Hernández v. Centro Unido de Detallistas
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
El caso de autos nos presenta la ocasión, inter alia, para expresamos acerca del requisito de presentar un estudio hidrológico-hidráulico cuando se interesa ubicar un proyecto en un área inundable clasificada Zona 2.
I
El 9 de marzo de 2001 Juan A. Hernández, José Juan Álvarez y José Juan Ortiz Rivera (proponentes o peticionarios) presentaron una consulta de ubicación ante la Junta de Planificación de Puerto Rico (Junta de Planificación). El objetivo de la consulta, según ésta fue aprobada finalmente por la Junta de Planificación, era desarrollar un proyecto [604] comercial en un solar localizado en el lado sur de la Carretera Estatal 342, km 0.3, del Bo. Sabanetas de Mayagüez. El proyecto consistía en la construcción de un edificio de bloques y acero estructural de 136,791 pies cuadrados. Dicha estructura se utilizaría para la venta de artículos del hogar, ferretería liviana y accesorios para automóviles.
Footnotes
168 P.R. 592 (Hernández v. Centro Unido de Detallistas) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.