Dolores Colón v. Glamorous Nails& Boutique, INC. Marta Larissa Alavarado De SilverioS.

2006 TSPR 16
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 3, 2006
DocketCC-2004-0275
StatusPublished
Cited by2 cases

This text of 2006 TSPR 16 (Dolores Colón v. Glamorous Nails& Boutique, INC. Marta Larissa Alavarado De SilverioS.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Dolores Colón v. Glamorous Nails& Boutique, INC. Marta Larissa Alavarado De SilverioS., 2006 TSPR 16 (prsupreme 2006).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Dolores Colón

Demandantes-Recurridos Certiorari v. 2006 TSPR 16 Glamorous Nails & Boutique, Inc., Marta Larissa Alvarado 166 DPR ____ de Silverio, et. als.

Demandados-Recurrentes

Número del Caso: CC-2004-275

Fecha: 3 de febrero de 2006

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de Bayamón

Juez Ponente: Hon. Nydia Cotto Vives

Abogado de la Parte Recurrente:

Lcdo. Ramón L. WalKer Merino

Abogado de la Parte Recurrida:

Lcdo. Rafael Román Jiménez

Materia: Incumplimiento de Contrato

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Demandantes-Recurridos

v. CC-2004-275 CERTIORARI Glamorous Nails & Boutique, Inc., Marta Larissa Alvarado de Silverio, et. als.

Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada SEÑORA FIOL MATTA

San Juan, Puerto Rico, a 3 de febrero de 2006.

La co-demandada recurrente, Marta Larissa Alvarado

de Silverio, nos solicita que revoquemos la sentencia del Tribunal de Apelaciones fechada 30 de enero de

2004, que confirmó al Tribunal de Primera Instancia, respecto a la existencia de daños bajo la doctrina

culpa in contrahendo. Examinado el expediente apelativo y el derecho aplicable y por las razones que habremos

de exponer, modificamos la sentencia recurrida y así modificada, se confirma.

I.

Los hechos medulares del presente recurso se

resumen a continuación. En el mes de enero de 2000, la

Sra. Marta Larissa Alvarado, Presidenta de CC-2004-275 2 1 Glamorous Nails & Boutique, Inc., se comunicó 2 telefónicamente con la Sra. Dolores Colón para informarle

que tenía planificado vender su negocio de arreglo de uñas

y le preguntó si le interesaba comprarlo. En esta misma

conversación telefónica la señora Alvarado le comunicó a

la señora Colón que el precio de compraventa era de

$350,000. La señora Colón manifestó interés en adquirir el

negocio y se comprometió a consultarlo con su esposo, el

Sr. Fidencio Aldamuy. Posteriormente, la señora Colón se

comunicó con la señora Alvarado para reiterarle su interés

en comprar el negocio y solicitó una reunión a los fines

de comenzar el proceso de negociación.

Así las cosas, en o alrededor del mes de marzo de

2000, la señora Alvarado nuevamente le ofreció a la señora

Colón venderle todos los activos de Glamorous Nails &

Boutique, Inc. por el precio de $350,000.00. Se reunieron

entonces para discutir la oferta. El Sr. Rafael Silverio,

esposo de la señora Alvarado participó en esa reunión.

Entre otras cosas, la señora Colón indagó sobre la

disposición de los esposos a financiar parte del precio de

compraventa.

