Perez Perez, Lizardo v. Ortiz Lopez, Hector Luis

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedNovember 17, 2023
DocketKLAN202200651
StatusPublished

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Perez Perez, Lizardo v. Ortiz Lopez, Hector Luis, (prapp 2023).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

LIZARDO ANTONIO PÉREZ Apelación PÉREZ, su esposa NORMA IRIS procedente del FELICIANO NIEVES y la Tribunal de SOCIEDAD LEGAL DE Primera Instancia GANANCIALES compuesta por Sala de Yauco en ambos Sabana Grande Apelados Caso Núm.: v. YU2021CV00278

HÉCTOR LUIS ORTIZ LÓPEZ, Sobre: su esposa ANA HILDA LÓPEZ KLAN202200651 Deslinde y RIVERA y la SOCIEDAD LEGAL Amojonamiento DE GANANCIALES compuesta y/o Expediente de por ambos; CATHERINE ORTIZ Dominio LÓPEZ; su esposo ANTONIO Contradictorio RODRÍGUEZ LÓPEZ y la SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES compuesta por ambos; ANA VERÓNICA ORTIZ LÓPEZ, su esposo DIMAS PAGÁN RAMOS y la SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES compuesta por ambos; HÉCTOR LUIS ORTIZ LÓPEZ; JOHN DOE y JANE DOE; FULANO DE TAL y FULANA DE TAL Apelantes

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, la Jueza Mateu Meléndez, el Juez Marrero Guerrero y la Jueza Martínez Cordero1.

Martínez Cordero, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de noviembre 2023.

Comparecen Héctor Luis Ortiz López, su esposa Ana Hilda López

Rivera y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos;

Katherine Ortiz López, su esposo Antonio Rodríguez López y la Sociedad

Legal de Gananciales compuesta por ambos; Ana Verónica Ortiz López, su

esposo Dimas Pagán Ramos y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta

por ambos; y Héctor Luis Ortiz López (en conjunto y en adelante, parte

1 Véase, Orden Administrativa OATA-2023-001 del 9 de enero de 2023, en la que se asigna el presente recurso a la Hon. Beatriz M. Martínez Cordero en sustitución del Hon. Nery E. Adames Soto.

Número Identificador SEN2023______________ KLAN202200651 2

apelante), para solicitarnos la revisión de la Sentencia emitida el 24 de

junio de 2022, notificada el 29 de junio de 2022, por el Tribunal de Primera

Instancia, Sala Superior de Yauco (TPI).2 Mediante el dictamen apelado el

TPI concedió el remedio solicitado en la Demanda. Por tanto, determinó

que el dominio de la propiedad en cuestión quedó justificado a favor de la

parte apelada del título, por haberse acreditado su adquisición. El foro

primario concluyó, además, que hubo temeridad por parte de la parte

apelante por lo que impuso honorarios de abogados por este concepto.

Como parte del dictamen emitido, el tribunal a quo ordenó al Registrador

de la Propiedad a que, previa calificación, inscriba el dominio de la

propiedad en cuestión, a favor de los apelados del título.

I

El presente caso tuvo su inicio el 14 de junio de 2021, con la

presentación de una Demanda sobre deslinde y amojonamiento y/o

expediente de dominio, presentada por el señor Lizardo Antonio Pérez, su

esposa Norma Iris Feliciano Nieves y la Sociedad Legal de Gananciales

compuesta por ambos (en adelante, parte apelada).3 En ella, solicitaron al

foro primario que ordenara el establecimiento de las colindancias y el

amojonamiento según los linderos así como que declarara justificado a

favor de esta parte el dominio del predio de terreno,4 en el cual

alegadamente edificaron, además, una estructura,5 y ordenara la

inscripción del mismo en el Registro de la Propiedad. Para ello, como parte

de los procedimientos, demandaron a todos los colindantes de la propiedad

en cuestión.

