Figueroa Vda. de Delgado v. Boston Insurance Co.

99 P.R. Dec. 714, 1971 PR Sup. LEXIS 91
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMarch 11, 1971
DocketNúmero: R-68-234
StatusPublished
Cited by31 cases

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Figueroa Vda. de Delgado v. Boston Insurance Co., 99 P.R. Dec. 714, 1971 PR Sup. LEXIS 91 (prsupreme 1971).

Opinion

El Juez Asociado Señor Ramírez Bages

emitió la opinión del Tribunal.

[718]*718Contrario a lo resuelto por el tribunal de instancia, con-cluimos que bajo las circunstancias de este caso, el dueño de una lancha de motor es responsable por la muerte de un ebanista a quien empleó para ayudarle a cambiar los motores de gasolina de la lancha por motores diesel, muerte que so-brevino al ocurrir una explosión en el lugar a donde el difunto fue, por órdenes del dueño, a taladrar unas perforaciones en los tanques de combustible. Procede, por lo tanto, condenar a los recurridos a pagar los daños sufridos por los recurrentes, según se determina más adelante.

La prueba con respecto a las circunstancias del accidente consistió del testimonio de Wilfredo Beltrán el dueño de la lancha de motor llamada “Contigo” y el de un perito en trabajos en tanques de gasolina. En 4 de febrero de 1966 ocurrió una explosión en uno de los tanques de gasolina de dicha lancha con motivo de lo cual se quemaron Ramón Delgado y Beltrán y se quemaron la lancha “Contigo” y otra más. Delgado murió a consecuencias de las quemaduras. Era ebanista. Beltrán lo empleó para que lo ayudara a “remoldear” la lancha y a montar un motor. Durante los tres días antes del accidente, Beltrán y Delgado trabajaron “poniendo un flange . . . .” en los tanques de gasolina “para hacer una conexión de tubería a los motores diesel que se iban a instalar en la lancha.” Esos flanges son dos “planchue-las” de bronce, una con rosca y otra sin rosca “para cogerlo con una junta donde va enroscado un tubo para de ahí seguir al motor ... y se pone justo para que no se salga el líquido que sea.” Beltrán sabía cómo realizar la operación. Termi-naron de colocar los flanges en la parte de arriba de los tanques. Faltaban los últimos dos en la parte baja de los tanques, a pulgada y media o dos pulgadas del fondo de los tanques. Para hacer esto, por instrucciones de Beltrán, Delgado iba a barrenar unas perforaciones que faltaban. Bel-trán estaba haciendo la misma operación en el tanque de agua cuando ocurrió la explosión. Beltrán vio a Delgado por [719]*719última vez antes de la explosión “preparándose para seguir haciendo ese trabajo.” Dijo que cuando ocurrió la explosión supuso que Delgado estaba taladrando pero en ese momento “no lo estaba mirando taladrando, él podía estar usando una sierra . . . pero yo creo que no”; que presume que habían gases cuando ocurrió la explosión. Al ocurrir la explo-sión Beltrán testificó que “me quedé atontado un rato. Cuando desperté tenía el piso de la lancha encima, entonces pues ya había cogido bastante fuego la lancha, entonces, Ramón Delgado estaba donde mismo estaba trabajando, estaba atontado, y no podía ‘menearme’ y salimos los dos prendidos en candela.” La barrena o taladro eléctrico estaba al lado de Delgado. Este estaba trabajando en la popa de la lancha en el hueco donde estaban situados los tanques de combustibles debajo del piso, los que eran de cinco pies de largo, tres de ancho y catorce pulgadas de alto con capacidad para 150 galones, cada uno. Preguntado Beltrán sobre la causa del accidente dijo que “lo que creo es que Ramón Delgado estaba con el taladro, yo no lo vi, perforando los huecos en el tanque, entonces, pues aparentemente los gases que habían dentro del tanque al barreno calentarse hubo la explosión, entonces, de la ex-plosión vino el fuego, porque es material de ‘fiberglass’, y eso cuando coge fuego, es como el acetileno cuando coge fuego no hay quien lo apague.” No tomó otras precauciones para cerciorarse que no habían vapores de gasolina en el tanque. Dijo que “Lo olía pero no olía a nada” el día antes de la explosión. Beltrán había regalado con anterioridad al accidente el “sniffer” de la lancha, aparato usado para medir la densidad de los vapores de gasolina. No sabía que era una precaución normal mantener los tanques de combustible llenos de agua cuando se trabaja en la lancha para evitar explosiones ni hizo diligencia alguna para enterarse de esto pues unos mecánicos “me vieron trabajando y no me dijeron nada yo seguí para adelante.” El no les preguntó. Beltrán había poseído botes de motor antes y conocía lo que es y el [720]*720uso del taladro por veinte años. Dijo que durante su uso se calienta al rojo vivo lo suficiente para quemar y para prender vapor. Dijo no saber esto cuando el accidente. Repitió que el fuego comenzó en el tanque y siguió caminando “porque el fiberglass [material del tanque] se va rápido.” Testificó que sabía que la gasolina se convierte en gases “pero no sabía que iba a pasar eso” (la explosión); que Delgado no sabía nada de bregar con tanques de gasolina; que en la lancha no había algo que produjera la explosión fuera del tanque de gasolina; que “No puede haber nada más.” Delgado no fumaba. No se cocinaba en la lancha cuando ocurrió la explosión ni había otra persona allí entonces.

