Corporación Para La Defensa Del Poseedor De Licencia De Armas De Puerto Rico, Inc. (Codepola) Y Otros v. Acción Social Y Protección Ambiental Inc. (Aspa) Y Otros

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided September 30, 2025·No. TA2025CE00259·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

Certiorari

CORPORACIÓN PARA LA procedente del DEFENSA DEL POSEEDOR Tribunal de DE LICENCIA DE ARMAS Primera Instancia, DE PUERTO RICO, INC. TA2025CE00245 Sala Superior de (CODEPOLA) Y OTROS CONSOLIDADO Guayama Demandantes CON Parte Peticionaria TA2025CE00259 Caso Núm.:

SA2022CV00024

v. CONSOLIDADO CON

SA2022CV00025

ACCIÓN SOCIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL Sobre:

INC. (ASPA) Y OTROS INJUNCTION Demandados (ENTREDICHO Parte Recurrida PROVISIONAL, INJUNCTION

PRELIMINAR Y

PERMANENTE)

Panel integrado por su presidente, la Jueza Grana Martínez, Juez Rodríguez Flores y Jueza Álvarez Esnard1

Rodríguez Flores, juez ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2025.

Mediante el recurso de certiorari TA2025CE000245, comparece la parte demandante, Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas de Puerto Rico, Inc. (CODEPOLA), el Sr. Ariel Torres Meléndez, la Sra. Ixia Lee Castro Santana y la comunidad de bienes compuesta entre ellos; el Sr. Roberto Ramos Colón y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta con su esposa Fulana de Tal, y solicitan que revoquemos la Resolución emitida el 5 de junio de 2025, y notificada el 9 de junio de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Guayama. Mediante el referido dictamen, el TPI denegó la Moción Solicitando Desestimación de Reconvención presentada por estos comparecientes.

1 Debido a que Hon. Félix R. Figueroa Cabán desde el 6 de mayo de 2025 dejó de

ejercer funciones como Juez del Tribunal de Apelaciones, mediante la Orden Administrativa OATA-2025-156 de 19 de agosto de 2025, se designa en sustitución a la Hon. Alicia Álvarez Esnard.

A su vez, en un segundo recurso de certiorari, TA2025CE000259, comparece la parte demandada, Acción Social y Protección Ambiental, Inc., su presidente José. Juan Cora, el Sr. Rafael Díaz Casiano y la Sra. María Meléndez Delannoy cuestionando el mismo dictamen judicial.

Dado que los recursos plantean errores en la misma resolución, ordenamos su consolidación conforme a la Regla 80.1 del Reglamento de este Tribunal de Apelaciones2, y disponemos.

I.

El 30 de enero de 2022, CODEPOLA presentó una demanda de injunction preliminar y permanente al amparo de la Regla 57.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 57.1, en el caso SA2022CV00024, y una demanda por libelo y difamación en el caso SA2022CV000253, contra la Corporación Acción Social y Protección Ambiental, Inc. (ASPA), su presidente, José Juan Cora Collazo (Sr. Cora Collazo), el Sr. Rafael Díaz Casiano (Sr. Díaz Casiano), sus respectivas esposas y la Sociedad Legal de Gananciales, y otros codemandados de nombre desconocido. CODEPOLA expuso que ASPA y sus miembros habían hecho manifestaciones difamatorias en varios medios de comunicación, redes sociales y lugares públicos en contra del proyecto de polígono de tiro que la parte demandante se propone construir en el municipio de Salinas, Puerto Rico. CODEPOLA alegó que estas manifestaciones públicas le han causado daños a su reputación, además de interrumpir la construcción del polígono de tiro. Ante ello, solicitó al TPI que celebrara una vista, le concediera el interdicto preliminar o permanente solicitado y emitiera una orden para que ASPA y demás

2 Regla 80.1 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, según enmendada, In re

Aprob. Enmdas. Reglamento TA, 2025 TSPR 42, a las págs. 106-107, 215 DPR __ (2025). 3 El 22 de abril de 2022, el TPI dictó orden de consolidación de los casos. Véase,

expediente electrónico del caso SA2022CV00024 en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), Entrada núm. 30.

codemandados cesen y desistan de publicar información falsa y difamatoria en contra del polígono de tiro propuesto y de invadir los terrenos privados donde se propone la construcción del proyecto.4 El 21 de abril de 2022, ASPA, el Sr. Cora Collazo y el Sr. Díaz Casiano radicaron de manera conjunta su contestación a la solicitud de injunction preliminar y permanente, junto con una reconvención.5 En su contestación, negaron las alegaciones de la demanda y, como defensas afirmativas, alegaron que los demandantes no son los titulares de la finca en la que se pretende construir el polígono, que el remedio de injuction solicitado realmente constituye una censura previa a sus expresiones como opositores al proyecto; que los demandantes son figuras públicas, que las expresiones no se hicieron con malicia real y que éstas se encuentran protegidas por la doctrina de hipérbole retórica. Arguyeron, además, que el mecanismo de injuction preliminar o permanente no podía utilizarse para privar a un ciudadano de ejercer su derecho a comparecer ante las agencias del Estado a presentar su oposición a proyectos de construcción sin permiso y en violación a normas ambientales, como tampoco se puede utilizar para suspender un procedimiento judicial.