De lo que sigue, el 16 de agosto de 2021, los codemandados señora

Katherine Ortiz López, su esposo Antonio Rodríguez López y la Sociedad

2 Apéndice de la parte apelante, a las págs. 1-11. 3 Id., a las págs. 32-39. 4 Solar de quinientos (500) metros cuadrados ubicado en el Barrio Sierra Alta de Yauco,

Puerto Rico. Colinda por el NORTE, con Perfecta López; por el SUR, con Ramón López; por el ESTE, con Héctor Luis Ortiz López y por el OESTE, con Evelio Nieves. 5 Casa de concreto que mide treinta y cuatro pies (34’) de largo por treinta y dos pies (32’)

de ancho. Consta de dos (2) cuartos dormitorio, sala, cocina-comedor, baño, balcón y marquesina. KLAN202200651 3

Legal de Gananciales compuesta por ambos presentaron su Contestación

a la Demanda.6 En esa misma fecha, el codemandado, señor Héctor Luis

Ortiz López también presentó Contestación a la Demanda.7 Por su parte,

al día siguiente, entiéndase, el 17 de agosto de 2021, los codemandados

Héctor Luis Ortiz López, su esposa Ana Hilda López Rivera y la Sociedad

Legal de Gananciales compuesta por ambos presentaron Contestación a la

Demanda.8 Por último, el mismo 17 de agosto de 2021, los codemandados

Dimas Pagán Ramos, su esposa Ana V. Ortiz López y la Sociedad Legal de

Gananciales presentaron Contestación a la Demanda.9

Así las cosas, el 21 de julio de 2021, la parte apelada presentó una

Moción de Desistimiento contra los codemandados Alexis Ortiz, su esposa

Maridaly Colón González y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta

por ambos.10 Sobre el particular, el foro primario emitió una Sentencia

Parcial el 2 de agosto de 2021, notificándose la misma el 4 de agosto de

2021.11

Posteriormente, el 14 de marzo de 2022, se llevó a cabo la

Conferencia con Antelación a Juicio (en adelante, CAJ).12 En esta vista, las

partes discutieron varios asuntos relacionados al caso, entre ellos, sus

teorías y la prueba testifical y documental que estarían presentando. En

tal sentido, el foro primario aclaró que se llevaría a cabo el juicio en su

fondo pautado para el 10 y 12 de mayo de 2022, y que, en este, atendería

todas las controversias traídas ante su consideración y dispondría de ellas

en una sola sentencia. Asimismo, les advirtió a las partes que, de alguna

parte actuar de manera temeraria le impondría honorarios de abogados a

partir de $5,000.00.

6 Id., a las págs. 42-45. 7 Id., a las págs. 46-49. 8 Id., a las págs. 50-53. 9 Id., a las págs. 54-58. 10 Id., a las págs. 59-60. 11 Id., a las págs. 61-62. 12 Véase, Entrada 90 al expediente judicial del TPI en el Sistema Unificado de Manejo y

Administración de Casos (SUMAC). KLAN202200651 4

Así pues, el 10 de marzo de 2022, se presentó el Informe de

Conferencia con Antelación a Juicio.13 Posteriormente, el 4 de abril de 2022,

se presentó una Moción Solicitando Enmienda a Informe de Conferencia con

Antelación a Juicio14, la cual el foro primario no autorizó, mediante

Resolución emitida el 16 de abril de 2022, notificada el 20 de abril de

2022.15

Así las cosas, el 11 de mayo de 2022, el señor Héctor Luis Ortiz

López, su esposa Ana Hilda López Rivera y la Sociedad Legal de

Gananciales compuesta por ambos presentaron una Moción Informativa.

En ella expresaron haber diligenciado las citaciones de nueve (9) testigos

para el juicio en su fondo.16 En lo pertinente a la controversia de autos,

la señora Luz Divina Rivera fue citada.17

De ahí, el juicio en su fondo se celebró los días 10 y 12 de mayo de

2022.18 Allí compareció la parte demandante y apelada de autos, por sí y

por conducto de sus representantes legales. Por la parte demandada y

apelante de autos con su representación legal; el señor Héctor Luis Ortiz

López y su esposa Ana Hilda López Rivera acompañados de su

representación legal; la señora Ana V. Ortiz López y Dimas Pagán Ramos

junto a su representación legal; y Katherine Ortiz López, Antonio

Rodríguez López y Héctor Luis Ortiz López, también junto a su

representación legal. Además, compareció el Ministerio Público, pero este

solicitó que se le relevara del caso, por entender que no existía la necesidad

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