Johnson & Johnson International Inc. v. Municipio de San Juan

172 P.R. 840
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 19, 2007·No. Número: CC-2006-2008·Published

Opinion

El Juez Asociado Señor Rebollo López

emitió la opinión del Tribunal.

Johnson & Johnson International, Inc. (J&J) suscribió un contrato con el Municipio de San Juan (Municipio) so-bre el arrendamiento de un equipo médico para realizar ciertas pruebas químicas que se llevarían a cabo en el Hospital Municipal de San Juan. En el contrato se pactó, ade-más, que J&J supliría los reactivos químicos necesarios para realizar hasta un máximo de 600,000 pruebas al año con ese equipo. El canon de arrendamiento de la maquina-ria era de $15,000 mensuales. Por último, el contrato dis-puso que, de comprarse pruebas adicionales, éstas serían a [844] razón de treinta y tres centavos la prueba y debían adqui-rirse mediante órdenes separadas.

Posteriormente, J&J le envió una factura al Municipio por $132,716.10, correspondiente a las pruebas que el Hospital Municipal de San Juan llevó a cabo en exceso de las 600,000 incluidas en el contrato. Ante la falta de pago del Municipio, el 3 de enero de 2001, J&J presentó una de-manda para el cobro del dinero y por incumplimiento de contrato en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. En la demanda alegó que entre julio de 1998 a junio de 1999 el Hospital llevó a cabo 402,170 prue-bas en exceso de las seiscientas mil que incluía el contrato, a treinta y tres centavos cada una, lo cual asciende a la cantidad de $132,716.10. Señaló, además, que el Municipio le adeudaba el canon de $15,000 correspondiente a enero de 1996 y $3,988.24 por artículos necesarios para el uso y mantenimiento del equipo arrendado.

En su contestación a la demanda, el Municipio admitió que existía la cláusula en el contrato sobre el pago de las pruebas realizadas en exceso de 600,000, mas sin embargo, negó adeudar la cantidad reclamada por J&J. Indicó que las actuaciones no autorizadas de funcionarios municipa-les no obligan al Municipio y que cualquier transacción entre el Municipio y J&J no tiene fuerza vinculante en ausencia de un contrato por escrito.

J&J presentó una moción para solicitar que se dictase una sentencia sumaria. En la moción alegó que no existía controversia sobre el hecho de que se cobrarían treinta y tres centavos por cada prueba adicional realizada y que el Municipio así lo había admitido en su contestación a la demanda. Argumentó que el Municipio, mediante carta, re-conoció la validez de la deuda en tanto justificó el exceso de reactivos ordenados. En cuanto al canon de $15,000 alega-damente adeudado y a los $3,988.24 de materiales, adujo que según el contrato y la prueba documental provista, era evidente que el Municipio también adeudaba las cantida-des referidas.

[845] El Municipio se opuso a la solicitud de la sentencia su-maria de J&J y, por su parte, presentó una moción de sen-tencia sumaria, en la cual solicitó la desestimación de las causas de acción en su contra. En la moción el Municipio adujo que: nunca se realizaron las órdenes de compra por separado para las pruebas en exceso de 600,000 pruebas dispuestas en el contrato; no se suscribió un contrato por separado ni se enmendó el contrato vigente para realizar las pruebas en exceso y, por ende, no se cumplieron con los requisitos de contratación aplicables según la Ley de Mu-nicipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991 (Ley de Municipios Autónomos) y su jurispru-dencia interpretativa. Adujo, además, que no existía un partida presupuestaria para cubrir las pruebas en exceso y que éstas no fueron aprobadas por el Alcalde o la Asamblea Municipal.

El 23 de agosto de 2004, notificada el 2 de septiembre del mismo año, el tribunal de instancia emitió una senten-cia sumaria a favor de J&J. En ésta, le ordenó al Municipio que pagara el total de las reclamaciones ascendiente a $151,704.34, más las costas, los intereses y honorarios de abogado.

El 28 de septiembre de 2004, el Municipio solicitó la reconsideración de la sentencia sumaria.

Footnotes

Johnson & Johnson International Inc. v. Municipio de San Juan, 172 P.R. 840 (prsupreme 2007).

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