El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Arriaga, Carol D

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJuly 14, 2025
DocketKLAN202200360
StatusPublished

This text of El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Arriaga, Carol D (El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Arriaga, Carol D) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Arriaga, Carol D, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

Apelación PUEBLO DE PUERTO procedente del RICO Tribunal de Primera Instancia, Sala de Parte Apelada KLAN202200360 Bayamón

v. Criminal núm.: D VI2019G0025 CAROL D. SANTIAGO (704) ARRIAGA Sobre: Parte Apelante APELACIÓN Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, la Juez Lebrón Nieves y la Jueza Díaz Rivera.

Díaz Rivera, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de julio de 2025.

La apelante, la Sra. Carol D. Santiago Arraiga (Carol o Sra.

Santiago) solicita que revoquemos la Sentencia emitida por el

Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, el 13 de

abril de 2022. Mediante dicho dictamen se declaró a la apelante

culpable y convicta de infringir el Artículo 93(b) del Código Penal de

Puerto Rico, infra, y no culpable de infringir el Artículo 5.05 de la

Ley de Armas de Puerto Rico de 2000, infra. Por los fundamentos

que expondremos a continuación, confirmamos la Sentencia

apelada.

I.

Surge del expediente que por hechos ocurridos el 26 de mayo

de 2019, el Ministerio Público presentó dos (2) acusaciones en

contra de la Sra. Santiago por violaciones al Artículo 93(b) del Código

Penal de Puerto Rico de 2012, 33 LPRA sec. 5142 y al Artículo 5.05

de la Ley de Armas de Puerto Rico de 2000, 25 LPRA sec. 458d

(derogada). En síntesis, se acusó a la apelante de asesinato en

primer grado en la modalidad de asesinato estatuario al cometerse

Número Identificador SEN2025________________ KLAN202200360 2

el delito de agresión grave, que tuvo como consecuencia la muerte

de Carlos Emil Ramos Díaz (Sr. Ramos o Merengue).

El juicio se celebró en varias fechas, comenzando desde el 20

al 23 de septiembre de 2021 y continuando desde el 5, 8 y 10 de

noviembre de 2021, y luego el 13 de abril de 2022. Los testigos del

Ministerio Público fueron: Agente Julio César Vázquez López, Agente

Jesús Padilla Caballero, Omar Gadiel Rodríguez Ramos, Delis M

Garay Benítez, Ángel Luis Silva Sánchez y el Dr. Carlos Fernando

Chávez Arias. Mientras que los testigos de la defensa fueron: Adam

Torres Bosque y la Dra. Yocasta Brugal Mena.

A continuación, resumiremos los aspectos relevantes de los

testimonios de estos testigos.

AGENTE JULIO CÉSAR VÁZQUEZ LÓPEZ

Declaró que está adscrito a la División de Servicios Técnicos

del Centro de Investigaciones Criminales (CIC) de Vega Baja.1 El 26

de mayo de 2019 atendió una escena de agresión grave ocurrido en

horas de la noche.2 Tomó fotos generales, incluyendo una camisa e

identificó piezas de evidencia pertinentes al caso. A su vez, levantó

sangre con un hisopo para ser analizada y comparada con una

persona relacionada al caso.3 A preguntas de la defensa, indicó que

este caso se atendió como una agresión grave.4 También, estableció

que no hay fotos del botellón de vino Capriccio por el que se inició el

altercado.5

AGENTE JESÚS PADILLA CABALLERO

Declaró que reside en Estados Unidos desde julio de 2021,

pero para la fecha de los hechos trabajaba como policía municipal

en Cataño.6 El 26 de mayo de 2019 se dirigió al Centro de Seguridad

1 Transcripción de la Prueba Oral (TPO), pág. 6, líneas 1-2 2 TPO, pág. 9, líneas 3-6. 3 Véase, TPO, pág. 10. 4 TPO, pág. 9, líneas 30-31. 5 TPO, pág. 27, líneas 3-11. 6 TPO, pág. 35, líneas 4-6. KLAN202200360 3

Pública del municipio para llevarle un radio a un compañero. Al salir

escuchó una persona gritar "¡policía, policía! mataron a una

persona”.7 Ante ello, este fue a la escena en donde le mostraron la

persona postrada en el piso. Allí, le dijeron que dos personas (varón

y mujer) le cayeron encima al caballero y salieron corriendo.8 Este

activó el sistema de emergencia e informó que había una persona

herida frente a la escuela José A Jiménez. La persona que se le

acercó le indicó que podía identificar a los atacantes y lo montó en

la patrulla. Cuando llegó al lugar, habló con el dueño de la vivienda

y su esposa, los agresores no estaban en el lugar.9 Este regresó a la

residencia porque no había dejado a nadie custodiando el lugar y

porque entendió que las personas podían regresar.10 La descripción

del agresor fue: varón trigueño, unos 5'9 de estatura, pantalón corto

azul y sin camisa.11 La dama con bastantes labios, volumen en

cachete y pantalla en el rostro.12

A preguntas de la defensa indicó que cuando regresó a la

escena le pasó por el lado a una fémina en bicicleta.13

Posteriormente se percató que había visto la fémina identificada

como agresora.14 En el Informe de Incidente preparado el mismo día

de los hechos se refirió únicamente a un varón y no incluyó la

dama.15 El testigo indicó que el informe de incidente lo preparó la

misma noche de los hechos y plasmó que hubo un solo agresor. No

obstante, a preguntas de la fiscal afirmó que fueron dos personas.16

7 TPO, pág. 36, líneas 27-31. 8 TPO, pág. 38, líneas 22-25. 9 TPO, pág. 41, líneas 14-17. 10 TPO, pág. 43, líneas 4-7. 11 TPO, pág. 44, líneas 6-7. 12 TPO, pág. 44, líneas 7-13. 13 TPO, pág. 49, líneas 7-13. 14 Íd. 15 TPO, pág. 52, líneas 6-31. 16 TPO, págs. 52-53, líneas 27-4. KLAN202200360 4

