Shell Co. (P. R.) Ltd. v. Tribunal de Distrito de Puerto Rico
Opinion
emitió la opinión del tribunal.
’ En el presente caso es necesario resolver si el tribunal de distrito abusó de su discreción al ordenarle a la demandada, a tenor con la Regla 33 de las de Enjuiciamiento Civil, que contestara ciertos interrogatorios escritos que el demandante, empleado suyo, le había notificado en un caso de reclamación de salarios.
El 2 de marzo de 1950 José Ramos instó demanda contra The Shell Company (Porto Rico) Limited reclamándole sala-rios dejados de percibir ascendentes a $8,156.78, más una can-tidad similar como penalidad, que la demandada supuesta-mente le adeudaba por concepto de horas extras trabajadas por el demandante entre noviembre 7 de 1935 y mayo 15 de 1949, como chófer de un camión tanque dedicado a la trans-portación de gasolina. Si bien la contestación admite el em-pleo, niega que el demandante trabajara las horas adicionales alegadas en la demanda o que la demandada le deba al deman-dante salario alguno. Como defensas especiales, la deman-dada alega (1) prescripción de las reclamaciones por concepto de trabajo correspondiente a períodos de pago que se remonten a más de dos años con anterioridad a la fecha de la demanda, de conformidad con el “Portal-to-Portal Act”, 29 U. S. C. see. 255; (2) prescripción de tales reclamaciones después de transcurridos tres años, a tenor con el inciso tercero del ar-tículo 1867, Código Civil de Puerto Rico, ed. 1930; (3) el haber actuado la demandada de buena fe conforme a y basada en reglamentación e interpretación administrativas bajo 29 [455] U. S. C. sees. 258-259; (4) improcedencia de los daños líqui-dos por haber actuado la demandada de buena fe y entendiendo haber cumplido con la Ley Federal bajo 29 U. S..C. see..260; (5) el demandante estaba impedido de ejercitar cualquier causa de acción porque había firmado ciertos documentos que indicaban que no tenía reclamación alguna contra la deman-dada.
El 10 de abril de 1950 el tribunal de distrito declaró con lugar la moción del demandante sobre inspección de las nó-minas y las tarjetas diarias demostrativas de las entradas y salidas de los empleados de la demandada desde el 7 de no-viembre de 1935 hasta el 15 de mayo de 1949. El 13 de abril de 1950 la demandada solicitó una orden similar, que le fué concedida el 14 de abril de 1950 para inspeccionar “(a) cual-quier lista, nota, anotación o escrito otro alguno preparado por el demandante y/o por su abogado que el demandante piense utilizar para probar las alegaciones de su demanda, (ó) cualquier correspondencia, circular o documento otro al-guno en poder del demandante o de su abogado que el deman-dante piense utilizar para probar las alegaciones de su de-manda.”
El 24 de abril de 1950 la demandada notificó 17 interro-gatorios escritos que se resumen al calce.
Footnotes
73 P.R. Dec. 451 (Shell Co. (P. R.) Ltd. v. Tribunal de Distrito de Puerto Rico) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.