Bonafont Solís v. American Eagle

143 P.R. Dec. 374
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 5, 1997·No. Número: CC-95-125·Published·Cited by 10 cases

Opinions

Opinión concurrente emitida por el

Juez Asociado Señor Corrada Del Río,

a la cual se une el Juez Asociado Señor Rebollo López.

Se trae ante nuestra consideración una petición de cer-tiorari en la cual se nos solicita que revisemos la Resolu-ción emitida el 20 de septiembre de 1995 por el Tribunal de Circuito de Apelaciones, Circuito Regional de Caguas, Hu-macao y Guayama, mediante la cual se denegó la expedi-ción de un recurso de certiorari. En dicho recurso se solici-taba que se dejara sin efecto una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia que declaraba con lugar una solicitud de orden protectora presentada por la recu-rrida American Eagle, h/n/c Executive Airlines, Inc. La re-solución de instancia tuvo el efecto de negar a los padres y a la esposa del peticionario, Gerardo Luis Bonafont Solís, el derecho a estar presentes en la toma de deposición del señor Bonafont que llevaran a cabo los recurridos.

A continuación exponemos las bases de hecho y derecho que motivan nuestra concurrencia con la sentencia que hoy [388] emite este Tribunal, la cual confirma el dictamen del Tribunal de Circuito de Apelaciones.

HH

El peticionario, Gerardo L. Bonafont, era empleado de American Eagle y fue despedido del puesto que ocupaba como mecánico de aviación como consecuencia del resul-tado que se obtuvo de una prueba de detección de uso de drogas realizada en su trabajo.

El 5 de noviembre de 1991, el peticionario, su esposa, sus hijos y sus padres instaron una demanda en el Tribunal de Primera Instancia. En la demanda reclamaron por despido injustificado y daños y perjuicios por difamación. Mediante presentación de una notificación de traslado,(1) la demandada, American Eagle, obtuvo el traslado de la acción a la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico (en adelante la Corte federal) a base de que en el pleito alegadamente existían asuntos de derecho federal que debían ser dilucidados en dicho foro.(2)

El 29 de junio de 1992, los demandantes presentaron ante la Corte federal una demanda enmendada, mediante la cual añadieron como demandada a la Transport Workers Union of America, AFL-CIO (en adelante Union) por ale-gada representación indebida (unfair representation).

Union era la organización sindical que representaba al demandante Bonafont. Con esta nueva causa de acción, los demandantes invocaron la existencia de otro asunto federal que debía ser dilucidado por la referida corte. Ante esta [389] demanda enmendada, los demandados presentaron una moción de desestimación.

La Corte federal dictó sentencia el 26 de octubre de 1993, mediante la cual desestimó varias de las reclamacio-nes existentes en el pleito, incluyendo la causa de acción contra Union, por estar prescrita, y las causas de acción de los familiares de Bonafont, al amparo de su jurisdicción suplementaria discrecional, por carecer éstos de acción le-gitimada {standing). En cuanto a los planteamientos de derecho federal que motivaron el traslado a la Corte federal, dicho foro determinó que el caso no estaba controlado por el Railway Labor Act (en adelante R.L.A.) ni por el Federal Aviation Act (en adelante F.A.A.), según alegaban los demandados en su solicitud de traslado. De esta ma-nera, la Corte federal dispuso de todas las causas de acción federales existentes en el caso.

Luego de dictada la sentencia, ambas partes en el pleito presentaron mociones de reconsideración, las cuales no fueron acogidas por la Corte federal por haber sido presen-tadas fuera del término establecido por la Regla 59(e) de Procedimiento Civil federal, 28 U.S.C. Del expediente del caso de autos no se desprende que alguna de las partes hubiera apelado la sentencia a la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito ni que los deman-dantes hubieran presentado antes de dictada la sentencia una moción para devolver el caso al foro estatal(3) por en-tender que el traslado era erróneo o que la Corte federal carecía de jurisdicción sobre la materia.

Así las cosas, las únicas dos (2) causas de acción que subsistieron fueron las de despido injustificado y difama-ción del peticionario Bonafont, las cuales fueron devueltas por la Corte federal al Tribunal de Primera Instancia.

Ya devuelto el caso al foro estatal, la parte demandada notificó una toma de deposición a Bonafont, a la cual el [390] peticionario compareció acompañado de su esposa y los padres de éste. American Eagle se opuso a la comparecencia de los familiares de Bonafont, por lo que el peticionario solicitó una orden protectora al tribunal de instancia para que se les permitiera a éstos estar presentes en la toma de deposición.

En oposición a dicha solicitud, American Eagle sostuvo que la sentencia desestimatoria dictada por la Corte federal era final y firme, por lo que constituía “cosa juzgada” y que por ello los familiares del peticionario ya no eran par-tes en el pleito. Sobre este particular, el peticionario y sus familiares alegaron que no procedía la defensa de cosa juz-gada por aplicarse una de las excepciones a dicha doctrina y que, por lo tanto, sus familiares continuaban siendo parte en el pleito. El Tribunal de Primera Instancia acogió el planteamiento de la parte demandada recurrida, American Eagle, y emitió una resolución mediante la cual de-claró con lugar la solicitud de ésta y ordenó a Bonafont a que compareciera a la deposición sin estar acompañado de sus familiares.

Inconformes, Bonafont y sus familiares presentaron una solicitud de certiorari ante el Tribunal de Circuito de Ape-laciones, en la cual alegaron que la Corte federal había errado al desestimar las causas de acción de los familiares de Bonafont y sustentándose en lo resuelto en Torres Silva v. El Mundo, Inc., 106 D.P.R. 415 (1977), haciendo caso omiso a lo resuelto en Soc. de Gananciales v. El Vocero de P.R., 135 D.P.R. 122 (1994). Por lo tanto, sostuvieron que era errónea la resolución del Tribunal de Primera Instan-cia en la que le reconoció efecto de cosa juzgada a la deses-timación, por el foro federal, de la causa de acción de los familiares de Bonafont, bajo el derecho local, de acuerdo con la norma jurisprudencial actual de este Tribunal. El Tribunal de Circuito de Apelaciones declaró no ha lugar la solicitud de certiorari de los recurrentes y señaló que ha-biéndose desestimado las causas de acción de los parientes [391] de Bonafont, la determinación de la Corte federal era final y firme.

Razonó que por no haberse presentado apelación alguna en la Corte de Apelaciones para el Primer Circuito, el dic-tamen de la Corte federal, en cuanto a las causas de acción de los familiares de Bonafont, era final y firme, por lo que éstos quedaron excluidos como demandantes en el pleito devuelto al Tribunal de Primera Instancia. En ninguno de los tribunales recurridos se hicieron planteamientos por la parte demandante de falta de jurisdicción sobre la materia de la Corte federal, sin que se cuestionara así la validez de su dictamen por ese fundamento.

I — I HH

• Ante la determinación del Tribunal de Circuito de Ape-laciones, Bonafont y sus parientes recurren ante este Tribunal mediante un recurso denominado “Apelación o Cer-tiorari”, el 8 de noviembre de 1995.

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Bonafont Solís v. American Eagle, 143 P.R. Dec. 374 (prsupreme 1997).

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