En la reconvención, ASPA, el Sr. Cora Collazo y el Sr. Díaz Casiano (en conjunto, ASPA) adujeron que la finca donde se desarrolla el polígono de tiro está sujeta a ciertas condiciones restrictivas o servidumbres en equidad incompatibles con el proyecto. También alegaron que procedía la paralización del proyecto a tenor con el Artículo 14.1 de la Ley Núm. 161-2009, Ley para la Reforma de Proceso de Permisos de Puerto Rico, 23 LPRA sec. 9024 (Ley Núm. 161-2009), por haberse este iniciado sin contar con los correspondientes permisos. Por ello, solicitaron al tribunal que

4 Íd., Entrada núm.1. 5 Íd., Entrada núm. 25.

desestimara la petición de injunction preliminar y permanente de CODEPOLA y, en su lugar, emitiera el injunction estatuario dispuesto en el Artículo 14.1 de la Ley Núm. 161-2009, supra, y ordenara la paralización de las obras en la finca y también prohibiera cualquier solicitud de reclasificación y recalificación de la zona. Además, pidieron la concesión de daños y gastos del litigio.

El 13 de abril de 2023, ASPA enmendó sus alegaciones mediante una Reconvención para incluir partes indispensables.6 Así, incluyó como reconvenidos a los titulares registrales de la finca donde se propone la construcción del polígono de tiro, Sr. Roberto Ramos Colón (Sr. Ramos Colón), su esposa Rosa Eneida León Diaz (Sra. León Díaz) y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta; así como al presidente de CODEPOLA, Sr. Ariel Torres Meléndez (Sr. Torres Meléndez), su esposa Ixia Lee Castro Santana (Sra. Castro Santana) y a la Comunidad de Bienes compuesta entre ellos. Éstos fueron debidamente emplazados.7 Posteriormente, el 14 de julio de 2023, CODEPOLA presentó Demanda Enmendada, a los fines de incluir como codemandantes al Sr. Torres Meléndez, la Sra. Castro Santana y a la comunidad de bienes compuesta entre ellos.8 Así las cosas, y luego de varios incidentes procesales que son innecesarios pormenorizar, el 7 de mayo de 2024, CODEPOLA, el Sr. Torres Meléndez y la Sra. Castro Santana, presentaron una Moción Solicitando Desestimación de Reconvención. En el escrito, esbozaron una relación de hechos incontrovertidos que, a juicio de los promoventes, justificaban la desestimación de la reconvención al amparo de las Reglas 10.2 y 36 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap.

6 Íd., Entrada núm. 110. 7 Íd., Entradas núms.113-118. 8 Íd., Entrada núm. 159.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Corporación Para La Defensa Del Poseedor De Licencia De Armas De Puerto Rico, Inc. (Codepola) Y Otros v. Acción Social Y Protección Ambiental Inc. (Aspa) Y Otros, (prapp 2025).

Corporación Para La Defensa Del Poseedor De Licencia De Armas De Puerto Rico, Inc. (Codepola) Y Otros v. Acción Social Y Protección Ambiental Inc. (Aspa) Y Otros (Corporación Para La Defensa Del Poseedor De Licencia De Armas De Puerto Rico, Inc. (Codepola) Y Otros v. Acción Social Y Protección Ambiental Inc. (Aspa) Y Otros) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Asociación de Vecinos de Villa Caparra, Inc. v. Iglesia Católica
117 P.R. Dec. 346 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Lluch v. España Service Station
117 P.R. Dec. 729 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Luán Investment Corp. v. Román
125 P.R. Dec. 533 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
Pressure Vessels of Puerto Rico, Inc. v. Empire Gas
137 P.R. Dec. 497 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Torres Capeles v. Rivera Alejandro
143 P.R. Dec. 300 (Supreme Court of Puerto Rico, 1997)
Banco Popular de Puerto Rico v. Municipio de Aguadilla
144 P.R. Dec. 651 (Supreme Court of Puerto Rico, 1997)
Piñero González v. Autoridad de Acueductos y Alcantarillados
146 P.R. Dec. 890 (Supreme Court of Puerto Rico, 1998)
Rivera Durán v. Banco Popular de Puerto Rico
152 P.R. Dec. 140 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Administración de Reglamentos y Permisos v. Rivera Morales
159 P.R. Dec. 429 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Vera Morales v. Bravo
161 P.R. Dec. 308 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Plaza Las Américas, Inc. v. N & H, S.E./Tienda Sedeco
166 P.R. Dec. 631 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Colón Muñoz v. Lotería de Puerto Rico
167 P.R. Dec. 625 (Supreme Court of Puerto Rico, 2006)
Outdoor Media Displays Posters, Inc. v. Billboard One, Inc.
179 P.R. Dec. 391 (Supreme Court of Puerto Rico, 2010)
Díaz Vázquez y otros v. Colón Peña y otros
2024 TSPR 113 (Supreme Court of Puerto Rico, 2024)
In re: Aprobación de enmiendas al Reglamento del Tribunal de Apelaciones
2025 TSPR 42 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)