LSREF2 Island Holdings, Ltd. Inc. v. Ashford R.J.F. Inc.; Y Otros

2019 TSPR 42
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMarch 7, 2019
DocketCC-2017-492
StatusPublished

This text of 2019 TSPR 42 (LSREF2 Island Holdings, Ltd. Inc. v. Ashford R.J.F. Inc.; Y Otros) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
LSREF2 Island Holdings, Ltd. Inc. v. Ashford R.J.F. Inc.; Y Otros, 2019 TSPR 42 (prsupreme 2019).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

LSREF2 Island Holdings, Ltd. Inc.

Peticionaria

v. 2019 TSPR 42

Ashford R.J.F. Inc.; Sucesión 201 DPR ____ de Flavio Enrique Hernández Ramírez compuesta por su esposa Certiorari Mercedes Ramírez; John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos de la Sucesión Flavio Enrique Hernandez Ramírez

Recurridos

Número del Caso: CC-2017-492

Fecha: 7 de marzo de 2019

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de Carolina y Guayama, Panel IX

Abogados de la parte peticionaria:

Lcdo. Roberto Cámara Fuertes Lcdo. Luis G. Parrilla Hernández Lcda. Suleicka Tulier Vázquez

Abogado de la parte recurrida:

Lcdo. Hernán E. Jorge Rosado

Materia: Obligaciones y Contratos; Sucesiones: Acreedor puede ejecutar una acreencia de los bienes del caudal hereditario del deudor, que garantizó una obligación individualmente, aunque algunos de los bienes hayan sido gananciales.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

LSREF2 Island Holdings, Ltd. Certiorari Inc.

v. CC-2017-492

Ashford R.J.F. Inc.; Sucesión de Flavio Enrique Hernández Ramírez compuesta por su esposa Mercedes Ramírez; John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos de la Sucesión Flavio Enrique Hernandez Ramírez

Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco.

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de marzo de 2019.

Este caso nos permite examinar el alcance de la

responsabilidad patrimonial que tienen los bienes de un

deudor ante el incumplimiento de sus obligaciones.

Específicamente, debemos dilucidar si un acreedor puede

ejecutar una acreencia de los bienes del caudal hereditario

de un deudor que -estando casado bajo el régimen de la

Sociedad Legal de Gananciales (SLG)- garantizó una

obligación individualmente, aunque algunos de los bienes a

ejecutarse hayan sido gananciales. Luego de examinar el

asunto detenidamente, contestamos la interrogante en la

afirmativa. CC-2017-492 2

A continuación, exponemos los hechos que dieron génesis

a la controversia de autos.

I

Ashford R.J.F. Inc. (Ashford) suscribió un Contrato de

Préstamo (Loan Agreement) con FirstBank.1 Flavio Enrique

Hernández Ramírez (señor Hernández Ramírez o causante)

garantizó personal y solidariamente dicho préstamo mediante

la firma de una Garantía Continua (Continuing Guaranty).2

Ante su incumplimiento, FirstBank demandó a Ashford y al

señor Hernández Ramírez en Cobro de Dinero y Ejecución de

Hipoteca. El 7 de agosto de 2012, el foro primario notificó

una Sentencia en la que declaró Con Lugar la Demanda. En la

Sentencia, cuya validez y vigencia es incontrovertida, se

determinó que Ashford y el señor Hernández Ramírez pactaron

que responderían solidariamente de cualquier deficiencia si

el producto de la venta de las propiedades hipotecadas era

insuficiente para satisfacer la deuda, la cual ascendía a

más de seiscientos cincuenta mil dólares ($650,000.00).

Luego de emitida la Sentencia, el Tribunal de Primera

Instancia autorizó dos (2) sustituciones de parte. La primera

se debió a que LSREF2 Island Holdings, Ltd. Inc. (“Island

Holdings”) adquirió todo el interés que FirstBank tenía en

el préstamo en controversia. La segunda sustitución se

efectuó a raíz del fallecimiento del señor Hernández Ramírez.

Este fue sustituido por su Sucesión. Con motivo de la

1 Petición de Certiorari, Apéndice, págs. 50-63.

2 Íd., págs. 86-87. CC-2017-492 3

sustitución, la Sra. Mercedes Ramírez Rodríguez, viuda del

señor Hernández Ramírez, fue emplazada por sí y como miembro

de la aludida Sucesión. Los demás herederos, Flavio Enrique,

Mercedes Ramona, María Elena, Laura, Erasmo y Fernando, todos

hijos del causante y de apellidos Hernández Ramírez (en unión

a Ashford y a la señora Ramírez Rodríguez, “los recurridos”),

se sometieron a la jurisdicción del Tribunal de Primera

Instancia mediante un escrito en el que solicitaron término

para deliberar si aceptaban la herencia a beneficio de

inventario, conforme al Artículo 964 del Código Civil de

Puerto Rico, 31 LPRA sec. 2801.3

Así las cosas y luego de que se ejecutaran los bienes

hipotecados, el foro primario emitió una Orden de Ejecución

de Sentencia Suplementaria Enmendada. Mediante dicho

dictamen se ordenó el embargo e incautación de cualquier

mueble o inmueble perteneciente a los recurridos; así como

los fondos que obraran en cualquier cuenta de banco,

cooperativa o institución financiera; y las sumas de dinero,

valores, instrumentos negociables o cuentas por cobrar que

estuvieran bajo la custodia de terceros, incluyendo salarios

hasta un máximo de veinticinco por ciento (25%). También

ordenó a los recurridos abstenerse de enajenar, vender o

transferir cualquier bien o activo hasta que la peticionaria

cobrase lo adeudado.

