasis suplido.) T.E., pág. 33.

Por su parte, el foro de instancia concluyó que cuando el guardia de seguridad “logró darle alcance, el acusado soltó la bolsa que llevaba en la mano la cual cayó en sus pies siendo recogida por dicho guardián y trasladada hasta la oficina de los guardianes junto con el acusado”. (Énfasis suplido.) Exhibit I, pág. 2.

Pacheco llevó a Rosario Igartúa hasta la caseta de vigi-lancia y le entregó la bolsa a Isabelino Torres, supervisor general de la guardia de seguridad en la fábrica Lotus. Según surge de la transcripción de la prueba, Torres pudo corroborar inmediatamente que debido al aspecto físico de la bolsa y su sensación al tacto no era posible que contu-viera latas de jugo o herramientas. Admitió que le daba la impresión de que lo que tenía Rosario Igartúa en la bolsa era un suéter y que debido a ello no la registraron en su presencia. Después de tenerlo esposado durante diez (10) o quince (15) minutos, le dijo que se fuera y regresara a las 3:00 p.m. ese mismo día para una investigación administrativa.

No obstante, aunque dejaron libre a Rosario Igartúa y éste se retiró del lugar, el guardia de seguridad retuvo la bolsa en su posesión y más tarde la abrió y vio su contenido. Del contrainterrogatorio del jefe de la guardia se desprende claramente que la costumbre era registrar las bolsas de los empleados en su presencia y que en el caso de autos el registro fue efectuado después que Rosario Igartúa había sido autorizado a salir del lugar:

Ledo. Rafael Capella Angueira:
Sobre lo que el compañero ha preguntado. ¿Mire, usted dice que las personas que entren y salgan están abiertas a ser registradas?
[1066]*1066Testigo:
Cuando salen.
Ledo. Rafael Capella Angueira:
Cuando salen. ¿Este, cuando se les registra y se les registrase alguna bolsa, mire a ver si es cierto o no es cierto que se les registra en presencia de ella?
Testigo:

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