Muñiz Noriega v. Muñoz Bonet
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
Mediante este recurso de certiorari se solicita que revisemos una sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones. En esta sentencia, el foro apelativo intermedio confirmó y revocó en parte el dictamen emitido por el Tribunal de Primera Instancia, el cual declaró “sin lugar” la demanda de liquidación y división de bienes presentada por la Sra. Nereida Muñiz Noriega y “con lugar” la reconvención presentada por el Sr. Héctor D. Muñoz Bonet. Veamos los hechos que dieron origen a la controversia.
HH
El 14 de julio de 1990, la Sra. Nereida Muñiz Noriega y el Sr. Héctor D. Muñoz Bonet contrajeron matrimonio.
Footnotes
177 P.R. 967 (Muñiz Noriega v. Muñoz Bonet) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.