Rolón Adorno v. Registrador De La Propiedad De Arecibo

Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 8, 2021·No. RG-2020-4·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Grimaldi Rolón Adorno; en representación de la Sucesión de Jorge Santiago Méndez

Recurso Gubernativo

Peticionario

2021 TSPR 80

v.

207 DPR ____

Registrador de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera Hon. Frank Quiñones Vigo

Recurrido

Número del Caso: RG-2020-4

Fecha: 8 de junio de 2021

Abogado de la parte peticionaria:

Lcdo. Ángel L. Padró Marina

Abogado de la parte recurrida:

Lcdo. Frank Quiñones Vigo

Materia: Derecho Registral Inmobiliario - Como parte de su función calificadora, el Registrador de la Propiedad no puede revisar las determinaciones de hechos y de derecho de un tribunal ni requerir documentos complementarios para dilucidar asuntos de derecho comprendidos en un dictamen judicial.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Grimaldi Rolón Adorno; en representación de la Sucesión de Jorge Santiago Méndez RG-2020-0004

Peticionario

v.

Registrador de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera Hon. Frank Quiñones Vigo

Recurrido

Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco.

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de junio de 2021.

Comparece ante nos el Sr. Grimaldi Rolón Adorno (peticionario) en calidad de apoderado de la Sra. Elba Nilsa Serrano Carrión, exesposa del Sr. Jorge Santiago Méndez; y de la Sucesión del señor Santiago Méndez, compuesta por sus hijos, el Sr. José Santiago Serrano, la Sra. Evelyn Santiago Serrano y la Sra. Elizabeth Santiago Serrano. Mediante este Recurso Gubernativo, el peticionario solicita la revocación de la determinación del Registrador de la Propiedad de Arecibo, el Hon. Frank Quiñones Vigo (recurrido), en la que denegó la inscripción de una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia.

El presente recurso nos permite revisitar el tema sobre la función calificadora del Registrador, la cual forma parte del principio registral de legalidad. Específicamente, nos corresponde esbozar las limitaciones adheridas al Registrador para calificar un documento judicial y las instancias en que puede requerir documentos complementarios cuando tiene ante sí un documento de esta naturaleza.

Con ello en mente, pasemos a delinear los hechos que dieron génesis a la controversia de autos.

I.

El Sr. Jorge Santiago Méndez y la Sra. Elba Nilsa Serrano Carrión contrajeron matrimonio el 21 de septiembre de 1968. Posteriormente, adquirieron mediante Escritura de Compraventa un bien inmueble con la descripción siguiente:

URBANA: solar de la urbanización Mirador Vista Azul, ubicado en el Bo. Hato Abajo del término municipal de Arecibo, Puerto Rico el cual contiene una casa residencial construida de hormigón y bloques. Es el solar marcado con el número once (11) del bloque “T” y tiene un área superficial de 312.00 metros cuadrados. En lindes al Norte con solar #10, distancia de 24.00 metros; Sur con solar #12 distancia de 24.00 metros; Este calle #22 distancia de 13.00 metros y Oeste con solar #22 distancia de 13.00 metros. Contiene casa dedicada a vivienda. Afecta a hipoteca por la suma principal de $31,900.00 a favor de HF. Inscrita al folio 75 tomo 1318 de Arecibo, finca #20,652.

El 13 de mayo de 1992, el matrimonio fue disuelto mediante Sentencia de Divorcio. No obstante, no efectuaron la liquidación de la Sociedad Legal de Gananciales. Transcurridos dos (2) años, el Sr. Jorge Santiago Méndez falleció intestado. En consecuencia, el finado dejó una

participación indivisa de un cincuenta porciento (50%) de la propiedad antes descrita. El cincuenta porciento (50%) restante le correspondía a la Sra. Elba Nilsa Serrano Carrión como comunera de dicho inmueble.

Ante ese cuadro fáctico, el peticionario instó una Demanda el 31 de enero de 2011 en la que le solicitó al Tribunal de Primera Instancia que dictara Sentencia Declaratoria y Declaratoria de Herederos sobre la propiedad descrita anteriormente. Asimismo, sostuvo que en una supuesta relación con una dama, el causante engendró dos (2) hijos. Señaló que de estos existir, se desconoce sus nombres, cuándo y dónde nacieron, el nombre de su madre y sus respectivas direcciones. Por consiguiente, requirió al foro sentenciador que los identificara con los nombres Fulano de Tal y Mengano de Tal.

