Pueblo ex rel. A.A.O.
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
[163] Nos toca determinar cuál Sala del Tribunal Superior —la Sala de Asuntos de Menores o la Sala de lo Criminal— debe asumir jurisdicción sobre una persona que ya ha sido encausada y convicta como adulto, y se encuentra recluida en cárcel cumpliendo pena por ello, para entender en una querella presentada contra ésta por su alegada participa-ción, siendo menor de edad, en hechos ocurridos antes de aquellos que dieron lugar a que se le encausara como adulto.
H
El 2 de mayo de 1990 el Tribunal Superior, Sala de Asuntos de Menores (en adelante Tribunal de Menores), ordenó al menor A.A.O. a cumplir una medida dispositiva condicional de un (1) año por haber incurrido en faltas de alteración a la paz y amenaza.
El 21 de enero de 1991 se presentaron denuncias en el Tribunal Superior, Sala de lo Criminal (en adelante Tribunal Superior), contra A.A.O. por los delitos de asesinato,
Footnotes
138 P.R. Dec. 160 (Pueblo ex rel. A.A.O.) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.