3 El 4 de abril de 2016, los hijos del causante presentaron un escrito ante el foro primario en que aceptaron la herencia a beneficio de inventario y sometieron un Informe de Activos y Pasivos del Caudal Hereditario. Íd., págs. 205-210. CC-2017-492 4

Así las cosas, la señora Ramírez Rodríguez solicitó la

nulidad de la Ejecución de Sentencia. Planteó que, si bien

fue emplazada, desconocía bajo qué precepto legal podía

ejecutarse la Sentencia contra ella de la manera en que se

pretendía hacer. Adujo que ni ella ni la SLG que formó con

el señor Hernández Ramírez fueron parte del préstamo objeto

de este caso. Además, expresó que los bienes del caudal

postganancial indiviso estaban confundidos con los bienes de

la herencia del causante. A raíz de lo anterior, el Tribunal

de Primera Instancia invalidó la Orden de Ejecución de

Sentencia Suplementaria respecto a la viuda y paralizó el

trámite de ejecución por sesenta (60) días para que la viuda

informara al Tribunal sobre los bienes de la herencia del

causante que estaban confundidos con su patrimonio indiviso.

Posteriormente, los demás herederos del señor Hernández

Ramírez solicitaron la nulidad de la Sentencia y de la Orden

de Ejecución de Sentencia Suplementaria en cuanto a la SLG

constituida por el señor Hernández Ramírez y su viuda.

Cimentaron su postura en que el caudal hereditario del

causante estaba compuesto por bienes adquiridos durante su

matrimonio con la señora Ramírez Rodríguez con dinero y

bienes gananciales. De esa forma, plantearon que la Sentencia

objeto de este pleito no podía ser satisfecha con bienes de

la SLG ni del caudal hereditario, ya que la SLG habida entre

el señor Hernández Ramírez y la señora Ramírez Rodríguez

nunca fue emplazada. Island Holdings se opuso a lo solicitado

por los herederos. Primero, aclaró que la Orden de Embargo CC-2017-492 5

en controversia no aplicaba a los bienes de la señora Ramírez

Rodríguez, quien nunca se obligó en el Contrato de Préstamo

objeto de este caso. Segundo, sostuvo que era improcedente

dilatar el proceso de Ejecución de Sentencia amparándose en

la existencia de una SLG que dejó de existir al fallecer el

señor Hernández Ramírez.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Pueblo v. Quilichini
7 P.R. Dec. 125 (Supreme Court of Puerto Rico, 1904)
Ex parte Cautiño Insúa
51 P.R. Dec. 475 (Supreme Court of Puerto Rico, 1937)
Arroyo Rodríguez v. González
68 P.R. Dec. 514 (Supreme Court of Puerto Rico, 1948)
Ruiz Valentín v. Ruiz Valentín
74 P.R. Dec. 347 (Supreme Court of Puerto Rico, 1953)
Robles Menéndez v. Tribunal Superior de Puerto Rico
85 P.R. Dec. 665 (Supreme Court of Puerto Rico, 1962)
Campos del Toro v. American Transit Corp.
113 P.R. Dec. 337 (Supreme Court of Puerto Rico, 1982)
Calvo Mangas v. Aragonés Jiménez
115 P.R. Dec. 219 (Supreme Court of Puerto Rico, 1984)
WRC Properties, Inc. v. Santana
116 P.R. Dec. 127 (Supreme Court of Puerto Rico, 1985)
Ex parte Feliciano Suárez
117 P.R. Dec. 402 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Méndez v. Ruiz Rivera
124 P.R. Dec. 579 (Supreme Court of Puerto Rico, 1989)
Lequerique v. Talavera Crespo
132 P.R. Dec. 297 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
González Campos v. González Mezerene
139 P.R. Dec. 228 (Supreme Court of Puerto Rico, 1995)
Metropolitan Marble Corp. v. Pichardo Vicioso
145 P.R. Dec. 607 (Supreme Court of Puerto Rico, 1998)
Sucesión Álvarez Crespo v. Pierluisi
150 P.R. Dec. 252 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Montalván Ruiz v. Rodríguez Navarro
161 P.R. Dec. 411 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Torres Torres v. Torres Serrano
179 P.R. Dec. 481 (Supreme Court of Puerto Rico, 2010)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2019 TSPR 42, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/lsref2-island-holdings-ltd-inc-v-ashford-rjf-inc-y-otros-prsupreme-2019.