A los fines de disipar la incertidumbre respecto a la sucesión del causante, el peticionario acreditó ante el tribunal de instancia haber “realizado múltiples gestiones entre vecinos, amigos y familiares del finado para identificar y localizar a los alegados herederos” desconocidos. Dichas gestiones resultaron infructuosas. Por lo cual, procedió a requerir el emplazamiento por edicto para que comparecieran en el término correspondiente. Además, solicitó que, de no comparecer, se diera por repudiada su participación del caudal y que se declarara a los tres (3) hijos conocidos del fenecido como únicos y universales herederos.

Luego de celebrar una vista, el foro primario ordenó el emplazamiento por edicto. El mismo fue publicado en el periódico Primera Hora el 4 de marzo de 2011, dirigido a Fulano de Tal y Mengano de Tal. Transcurrido el término para comparecer, sin que lo hicieran, se les anotó la rebeldía.

Así las cosas, mediante Sentencia emitida el 3 de mayo de 2012, el Tribunal de Primera Instancia declaró Con Lugar la Demanda. En la misma, resolvió que los herederos identificados como Fulano de Tal y Mengano de Tal repudiaron sus participaciones por no declarar su intención de aceptar la herencia, luego de ser emplazados mediante edicto. A esos efectos, concluyó que las únicas personas con derecho a la herencia del causante son sus tres (3) hijos conocidos: (1) el Sr. José Santiago Serrano; (2) la Sra. Evelyn Santiago Serrano, y (3) la Sra. Elizabeth Santiago Serrano. Conforme lo anterior, declaró que estos últimos eran acreedores de un cincuenta porciento (50%) de la propiedad. Por último, le ordenó al Registrador de la Propiedad de Arecibo, Sección I, inscribir en los libros a su cargo la participación del cincuenta porciento (50%) de la propiedad correspondiente a favor de los herederos. Cabe mencionar que la Sentencia dictada fue notificada por edictos a Fulano de Tal y Mengano de Tal en el periódico Primera Hora el 12 de mayo de 2012.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Rolón Adorno v. Registrador De La Propiedad De Arecibo, (prsupreme 2021).

Rolón Adorno v. Registrador De La Propiedad De Arecibo (Rolón Adorno v. Registrador De La Propiedad De Arecibo) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Zayas Vázquez v. Registrador de la Propiedad de Guayama
36 P.R. Dec. 785 (Supreme Court of Puerto Rico, 1927)
Correa Álvarez v. Registrador de la Propiedad de Bayamón
67 P.R. Dec. 753 (Supreme Court of Puerto Rico, 1947)
L. Dershowitz & Co. v. El Registrador de la Propiedad de Bayamón
105 P.R. Dec. 267 (Supreme Court of Puerto Rico, 1976)
Mojica Sandoz v. Bayamón Federal Savings & Loan Ass'n
117 P.R. Dec. 110 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Puerto Rico Production Credit Ass'n v. El Registrador de la Propiedad de Ponce II
123 P.R. Dec. 231 (Supreme Court of Puerto Rico, 1989)
U.S.I. Properties, Inc. v. Registrador de la Propiedad
124 P.R. Dec. 448 (Supreme Court of Puerto Rico, 1989)
Figueroa Pesante v. Rocafort
126 P.R. Dec. 209 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
Ríos Román v. Cacho Cacho
130 P.R. Dec. 817 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Pino Development Corp. v. Registradora de la Propiedad
133 P.R. Dec. 373 (Supreme Court of Puerto Rico, 1993)
Western Federal Savings Bank v. Registrador de la Propiedad
139 P.R. Dec. 328 (Supreme Court of Puerto Rico, 1995)
Rodríguez Morales v. Registrador de la Propiedad
142 P.R. Dec. 347 (Supreme Court of Puerto Rico, 1997)
Sosa Hernández v. Borrás Marín
145 P.R. Dec. 859 (Supreme Court of Puerto Rico, 1998)
R & G Premier Bank of Puerto Rico v. Valentín Díaz
158 P.R. Dec. 241 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
Rigores, Inc. v. Rojas Nieves
165 P.R. Dec. 710 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
United Surety & Indemnity Co. v. Marchand Castro
192 P.R. Dec. 187 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)