Se admitió en evidencia la póliza emitida por la recurrida la cual provee un seguro hasta $300,000 por pérdida de vida, lesiones y daños a la propiedad.

El perito Luis Hernández Bonet testificó que “Cuando se va a reparar un tanque de gasolina lo primero que hay que hacer es trabajar en un sistema de ventilación, que haya ventilación, lo segundo es estar bien seguro que no hayan vapores, o sea, los gases explosivos, hay varias formas de probar esto, bien sea con instrumento, ya sea por el olfato. Para tomar las precauciones debidas lo más impor-tante es lavar el tanque por lo menos dos o tres veces y cuando se va a trabajar en el tanque tenerlo lleno de agua con los ‘plots’ abiertos”; que si no se toman esas precauciones puede ocurrir una explosión en más del 70% de los casos; que uno se percata de los gases por el olfato; que por lo regular los gases se quedan en la parte más baja de la lancha; si no se perciben los gases se puede trabajar “siempre y cuando se tomen las precauciones”; que no “todo hijo de vecino” sabe que esas precauciones hay que tomarlas.

El juez de instancia, al desestimar la demanda, concluyó que:

(1) “No hubo prueba sobre cuál fue la causa de la explosión, salvo conjeturas y suposiciones. Tampoco hubo prueba sobre los [721]*721actos que estaba realizando el difunto cuando ocurrió la explo-sión en el cuarto de los tanques de gasolina. La última vez que se vio al difunto fue en la cubierta de la lancha cinco minutos antes de la explosión.
(2) “El asegurado y el difunto tomaron las medidas de se-guridad que una persona prudente y ordinaria hubiera tomado en similares circunstancias.
(3) “No hay hechos probados ... de los cuales podamos inferir la presunción de que la explosión y el fuego fueron causados por actos o instrumentalidades por las cuales el ase-gurado es responsable; que no se puede inferir que cuando ocurrió la explosión el difunto estaba taladrando uno de los tanques y que el taladro se calentó o produjo una chispa y por ello se prendieron los gases en los tanques que ocasionaron la explosión; que no es aplicable la doctrina de res ipsa loquitur pues el accidente ocurrió en un sitio no bajo el exclusivo control del asegurado.”

Apuntan los recurrentes, en síntesis, que el tribunal de instancia incidió en la apreciación de la prueba, al concluir que Beltrán no fue negligente.

A los fines de resolver debemos determinar, de ser posible, primero, dónde se originó la explosión y cuál fue su causa; segundo, si el dueño de la lancha fue negligente en este caso y si esa negligencia fue la causa próxima del accidente; y tercero, si el difunto fue negligente y en qué grado.

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