Lopez De Modestti, Maritza v. Bayamon Medical Center

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 20, 2025
DocketKLAN202400089
StatusPublished

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Lopez De Modestti, Maritza v. Bayamon Medical Center, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

MARITZA LÓPEZ DE Apelación MODESTTI; ÁNGEL F. Procedente del MODESTTI LÓPEZ; Tribunal de Primera NATHALIE MODESTTI Instancia, Sala LÓPEZ Y LA SUCESIÓN Superior de DE ÁNGEL F. MODESTTI- Bayamón TORRES

Apelados KLAN202400089 Sobre: Daños y Perjuicios; Impericia v. Médicas

BAYAMÓN MEDICAL Caso Núm.: CENTER H/N/C BY2020CV01474 HOSPITAL HERMANOS (402) MELÉNDEZ, et als.

Apelante

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, el Juez Salgado Schwarz y el Juez Ronda Del Toro.

Rodríguez Casillas, juez ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de mayo de 2025.

Comparece ante nos el Dr. Ariel E. Bermúdez Vera (en

adelante: “Dr. Bermúdez Vera” o “apelante”) mediante el presente

recurso de apelación y nos solicita que revoquemos la Sentencia

dictada el 17 de noviembre de 2023, por el Tribunal de Primera

Instancia, Sala Superior de Bayamón (en adelante: “TPI”).1 Allí se

declaró Ha Lugar una acción civil en daños y perjuicios por impericia

médica instada en contra del apelante.

Considerados los escritos de las partes, la transcripción de la

prueba oral, la evidencia documental, testimonial y pericial admitida

en el juicio en su fondo, resolvemos revocar la Sentencia apelada

por los siguientes fundamentos.

1 Notificada el 27 de noviembre de 2023.

Número Identificador SEN2025 ________ KLAN202400089 2

-I-

La causa de acción en el presente caso surge el 12 de mayo

de 2019 como resultado del fallecimiento del Sr. Ángel Filipo

Modestti Torres -Q.D.P.- (en adelante: “señor Modestti Torres” o

“paciente”). Obra del expediente que el señor Modestti Torres era un

paciente de 65 años, con una condición de salud muy comprometida

debido a una serie de enfermedades crónicas. En resumen, sufría

de diabetes tipo II en estadio final de enfermedad renal crónica

(ESRD),2 por lo cual recibía tratamiento de hemodiálisis a través de

una fístula arterio-venosa, tres veces en semana por más de un año

antes de su fallecimiento.

Además, el señor Modestti Torres tenía una condición

cardiovascular severa (operado de corazón abierto con la creación

de tres puentes aorto-coronarios y complicación de cardiomiopatía),

hipertensión, asma, periferovascular (mala circulación), úlceras

necróticas, entre otras condiciones. 3 Precisamente, es el

padecimiento de úlceras en las extremidades inferiores que origina

los hechos que se relatan a continuación.

A.

Antes de la hospitalización del 12 de marzo de 2019, el

señor Modestti Torres fue admitido en el Bayamón Medical Center

(en adelante: “Hospital” o “BMC”) el 13 de febrero de 2019 con un

diagnóstico de —úlcera en el dedo 3ro del pie derecho y necrosis

del dedo 4to—. En las áreas ulcerosas, el cultivo realizado mostró

2 End -stage renal disease. 3 Véanse, Determinaciones de Hechos de la Sentencia apelada, págs. 114 – 116 del

Apéndice del recurso de apelación; Informe Pericial del Dr. Pablo Rodríguez Ortíz (Parte Co-Ddo./apelante Dr. Bermúdez Vera), págs. 1-2 de la Entrada Núm. 125 de SUMAC, págs. 1-2 de 12; Informe Pericial del Dr. Gilberto Rodríguez Morales (Parte Co-Ddo. Hospital Bayamón Medical Center), págs. 1-2 de la Entrada Núm. 129 de SUMAC, págs. 1-2 de 4; e Informe Pericial del Dr. Danniel S. Timmerman (Parte Dte./apelados), pág. 8 de la Entrada Núm. 123 de SUMAC, pág. 8 de 10. KLAN202400089 3

la presencia de dos tipos de bacterias (Morganella Morganii) 4 y

(Estafilococos áureos).5

Ante ese resultado, se le realizó una evaluación con

ultrasonido (dúplex) de las arterias de ambas piernas. La evaluación

demostró que padecía de arterioesclerótica difusa con estenosis de

la arteria superficial femoral de la pierna derecha.

