Pueblo v. De Jesús Carrillo; International Fidelity Insurance Company

2009 TSPR 189
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 30, 2009
DocketCC-2008-486
StatusPublished

This text of 2009 TSPR 189 (Pueblo v. De Jesús Carrillo; International Fidelity Insurance Company) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Pueblo v. De Jesús Carrillo; International Fidelity Insurance Company, 2009 TSPR 189 (prsupreme 2009).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico

Recurrido Certiorari

v.

Javier De Jesús Carrillo 2009 TSPR 189

Acusado

International Fidelity 177 DPR ____

Insurance Company

Fiadora-Peticionaria

Número del Caso: CC-2008-486

Fecha: 30 de diciembre de 2009

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de Carolina, Panel XIII

Juez Ponente:

Hon. Luis A. Rosario Villanueva

Abogado de la Parte Peticionaria:

Lcda. Magda Enid Ralat Ballester

Oficina del Procurador General:

Lcda. María T. Caballero García Procuradora General Auxiliar

Materia: Art. 401 SC, Art. 252 CP, Art. 284 CP

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correccione s del proceso de compilación y publicación oficial de las decisio nes del Tribunal. Su istribución electrónica se hace como u n servicio público a la comunidad. ? EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Recurrido

Javier De Jesús Carrillo CC-2008-486 Certiorari

International Fidelity Insurance Company

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 30 de diciembre de 2009.

En esta ocasión nos corresponde resolver si

procede confiscar la fianza prestada a favor de un

acusado cuando éste deja de comparecer y luego se

descubre que la identidad que proveyó a las

autoridades era falsa. Por entender que en las

circunstancias de este caso el error en la identidad

del acusado constituyó un vicio del consentimiento

que invalidó el contrato de fianza, y que la fiadora

descansó razonablemente en la identificación provista

por el Estado, revocamos la sentencia del Tribunal de

Apelaciones que confirmó la confiscación de la

fianza. CC-2008-846 2

I.

En abril de 2007 la Policía de Puerto Rico arrestó a un

individuo por una alegada infracción al Art. 401 de la Ley de

Sustancias Controladas, 24 L.P.R.A. sec. 2401. Tras ser

intervenido por los agentes, éste indicó que su nombre era

Javier De Jesús Carrillo y proveyó una licencia de conducir

del estado de California con su foto y firma. Además,

presentó una tarjeta de identificación del estado de Nevada

con foto y firma y una tarjeta de seguro social con su

nombre, número y firma. Según sus identificaciones y

manifestaciones a los agentes, nació el 26 de octubre de 1970

en Río Grande, Puerto Rico. Asimismo, indicó que residía en

un condominio en el área de Isla Verde y proveyó la dirección

correspondiente.

Con esta información, los agentes de la Policía

presentaron la denuncia y se celebró una vista de causa para

arresto, al amparo de la Regla 6 de Procedimiento Criminal,

34 L.P.R.A. Ap. II. Luego de encontrarse causa probable para

el arresto del individuo por el delito de posesión de

sustancias controladas con intención de distribuir bajo el

Artículo 401 de la Ley de Sustancias Controladas, supra, se

le fijó una fianza de $100,000.

En vista de ello, se le condujo a la Oficina de Servicios

con Antelación al Juicio (O.S.A.J.), donde se verificó su

información personal. Al no poder prestar la fianza, fue

referido a la Oficina de Servicios Técnicos de la Policía, en

donde fue fichado y se le tomaron las correspondientes CC-2008-846 3

fotografías y huellas digitales. Por último, fue llevado a

la Administración de Corrección donde nuevamente fue

fotografiado y se le tomaron las huellas digitales, para ser

posteriormente ingresado al Centro de Detención Correccional

de Bayamón.

Iniciado el proceso criminal en su contra, el imputado

compareció en varias ocasiones al Tribunal de Primera

Instancia en distintas etapas del procedimiento. En mayo de

2007 se celebró la vista preliminar, en la cual se encontró

causa probable para acusarlo por el delito de posesión de una

sustancia controlada con intención de distribuirla. En junio

del mismo año se realizó el acto de lectura de acusación y se

señaló la fecha para el juicio. Pendiente de la celebración

del juicio y aproximadamente tres meses luego de su arresto,

en julio de 2007 el acusado prestó la fianza fijada a través

de International Fidelity Insurance Company (International) y

se ordenó su excarcelación.

Llegado el día señalado para el juicio en agosto de 2007,

el acusado no compareció, por lo que el foro de instancia

emitió una orden de mostrar causa por la cual no se debía

confiscar la fianza. International compareció al tribunal y

solicitó un término para investigar sobre el paradero de De

Jesús Carrillo.

