Pueblo v. Pacheco Padró

58 P.R. Dec. 737
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 27, 1941
DocketNúm. 8384
StatusPublished
Cited by8 cases

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Bluebook
Pueblo v. Pacheco Padró, 58 P.R. Dec. 737 (prsupreme 1941).

Opinion

El Juez Asociado Señor Todd, Jr.,

emitió la opinión del tribunal.-

Por convenio de las partes estas dos cansas se vieron con-juntamente en la Corte de Distrito de San Juan y en apelación se ban tramitado en un solo recurso. Se originaron sepa-radamente ante la Corte Municipal de San Juan, a virtud de dos denuncias,, una contra Antonio Pacheco Padró por infrac-ción al artículo '243 del Código Penal, que lee así:

[739]*739“En la Corte Municipal del Distrito Judicial Municipal de San Juan, Puerto Rico, Sección Primera. — El Pueblo de Puerto Rico v. Antonio Pacheco Padró. — Criminal Núm. 10919. Sobre: Libelo. — - Denuncia. Yo, Rafael Martínez Nadal, vecino de Guaynabo, Puerto Rico, y Presidente del Senado de esta Isla, formulo denuncia contra Antonio Pacheco Padró por el delito de Libelo (infracción al artículo 243 del Código Penal), cometido de la manera siguiente: que allá por uno de los días del mes de agosto de 1938 y en la ciudad de San Juan de Puerto Rico, que forma parte del distrito judicial municipal del mismo nombre, el acusado suscribió e hizo publicar en el periódico denominado ‘Florete’ que se edita los sábados en San Juan, Puerto Rico, un artículo que circuló en dicho periódico públicamente en esta ciudad, y entre otros ejemplares, en el marcado con el Núm. 402 (edición de 20 de agosto de 1938 de dicho sema-nario) siendo dicho artículo el siguiente: ‘Martínez Nadal defiende tercamente el monopolio de la energía- eléctrica. A medida que pasa el tiempo vamos conociendo menos a los muchos enemigos portorriqueños que tiene Puerto Rico. Nos vamos convenciendo de la apremiante necesidad que hay en nuestro país de hacer una verdadera labor de saneamiento político, para adecentarnos cívica-mente en forma que se permita a Puerto Rico tener frente a sus asuntos a hombres íntegros y leales, y no a mercaderes inescrupu-losos. La maldad del coloniaje está precisamente en que facilita y ampara el mangoneo y la corrupción en gran escala. La colonia termina por chuparse a los mejores hombres, por tragárselos y por hacer de ellos pobres guiñapos. Veamos, por ejemplo, la situación en que se ha colocado el señor Rafael Martínez Nadal, Presidente del Senado y de la Unión Republicana. Martínez Nadal ha tenido ■por mucho tiempo la confianza del pueblo, que lo ha apreciado sin diferencias partidistas. Tenía el aprecio y estimación general. Sus gestos, ¡ por lo menos, hacían que se le tuviera cierta estimación. Pero, de un tiempo a la fecha, Martínez Nadal ha entrado descara-damente en la obscura zona de los políticos faltos de principios. Ni cree en ellos ni vive para ellos. ¿Cómo puede explicarse que Martínez Nadal se convierta ahora en el paladín de la Porto Rico Railway, Light and Power Company? ¿Qué maravilloso hilo eléc-trico ha conectado a la persona del señor Martínez Nadal? Cuando está en el Senado Martínez Nadal es abogado. Y cuando está en las cortes Martínez Nadal es el Presidente del Senado. ¡Bonita manera tiene don Rafa de servir al país, burlando la confianza que en él depositaron las organizaciones portorriqueñas! Martínez Na-[740]*740dal se coloca frente al Nuevo Trato para defender los intereses del pulpo eléctrico, que explota a miles de familias portorriqueñas con sus elevadas tarifas. Martínez Nadal sabe que en nuestro país es vital para la economía, para la agricultura, para el comercio y para las industrias, el abaratamiento de la energía eléctrica. ¡Y no obstante saber eso, Martínez Nadal se pone a defender a las compañías pri-vadas desde su sitial de Presidente del Senado! & Hasta dónde va a llegar el señor Martínez Nadal con esa política de entregamiento indigno a los intereses del monopolio eléctrico ? ' ¿ Cree el señor Martínez Nadal que el país no se entera de lo que pasa por debajo, por encima, o por detrás de los escritorios del Senado? ¿Por qué traiciona Martínez Nadal a Puerto Rico, poniéndose al servicio del monstruo de la electricidad? ¿Por qué resiste Martínez Nadal a la demanda pública de Puerto Rico de que se ponga en manos del pueblo la energía eléctrica? ¿Qué beneficio tiene Martínez Nadal en esa corriente de oro boricua que sale todos los años con destino al Canadá? Más honradez, más decencia política, más lealtad a Puerto Rico es lo que nuestro pueblo le pide al señor Martínez Nadal y al grupo que en las Cámaras obstaculiza la legislación que tiene por finalidad libertar a Puerto Rico del monopolio eléctrico que le agarrota. ¿Quiere entenderlo, por fin, el señor Martínez Nadal?’ El acusado, quien desempeña el cargo de Sub Director del dicho periódico denominado ‘Florete’, es el único autor del ar-tículo transcrito en la presente denuncia y gestionó su publicación con la maliciosa intención de difamar al Presidente del Senado de Puerto Rico, el denunciante en este caso, y para impugnar su hon-radez e integridad como tal Presidente del Senado de Puerto Rico, exponiéndolo al odio y ridículo público, a sabiendas de que las im-putaciones que hace son falsas y maliciosas. Hecho contrario a la Ley.”