OMAR GADIEL RODRÍGUEZ RAMOS

El 26 de mayo de 2019, el testigo fue con unos amigos al Truck

Show en Dorado donde estuvieron casi todo el día.17 Luego, se

fueron a su casa. Este estuvo en la piscina junto a su hija y los hijos

de Adam, mientras que Merengue (la víctima) estaba sentado al lado

de la piscina.18 No obstante, Chino y Carol llegaron en bicicleta y se

pararon frente a la residencia.19 Chino cruzó la calle y se sentó

encima de un carro, mientras que Carol se quedó en la acera al lado

de la casa.20 Ella iba con un padrino de sangría, se lo tomó y lo tiró

al piso. Merengue le dijo que lo recogiera y lo tirara en el zafacón.21

Ella le dijo que no recogería nada, que si quería lo recogiera él.22

Ante ello, empezaron a discutir usando malas palabras.23 Ella dijo

que le daría una galleta a Merengue, quien le contestó que estuviese

tranquila que no estaba en su casa.24 Ella fue y le dio la galleta.25

Luego, llegó Chino donde estaban discutiendo Carol y

Merengue.26 El testigo salió de la piscina y le dijo a Chino que estaba

en su casa y este le contestó que estaba en la carretera.27 Ante ello,

el testigo fue a darle cuatro puños a Chino.28 Mientras eso ocurría,

Carol seguía discutiendo con Merengue.29 La esposa e hijos de este

lo aguantaron.30 Chino cruzó para la casa y comenzó a discutir con

Merengue también.31 Siguieron discutiendo y empezaron a darle

golpes en distintas partes del cuerpo de Merengue32

17 TPO, pág. 71, líneas 24-29. 18 TPO, págs. 75-76, líneas 25-4. 19 TPO, pág. 76, líneas 19-25. 20 TPO, pág. 77, líneas 7-12. 21 Íd, líneas 16-20. 22 Íd, línea 22. 23 Íd, línea 26. 24 TPO, pág. 78, líneas 10-16. 25 Íd. 26 TPO, pág. 79, línea 11. 27 Íd, líneas 25-26. 28 Íd, línea 28. 29 TPO, págs. 79-80, línea 31-1. 30 TPO, pág. 80, líneas 19-20. 31 TPO, pág. 81, líneas 1-8. 32 Íd, línea 16. KLAN202200360 5

Ante ello, Merengue se tropezó con el espejo de la guagua y se

cayó.33 Al caerse, Carol y Merengue siguieron dándole golpes en el

piso.34 Ella le daba puños en la cara, mientras que Chino le daba

puños y patadas por el lado izquierdo.35 Luego, Chino fue a la

bicicleta y sacó un objeto punzante.36 Después empezó a darle

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Brady v. Maryland
373 U.S. 83 (Supreme Court, 1963)
Missouri v. Hunter
459 U.S. 359 (Supreme Court, 1983)
Pueblo v. Lebrón
61 P.R. Dec. 657 (Supreme Court of Puerto Rico, 1943)
Pueblo v. Hernández García
102 P.R. Dec. 506 (Supreme Court of Puerto Rico, 1974)
Pueblo v. Figueroa Rosa
112 P.R. Dec. 154 (Supreme Court of Puerto Rico, 1982)
El Pueblo de Puerto Rico v. Cruz Granados
116 P.R. Dec. 3 (Supreme Court of Puerto Rico, 1984)
El Pueblo de Puerto Rico v. Bigio Pastrana
116 P.R. Dec. 748 (Supreme Court of Puerto Rico, 1985)
Pueblo v. Rivera Alicea
125 P.R. Dec. 37 (Supreme Court of Puerto Rico, 1989)
Pueblo v. Echevarría Rodríguez
128 P.R. Dec. 299 (Supreme Court of Puerto Rico, 1991)
Pueblo v. Maisonave Rodríguez
129 P.R. Dec. 49 (Supreme Court of Puerto Rico, 1991)
El Pueblo de Puerto Rico v. Moreno Morales
132 P.R. Dec. 261 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Pueblo v. Rosario Reyes
138 P.R. Dec. 591 (Supreme Court of Puerto Rico, 1995)
Pueblo v. Valdés Sánchez
140 P.R. Dec. 490 (Supreme Court of Puerto Rico, 1996)
Pueblo v. Acevedo Estrada
150 P.R. Dec. 84 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Pueblo v. Irizarry Irizarry
156 P.R. Dec. 780 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
El Pueblo de Puerto Rico v. Arzuaga Rivera
160 P.R. Dec. 520 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Pueblo v. Rodríguez Pagán
182 P.R. Dec. 239 (Supreme Court of Puerto Rico, 2011)
Pueblo v. Vega Martínez
196 P.R. Dec. 431 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
El Pueblo v. García Cartagena y otro
2024 TSPR 59 (Supreme Court of Puerto Rico, 2024)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Arriaga, Carol D, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/el-pueblo-de-puerto-rico-v-santiago-arriaga-carol-d-prapp-2025.