Umpierre Matos v. Juelle Abello

CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedSeptember 3, 2019
DocketCC-2019-122
StatusPublished

This text of Umpierre Matos v. Juelle Abello (Umpierre Matos v. Juelle Abello) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Umpierre Matos v. Juelle Abello, (prsupreme 2019).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Diana M. Umpierre Matos

Peticionaria Certiorari

v. 2019 TSPR 160

203 DPR ____ Alexis F. Juelle Abello, Clara Inés Mejía Martínez

Recurridos

Número del Caso: CC-2019-122

Fecha: 3 septiembre de 2019

Tribunal de Apelaciones:

Panel XII

Abogados de la parte peticionaria:

Lcdo. Guillermo De Guzmán Vendrell Lcda. Anibelle Sloan Altieri

Abogado de la parte recurrida:

Lcdo. María Juarbe i Botella

Materia: Derecho de Familia: Las figuras del desacato civil y el encarcelamiento como medidas coercitivas para asegurar el pago de pensiones alimentarias a favor de menores de edad.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Peticionaria

v. Núm. CC-2019-0122 Alexis F. Juelle Abello, Clara Inés Mejía Martínez

Opinión del Tribunal emitida por la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez

San Juan, Puerto Rico, a 3 de septiembre de 2019

En esta ocasión, nos corresponde delimitar los contornos

de las figuras del desacato civil y el encarcelamiento como

medidas coercitivas para asegurar el pago de pensiones

alimentarias fijadas a favor de menores de edad. Ese análisis,

a su vez, requiere un examen de nuestra jurisprudencia

interpretativa previa y su interacción con las disposiciones

contenidas en la Ley Orgánica de la Administración para el

Sustento de Menores. Específicamente, debemos determinar si

el Tribunal de Primera Instancia abusó de su discreción al

condicionar la excarcelación de un padre alimentante -cuya

deuda de pensión se acerca a los dos (2) millones de dólares-

al pago de $10,000.00. Ello, luego de que, en repetidas

instancias, el propio alimentante ofreciera satisfacer una

fracción sustancialmente mayor de la cuantía adeudada para

que se le permitiera renovar su pasaporte. CC-2019-0122 2

I.

La Sra. Diana M. Umpierre Matos y el Sr. Alexis F. Juelle

Abello contrajeron matrimonio en el año 1991. Durante la

vigencia de su matrimonio, procrearon dos (2) hijos, quienes

actualmente tienen veintidós (22) y diecisiete (17) años.1

Asimismo, durante la vigencia del matrimonio, la Sociedad

Legal de Gananciales constituida entre ambos generó un caudal

sustancial de bienes muebles e inmuebles. En el año 2007, el

vínculo matrimonial quedó disuelto y se fijó una pensión

provisional de $9,675.00 a favor de los menores de edad. Ante

el reiterado incumplimiento del señor Juelle Abello con el

pago de esa pensión, el 10 de febrero de 2012, el Tribunal

de Primera Instancia emitió una orden de arresto en su contra.

En ese momento, el señor Juelle Abello se había trasladado

al estado de Florida desde el año 2011.

Luego de varios trámites procesales, el 14 de enero de

2014, el señor Juelle Abello presentó ante el Tribunal de

Primera Instancia una Moción en Solicitud de Orden para

Permitir Renovación del Pasaporte. Mediante ésta, indicó que,

en virtud de la orden de arresto que pendía en su contra,

estaba impedido de realizar los trámites relativos a la

renovación de su pasaporte ante el Departamento de Estado de

1 El hijo del señor Juelle Abello y la señora Umpierre Matos advino la mayoría de edad durante el trámite apelativo de este pleito. Del expediente no surge, sin embargo, que el señor Juelle Abello haya solicitado un relevo de pensión alimentaria ante el Tribunal de Primera Instancia luego de que su hijo adviniera la mayoría de edad. Tampoco surge que este último haya sido incluido como parte en el pleito o haya presentado una solicitud a esos efectos. CC-2019-0122 3

los Estados Unidos. El Tribunal de Primera Instancia denegó

la solicitud del señor Juelle Abello, advirtiéndole que, como

mínimo, debía establecerse un plan de pago de la pensión

adeudada previo a considerar su solicitud. En atención a ello,

el 29 de enero de 2014, el señor Juelle Abello presentó una

Moción en Cumplimiento de Orden y Ratificando Solicitud de

Permiso para Renovar Pasaporte. En ésta, ofreció pagar una

pensión mensual de $3,000.00 a favor de los menores de edad

y solicitó el restablecimiento de las relaciones

paternofiliales por la vía telefónica. Mediante resolución

dictada el 10 de febrero de 2014, el foro primario declaró

no ha lugar el plan de pago solicitado y ordenó a la señora

Umpierre Matos expresarse sobre el restablecimiento de las

relaciones paternofiliales.

