Figueroa v. Municipio de San Juan

98 P.R. Dec. 534, 1970 PR Sup. LEXIS 97
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 11, 1970
DocketNúmero: R-67-157
StatusPublished
Cited by15 cases

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Figueroa v. Municipio de San Juan, 98 P.R. Dec. 534, 1970 PR Sup. LEXIS 97 (prsupreme 1970).

Opinion

El Juez Asociado Señor Santana Becerra

emitió la opinión del Tribunal.

—I—

La Base del Pleito

(1) Por escritura Núm. 4 otorgada en Ponce el 9 de enero de 1922 ante el Notario M. Alberto Salicrup, compa-recieron Don Enrique Adsuar y Boneta por sí y como apo-derado de su esposa Doña Rosario Miró; Don Luis de la Cruz y Santiago como apoderado de su hermana Doña Rita de la Cruz y Santiago; Don Casimiro Figueroa y Reyes; Don Sandalio Torres Monge como apoderado de su esposa Doña Ángela Figueroa y Reyes; Don José Víctor Figueroa y Reyes; Don Juan Figueroa y Reyes; Don Ángel Figueroa Reyes casado con Doña María Siuró y Renta, y procedieron a la división entre ellos de la finca conocida con el nombre [536]*536de “El Reloj”, ubicada en el Barrio de Santurce y que per-teneció a los esposos Don Ramón Figueroa y Doña Carmen Reyes Arroyo, según consta en la testamentaría de éstos, inscrita con el número 1824 al folio 82 vuelto del Tomo 64 de San Juan, inscripción 13a.

(2) Se describió la finca con una superficie total de 96 cuerdas, 2,732 varas cuadradas, con sus respectivas colin-dancias por sus puntos cardinales.

(3) En virtud de la testamentaría mencionada y de ciertas adquisiciones hechas de otros herederos, los compa-recientes vinieron a ser dueños de dicha finca, en determi-nadas participaciones que no es necesario ahora detallar.

(4) En la escritura Núm. 4 mencionada manifestaron los comparecientes que al hacer la división material habían determinado, “para el mejoramiento de la finca en beneficio de todos”, diversas calles y una plaza de recreo que fueron descritas en su extensión y trayectorias. A los efectos de este pleito deben mencionarse las siguientes:

(a) La Calle “Del Rosario” con una trayectoria de Este a Oeste atravesando las Calles “José Ramón Figueroa”, “Labra” y del “Condado”, con un ancho de 12 metros y un área superficial de 3661.80 metros cuadrados;

(b) La Calle “Corchado” con trayectoria de Este a Oeste atravesando las Calles “José Ramón Figueroa”, “La-bra” y “Condado”, con un ancho de 12 metros y un área superficial de 331.20 metros cuadrados.

(c) La Calle “Labra”, en dirección de Norte a Sur, y la Calle “José Ramón Figueroa”, con igual trayectoria de Norte a Sur, partiendo ambas de la Avenida Ponce de León.

(5) La porción de terreno dedicada a “Plaza de Recreo” quedó situada entre las Calles del Rosario con la que colinda por el Norte, la Calle “Labra” por su Oeste, la Calle “Cor-chado” por el Sur y por el Este en colindancia con terrenos adjudicados en la misma éscri'tura de partición a Doña Rita [537]*537de la Cruz. Se hizo constar que tenía un área superficial de 4,5000 metros, con una extensión por el Norte a lo largo de la Calle “Del Rosario” de 60 metros 4 centímetros; por el Sur, a lo largo de la Calle “Corchado”, 52 metros 6 centí-metros; por el Oeste, a lo largo de la Calle “Labra”, de 76 metros 33 centímetros y por el Este en su colindancia con Rita de la Cruz, de 74 metros 8 centímetros.

(6) En lo que a este pleito respecta, y en pago de sus respectivas participaciones, se adjudicó a Doña Rita de la Cruz Santiago una porción con un área superficial de 8,542.86 metros cuadrados, colindando por el Norte en una distancia de 114 metros 75 centímetros con la ahora Avenida Fer-nández Juncos; por el Oeste en 78 metros 22 centímetros con la Calle “Labra”; por el Sur en 106 metros 43 centímetros con la Calle “Del Rosario” y por el Este en 76 metros 20 centímetros con la Calle “José Ramón Figueroa”.

(7) En lo que respecta también a este pleito, se le ad-judicó a la misma señora Rita de la Cruz Santiago otra parcela con un área superficial de 3,200.72 metros cuadrados en lindes por el Norte con la Calle “Del Rosario” en una distancia de 46 metros 16 centímetros; por el Oeste en lindes con la “Plaza de Recreo” descrita en el párrafo (5) anterior en una distancia de 74 metros 8 centímetros; por el Sur con la Calle “Corchado” en una distancia de 44 metros 16 centí-metros y por el Este con la Calle “José Ramón Figueroa” en una distancia de 72 metros 38 centímetros. VÉASE LA GRÁFICA:

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