Banco de Ahorro del Oeste v. Santos Cintrón
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
El 29 de noviembre de 1977 los entonces esposos, Víctor Santos Cintrón y Myrna Loubriel, suscribieron un pagaré no hipotecario a favor del Banco de Ahorro del Oeste (“el Banco”) para garantizar un préstamo de $2,280.
El 5 de enero de 1978 el señor Santos Cintrón suscribió un segundo pagáré por la suma de $6,000, esta vez sin el consentimiento de la esposa.
El 12 de febrero de 1979 el señor Santos Cintrón tomó un tercer préstamo del Banco por la suma de $2,280. El Banco no le requirió tampoco esta vez al prestatario la firma de la señora Loubriel, de quien el señor Santos estaba separado para entonces y se divorciaría luego. El prestatario utilizó $906.13 de esta suma para saldar el primer préstamo y retuvo el balance.
A las pocas semanas de contraer esta última deuda el señor Santos cesó de efectuar abono alguno a los préstamos pendientes y el Banco declaró vencidos los pagarés. El Banco demandó tanto al señor Santos como a la señora Loubriel, ya divorciada.
La señora Loubriel señaló en su contestación que los pagarés representativos de la deuda, los últimos dos, se otorgaron sin su consentimiento; que ella no se benefició de ese dinero; y que entre las razones de su divorcio se contó [73] la alegada realización de actos fraudulentos por su ex-esposo en perjuicio de ella.
El Tribunal de Distrito resolvió que la señora Loubriel respondía solidariamente tan solo por la suma de $906.13 y que el señor Santos debía satisfacer al Banco la suma de $7,426.55 de sus propios bienes. El Banco apeló al Tribunal Superior sobre la base de que los actos unilaterales del señor Santos obligaron a su entonces esposa. El Tribunal Superior confirmó la sentencia del Tribunal de Distrito. El Banco acudió en alzada ante nosotros. Expedimos auto de certiorari.
El Art. 1308 del Código Civil, 31 L.P.R.A. see. 3661, según enmendado por la Ley Núm. 51 de 21 de mayo de 1976, dispone:
Serán de cargo de la sociedad de gananciales:
1. Todas las deudas y obligaciones contraídas durante el matrimonio por cualquiera de los cónyuges.
6. Los préstamos personales en que incurra cualquiera de los cónyuges.Footnotes
112 P.R. Dec. 70 (Banco de Ahorro del Oeste v. Santos Cintrón) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.