Para el mes de febrero o marzo de 2000, la señora

Colón contrató a la Contadora Pública Autorizada

(“C.P.A.”) Carmen Román para que la orientara en cuanto a

la conveniencia de realizar el negocio y los planes para

materializar el mismo. La C.P.A. Román le indicó a la

1 Glamorous Nails & Boutique, Inc., es una corporación creada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en la cual se proveen servicios para el cuidado de uñas. 2 La señora Colón fue cliente de Glamorous Nails & Boutique, Inc. por espacio de 15 años y conocía a la Sra. Marta Larissa Alvarado desde entonces. CC-2004-275 3

señora Colón que para ello necesitaba cierta información,

a saber: el volumen de ventas del negocio, los seguros que

poseía y los gastos. La señora Colón solicitó la

información y la señora Alvarado le entregó el libro de

apuntes relacionados con las ventas diarias del negocio,

que incluía, además de las ventas diarias, el resumen

mensual y anual de esas ventas y el pago a las empleadas y

técnicas de Glamorous Nails & Boutique, Inc. La señora

Colón retuvo el libro por varios días antes de

devolvérselo a la persona encargada de entrar la

información en el libro, la Sra. Carmen Muñoz de 3 Alvarado. En el mes de marzo de 2000 se reunieron la señora

Colón, el señor Silverio, la señora Alvarado y la C.P.A.

Román. En esa reunión se discutió el precio de

compraventa, el número de empleados del negocio, el canon

de arrendamiento, el pietaje del negocio, el nombre del

agente de seguros y las razones para la venta.Después de

la reunión, la C.P.A. Román preparó unas proyecciones de

flujo de efectivo del negocio desde el 2001 al 2010 y un

“Schedule of operation & cash flow” desde el año 1996 al

1999. Estos documentos se prepararon a base de la

información contenida en el libro de ventas diarias del

negocio, así como información provista por la señora

Alvarado y la Sra. Carmen Muñoz de Alvarado.

La señora Colón llevó a cabo otras gestiones, entre

ellas las siguientes: solicitó información sobre el

financiamiento en Eurobank, pero no llenó la solicitud

3 La señora Muñoz de Alvarado es la madre de la Sra. Marta Larissa Alvarado y una de las accionistas de Glamorous Nails & Boutique, Inc. CC-2004-275 4

requerida; obtuvo información del “Small Business

Administration”; acudió al Sr. Rafael Rivera de la

compañía Consultech, para asesorarse sobre el

financiamiento de la transacción y contrató los servicios

del Lcdo. Rafael Román Jiménez a los fines de crear una 4 corporación. A finales del mes de mayo o principios del mes de

junio de 2000, la señora Colón se reunió con la señora

Alvarado. Esta fue la última reunión que se realizó

durante el proceso de negociación y sólo asistieron la

señora Colón y la señora Alvarado. En esta reunión, la

señora Colón le solicitó a la señora Alvarado más

información sobre el negocio, específicamente con relación

a las empleadas, el inventario y las deudas. También le

informó a la señora Alvarado que iba a solicitar un

préstamo a la “Small Business Administration”.5

Ahora bien, las partes no acordaron la forma de pago

del precio de compraventa ni se hizo pago alguno por ese

concepto. La señora Alvarado alega que por esa razón

entendió que el negocio no era seguro y una semana después

de la reunión, le comunicó a la señora Colón que se había

arrepentido de vender Glamorous Nails & Boutique, Inc.

Surge de la transcripción de la prueba que la señora

Alvarado reconoció que la señora Colón aceptó su oferta de

venta y que ella (la vendedora) le dijo “está bien, no hay

4 Los demandantes no presentaron evidencia, durante la vista en su fondo, de que se hubiera organizado una corporación para adquirir los activos de Glamorous Nails & Boutique, Inc. 5 Del expediente apelativo surge que los demandantes nunca sometieron los documentos a Eurobank ni a la “Small Business Administration” para solicitar el financiamiento para la compraventa. CC-2004-275 5

problema”, aunque dicha expresión en su fuero interno “no

significó nada para mi”. En su sentencia, el Tribunal de

Primera Instancia recoge este incidente en su

determinación de hechos núm. 26. Ante las recriminaciones

de la señora Colón sobre el tiempo y dinero que ella había

invertido durante las negociaciones, la señora Alvarado se

comprometió a reembolsarle los gastos y darle un año

gratis de servicio en Glamorous Nails & Boutique, Inc.

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