Al realizar la correspondiente investigación, la fiadora

se percató de que el acusado había provisto una identidad

falsa y se desconocía su verdadero nombre y paradero. Cuando

se comunicaron con la madre de Javier De Jesús Carrillo, ésta CC-2008-846 4

le indicó que el hombre que aparecía en las fotos no era su

hijo y que su hijo vivía en Estados Unidos y estaba dispuesto

a venir a Puerto Rico para probarlo y aclarar el asunto sobre

su identidad aparentemente robada.

International también descubrió que las huellas digitales

que se le tomaron al acusado no correspondían con las del

verdadero Javier De Jesús Carrillo. De igual forma, al

acudir al condominio en Isla Verde que el acusado había

provisto como su dirección residencial, el administrador del

edificio les indicó a los investigadores que el acusado era

un extranjero de nacionalidad mexicana que había alquilado un

apartamento allí en diciembre de 2006 para participar de un

evento deportivo que se llevó a cabo en Carolina, pero se

había marchado del lugar.

Así, pues, en la vista celebrada por el foro de instancia

para dilucidar el asunto de la confiscación de la fianza,

International aceptó que no pudo dar con el paradero del

acusado y que presumía que éste se había evadido de la

jurisdicción. No obstante, la fiadora alertó al tribunal que

había descubierto que la información provista por el acusado

era falsa y se trataba de un aparente robo de identidad. Por

ello, International solicitó que se le permitiera presentar

prueba sobre el asunto del aparente fraude de identidad

cometido por el acusado en aras de eximirle del pago de la

fianza. El foro de instancia, sin embargo, no accedió a esta

petición. En su lugar, decretó la confiscación de la fianza

ya que la compañía no había podido presentar al acusado. CC-2008-846 5

Inconforme, International acudió ante el Tribunal de

Apelaciones, el cual confirmó la sentencia dictada por el

foro de instancia y determinó que la fiadora debió ser más

diligente para corroborar la identidad del acusado.

Insatisfecha aún, International presentó el recurso que

nos ocupa y señaló la comisión de varios errores. En

síntesis, alegó que los tribunales a quo erraron al no

exonerarla de la fianza y al no decretar la nulidad del

contrato por razón de vicios del consentimiento, toda vez que

medió un error esencial en la identidad del acusado.

International señaló también que el foro apelativo intermedio

incidió al determinar que ésta no había sido diligente al

identificar al acusado previo a fiarlo y al concluir que no

era suficiente descansar en la información provista en la

denuncia, pues ésta era susceptible de ser enmendada en

cualquier momento. Del mismo modo, adujo que el Tribunal de

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

State v. Turner
893 So. 2d 900 (Louisiana Court of Appeal, 2004)
People v. Escalera
121 P.3d 306 (Colorado Court of Appeals, 2005)
State v. Beck
167 P.3d 788 (Idaho Court of Appeals, 2007)
Pueblo v. del Valle
35 P.R. Dec. 478 (Supreme Court of Puerto Rico, 1926)
Sánchez Álvarez v. González
78 P.R. Dec. 849 (Supreme Court of Puerto Rico, 1955)
Capó Caballero v. Ramos
83 P.R. Dec. 650 (Supreme Court of Puerto Rico, 1961)
Girod Lube v. Ortiz Rolón
94 P.R. Dec. 406 (Supreme Court of Puerto Rico, 1967)
Rosa Valentín v. Vázquez Lozada
103 P.R. Dec. 796 (Supreme Court of Puerto Rico, 1975)
Cooperativa La Sagrada Familia v. Castillo Sánchez
107 P.R. Dec. 405 (Supreme Court of Puerto Rico, 1978)
Pueblo v. Negrón Vázquez
109 P.R. Dec. 265 (Supreme Court of Puerto Rico, 1979)
Professional Underwriters Insurance v. Distribuidora Automotriz, Inc.
121 P.R. Dec. 536 (Supreme Court of Puerto Rico, 1988)
Pueblo v. Félix Avilés
128 P.R. Dec. 468 (Supreme Court of Puerto Rico, 1991)
Pueblo v. Rivera Segarra
139 P.R. Dec. 206 (Supreme Court of Puerto Rico, 1995)
Quiñones López v. Manzano Pozas
141 P.R. Dec. 139 (Supreme Court of Puerto Rico, 1996)
Pueblo v. Rivera Ortega
145 P.R. Dec. 546 (Supreme Court of Puerto Rico, 1998)
Pueblo v. Soto Ortiz
151 P.R. Dec. 619 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Pueblo v. Martínez Hernández
158 P.R. Dec. 388 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Pueblo v. Colón Rodríguez
161 P.R. Dec. 254 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2009 TSPR 189, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/pueblo-v-de-jesus-carrillo-international-fidelity-insurance-company-prsupreme-2009.