Así las cosas, el 23 de mayo de 2014, el señor Juelle

Abello presentó una Moción sobre Deuda en la que informó que

estaba dispuesto a realizar un pago inmediato de $30,000.00

y comprometerse a cumplir con un plan de pago mensual de

$3,000.00. La señora Umpierre Matos se opuso a la moción y

arguyó que la oferta era absurda en consideración al hecho

de que la deuda superaba un millón de dólares. Asimismo,

sostuvo que acceder a la solicitud del señor Juelle Abello

de renovar su pasaporte a cambio del pago de esa cuantía

implicaba permitirle continuar evadiendo la jurisdicción de

los Estados Unidos para así eludir el pago de la deuda

acumulada y la pensión alimentaria fijada. Evaluados los

argumentos de las partes, el foro primario emitió una CC-2019-0122 4

resolución declarando no ha lugar la moción presentada por

el señor Juelle Abello.

El 22 de agosto de 2014, el señor Juelle Abello acudió

nuevamente ante el Tribunal de Primera Instancia mediante un

escrito titulado Moción de Apremio. Esta vez, informó al

tribunal que había recibido una oferta de empleo en Panamá y

que necesitaba que se le permitiera renovar su pasaporte para

poder aceptarla. A cambio del permiso de renovación de

pasaporte, ofreció realizar un pago por el 20% de la deuda

acumulada, idear un plan de pago y mantener al día la pensión

regular asignada. Por último, arguyó que la deuda acumulada

no reflejaba ciertos pagos que había realizado durante el

trámite del pleito. El Tribunal de Primera Instancia emitió

una resolución mediante la cual declaró no ha lugar la

solicitud de renovación de pasaporte, “toda vez que el plan

de pago propuesto no es razonable ante la cuantía adeudada”.

Ap. en la pág. 252. El foro primario razonó que:

Tomando los hechos particulares del presente caso, le asiste la razón a la demandante. No podríamos acceder a la solicitud del demandado a menos que esté cumpliendo con la pensión establecida, se pague una cantidad sustancial no menor de la mitad de la deuda y se ofrezcan garantías de cumplimiento en cuanto al balance de la otra mitad, que muy bien puede ser con bienes en Puerto Rico.

Id.

Concomitantemente a los desarrollos judiciales ante el

foro primario, el 19 de febrero de 2015, un Gran Jurado para

el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito

de Puerto Rico autorizó la presentación de una acusación CC-2019-0122 5

criminal (indictment) en contra del señor Juelle Abello por

violación a la Sección 228 del Título 18 del Código de los

Estados Unidos que penaliza transitar por el comercio

interestatal con la intención de evadir una obligación de

pensión alimentaria. (“Any person who . . . travels in

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Quiñones Mayoral v. Corte de Distrito de San Juan
54 P.R. Dec. 189 (Supreme Court of Puerto Rico, 1939)
Rivera v. Torres
56 P.R. Dec. 583 (Supreme Court of Puerto Rico, 1940)
Espinosa v. Ramírez
72 P.R. Dec. 901 (Supreme Court of Puerto Rico, 1951)
Pérez v. Espinosa
75 P.R. Dec. 777 (Supreme Court of Puerto Rico, 1954)
Guzmán Vega v. Piñero Piñero
91 P.R. Dec. 704 (Supreme Court of Puerto Rico, 1965)
Sosa Rodríguez v. Rivas Sariego
105 P.R. Dec. 518 (Supreme Court of Puerto Rico, 1976)
Viajes Lesana, Inc. v. Saavedra
115 P.R. Dec. 703 (Supreme Court of Puerto Rico, 1984)
Otero Fernández v. Alguacil Tribunal Superior
116 P.R. Dec. 733 (Supreme Court of Puerto Rico, 1985)
Ex parte Valencia
116 P.R. Dec. 909 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Rodríguez Avilés v. Rodríguez Beruff
117 P.R. Dec. 616 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Lluch v. España Service Station
117 P.R. Dec. 729 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Díaz Aponte v. Comunidad San José, Inc.
130 P.R. Dec. 782 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Rodríguez Amadeo v. Santiago Torres
133 P.R. Dec. 785 (Supreme Court of Puerto Rico, 1993)
Chévere v. Levis Goldstein
150 P.R. Dec. 525 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Rivera Durán v. Banco Popular de Puerto Rico
152 P.R. Dec. 140 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Argüello López v. Argüello García
155 P.R. Dec. 62 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Alvarez Elvira v. Arias Ferrer
156 P.R. Dec. 352 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
McConnell Jiménez v. Palau Grajales
161 P.R. Dec. 734 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Ríos Sánchez v. Narváez Calderón
163 P.R. Dec. 611 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Díaz Ramos v. Matta Irizarry
198 P.R. Dec. 916 (Supreme Court of Puerto Rico, 2017)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Umpierre Matos v. Juelle Abello, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/umpierre-matos-v-juelle-abello-prsupreme-2019.