Y la otra contra Manuel de Catalán, por infracción al artículo 253 del Código Penal, que alega lo siguiente:

‘‘En la Corte Municipal del Distrito Judicial Municipal de San Juan, Puerto Rico. Sección Primera. El Pueblo de Puerto Rico v. Manuel de Catalán. Criminal Núm. 10939. Sobre: Infracción al artículo Núm. 253 del Código Penal. Denuncia. Yo, Rafael Martínez Nadal, vecino de fí-uaynabo, Puerto Rico, y Presidente del Senado de esta Isla, formulo denuncia contra Manuel de Catalán por el delito de infracción artículo núm. 253 del Código Penal (pu-blicación de retratos y caricaturas), cometido de la manera siguiente: [741]*741que allá por uno de los días del mes de agosto de 1938 y en la ciu-dad de San Juan de Puerto Rico, que forma parte del distrito ¿judicial municipal del mismo nombre, el acusado Manuel de Catalán confeccionó e hizo publicar en el periódico denominado ‘Florete’, que se edita los sábados en San Juan, Puerto Rico, una caricatura del denunciante que circuló en dicho periódico públicamente y en la ciudad de San Juan, y entre otros ejemplares en el marcado con el núm. 402, edición de 20 de agosto de 1938 de dicho semanario, describiéndose en dicha caricatura del modo siguiente: Bajo el título ‘En el Senado’, aparece el denunciante en su carácter de Presidente del Senado, sentado en una silla presidencial, con ma-llete en la mano, y conectados a dicha silla presidencial del Senado de Puerto Rico aparecen dos aparatos o siuitches eléctricos unidos a las patas traseras de dicha silla, uno expresando que es la Maya-güez Light y otro expresando que es la Porto Rico Railway, Light, cuyas dos compañías le dan corriente a dicha silla y por ende, al Presidente del Senado, consignándose al final de dicha caricatura las siguientes frases: ‘las dos podeeosas Razones que motivan el sabotaje.’ Que el acusado Manuel de Catalán, quien trabaja para dicho semanario como caricaturista, es el único autor de la misma y confeccionó la repetida caricatura con la maliciosa intención de ofender al denunciante en su probidad, entereza, virtud, fama o mó-viles políticos, tendiendo a exponerlo al odio, ridículo o desprecio público, a sabiendas de que tal caricatura representa o imputa ac-ciones falsas y malicosas. Hecho contrario a-la ley.”

Ambos acusados fueron convictos en la corte municipal y vistas las causas ele novo

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