También, se realizó una placa de pecho que demostró

efusiones pleurales bilaterales grandes (acumulación excesiva de

líquido), sugestivas de fallo cardiaco congestivo.

Al día siguiente, 14 de febrero de 2019, se le realizó al

paciente un estudio de arteriograma que demostró que padecía de

una estrechez de 50% de la arteria poplítea, con 90% de estenosis

(estrechez) de la arteria tibial anterior derecha. De igual modo, el

estudio reportó que todas las arterias distales que van a los pies

estaban sumamente calcificadas. Como parte del tratamiento, se

recomendó endovascular de ambas piernas.

El 16 de febrero de 2019 al paciente se le hizo un

ecocardiograma que demostró una función ventricular izquierda de

su corazón severamente afectada con apenas una fracción de

eyección de un 25 – 30%. Tanto el nefrólogo como el cardiólogo

estuvieron de acuerdo con que se realizara la angioplastia

(procedimiento para mejorar el flujo sanguíneo) en las arterias de

las piernas de forma ambulatoria en el Hospital del Auxilio Mutuo,

por lo que ya había obtenido una cita. Ambos especialistas

entendían que la enfermedad era bien severa, tanto la disfunción

(mal funcionamiento) ventricular del corazón como la enfermedad

perifero-vascular (trastorno de circulación sanguínea) en las

piernas.

4 Resistentes a la mayoría de los antibióticos. Informe Pericial del Dr. Gilberto Rodríguez Morales, pág. 2 de la Entrada Núm. 129 de SUMAC, pág. 2 de 4. 5 Resistente a meticilina. Ídem. KLAN202400089 4

El paciente fue estabilizado y dado de alta el 21 de febrero de

2019 del hospital. En esa ocasión, el demandado/apelante, Dr.

Bermúdez Vera no intervino.6

B.

El 12 de marzo de 2019, —a poco más de tres semanas de

haber sido dado de alta del Hospital— el señor Modestti Torres

volvió ingresar a la Sala de Emergencias del BMC. En esta

ocasión, la hospitalización ocurrió a petición del radiólogo

intervencional, Dr. Salvador Mercado Oliveras, luego de que en el

Hospital Auxilio Mutuo (en adelante: “HAM”) intentara —sin existo—

revascularizar (angioplastia) la circulación del flujo sanguíneo de las

piernas del paciente. Por lo cual, fue hospitalizado bajo el mismo

diagnóstico de —celulitis en el dedo 3ro del pie derecho y necrosis

del dedo 4to— por falta de circulación sanguínea en las piernas.7

El internista y médico primario Dr. Jesús Amparo Flores

(en adelante: “Dr. Amparo Flores” o “internista y médico primario”)

realizó la admisión del paciente Modestti Torres bajo su

supervisión. Luego de evaluarlo y consultar con subespecialistas

(infectólogo, cardiólogo, nefrólogo y gastroenterólogo) procedió a

recetarle antibióticos, medicamentos para la presión, la diabetes,

antiplaquetarios y antiácidos.

De igual modo, durante la hospitalización del paciente, estuvo

bajo el cuidado de su médico primario y nefrólogo, el Dr. Eddie

Rodríguez Castro (en adelante: “Dr. Rodríguez Castro” o “médico

primario y/o nefrólogo”).

6 Para el tratamiento recibido por el señor Modestti Torres en las fechas del 13

al 21 de febrero de 2019, véanse, el Informe Pericial del Dr. Daniel S. Timmerman, pág, 3 de la Entrada Núm. 123 de SUMAC, pág. 3 de 10; el Informe Pericial del Dr. Pablo Rodríguez Ortíz, pág. 1 de la Entrada Núm. 125 de SUMAC, pág. 1 de 12; y el Informe Pericial del Dr. Gilberto Rodríguez Morales, págs. 1–2 de la Entrada Núm. 129 de SUMAC, págs. 1-2 de 4. 7 Véanse, el Informe Pericial del Dr. Daniel S. Timmerman, pág, 3 de la Entrada

Núm. 123 de SUMAC, pág. 3 de 10; el Informe Pericial del Dr. Pablo Rodríguez Ortíz, pág. 1 de la Entrada Núm. 125 de SUMAC, pág.

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