Gallart Mendía ex rel. González Pagán v. González Marrero
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
En un accidente automovilístico ocurrido al chocar un vehículo del Servicio de Bomberos con un automóvil de la demandada, perdió la vida el bombero Sigfredo Ortiz Gom zález de 28 años de edad, quien al tiempo del accidente se encontraba en el ejercicio de las funciones de su trabajo. Las circunstancias en que ocurrió el accidente llevaron al juez sentenciador a la conclusión de que el mismo ocurrió debido a la negligencia o impericia del conductor del vehículo de la demandada. Dicha conclusión está sostenida por el récord y no la alteraremos.
El Fondo del Seguro del Estado, luego de la correspon-diente investigación, emitió en 1ro. de noviembre de 1962 una decisión declarando a Mercedes González Pagán, madre del finado, única beneficiaría del empleado fallecido y le concedió una indemnización de $6,250.00, que posteriormente, mediante resolución de 12 de agosto de 1963, aumentó a $9,000.00, pagadera a razón de $75.00 mensuales.
[204] En 19 de febrero de 1963 el Administrador del Fondo del Seguro del Estado radicó una acción contra los deman-dados en el Tribunal Superior, Sala de San Juan, subrogán-dose en los derechos de la beneficiaría reclamando el monto equivalente a la compensación que debía pagar por la muerte del obrero más los gastos médicos por servicios prestados al mismo, y reclamando además $50,000.00 para la madre del obrero, la mencionada Mercedes González Pagán. Después de emitir en agosto 12 de 1963 la resolución enmendada que aumentó a $9,000.00 los beneficios por muerte de la benefi-ciaría Mercedes González Pagán, el Fondo presentó una de-manda enmendada en 16 de agosto de ese año subrogándose en la compensación concedida y formulando una reclamación esta vez para beneficio de la sociedad de gananciales de la cual la señora González forma parte.
En 21 de febrero de 1963 Sérbulo Ortiz, padre del obrero fallecido, como representante de la sociedad legal de ganan-ciales constituida entre él y su esposa, Mercedes González Pagán, y varios hermanos del finado, presentaron la acción Núm. CS-63-527 en el Tribunal Superior, Sala de Ponce, reclamando indemnización por la muerte del hijo y hermano, respectivamente, de los demandantes. Posteriormente el pleito iniciado por el Administrador del Fondo (Civil 63-637) fue trasladado de la Sala de San Juan a la Sala de Ponce del Tribunal Superior y consolidado con el caso CS-63-527 pre-sentado por Sérbulo Ortiz.
El 13 de agosto de 1963 la parte demandada formuló moción para desestimar la demanda original del Fondo y el Tribunal pospuso su resolución para cuando se resolviese el caso en sus méritos.
El Tribunal Superior declaró con lugar ambas demandas y condenó a los demandados a pagar solidariamente al Fondo las cantidades que éste había pagado a Mercedes González Pagán, más $420.75 por gastos médicos y a pagar a Mercedes González Pagán la diferencia hasta $9,000.00 que ella [205] no había llegado a recibir del Fondo. En el segundo caso (que fue el presentado por Sérbulo Ortiz a nombre de la sociedad legal de gananciales y por los hermanos del finado) se condenó a los demandados a pagar solidariamente $25,000.00 a la sociedad legal de gananciales y $1,000.00 a cada uno de los tres hermanos del obrero fallecido.
En su solicitud de revisión los demandados-recurrentes señalan la comisión de ocho errores.
Primer error: Los recurrentes imputan error al tribunal de instancia al éste negarse a desestimar la demanda pre-sentada por el padre y los hermanos del obrero fallecido, por haber sido dicha demanda presentada antes de haber trans-currido el término de 90 días que le concede la ley al Fondo del Seguro del Estado para subrogarse en los derechos del obrero lesionado o de sus beneficiarios,
Footnotes
95 P.R. Dec. 201 (Gallart Mendía ex rel. González Pagán v. González Marrero) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.