Tpx T-Shirt Print Express, Inc. v. Multi-Ventas Y Servicios, Inc.

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJanuary 12, 2024
DocketKLAN202301025
StatusPublished

This text of Tpx T-Shirt Print Express, Inc. v. Multi-Ventas Y Servicios, Inc. (Tpx T-Shirt Print Express, Inc. v. Multi-Ventas Y Servicios, Inc.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Tpx T-Shirt Print Express, Inc. v. Multi-Ventas Y Servicios, Inc., (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel II

TPX T-SHIRT PRINT EXPRES, Apelación INC. procedente del Apelados Tribunal de Primera Instancia v. Sala de Caguas KLCE202301040 Caso Núm. MULTI-VENTAS Y SERVICIOS, CG2023CV01152 INC.; INMOBILIARIA PYD LLC, cons. con FIDEICOMISO PDG; PEDRO Sobre: RIVERA CONCEPCIÓN, MARÍA Sentencia MERCEDES FELICIANO KLAN202301025 Declaratoria, CARABALLO y LA SOCIEDAD DE Acción de BIENES GANANCIALES Cumplimiento COMPUESTA POR AMOBS; Específico de PEDRO JAVIER RIVERA Contrato, Dolo, FELICIANO, SU ESPOSA FULANA Fraude, Daños y DE TAL y LA SOCIEDAD DE Perjuicios BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; DALIS OMAYRA RIVERA FELICIANO, SU Reconvención: ESPOSO FULANO DE TAL y LA Inexistencia de SOCIEDAD LEGAL DE BIENES Contrato de GANANCIALES COMPUESTA POR Opción de AMBOS Compraventa; Violación de ------------------------- Derechos Constitucionales GRACE MONGE LA FOSSE, (Constitución de CESIONARIA DE MULTIVENTAS y Estados Unidos; SERVICIOS, INC. Constitución de Demandante contra Tercero Puerto Rico) Libelo y Calumnia, Difamación, LILLIAM Y. VICENTE BERRÍOS; Daños y RAFAEL ÁNGEL RAMOS NÚÑEZ; Perjuicios LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; PERSONAS NATURALES Demanda contra A, B, C; PERSONAS JURÍDICAS Tercero: D, E, F; COMPAÑÍAS Violación de ASEGURADORAS X, Y, Z Derechos Terceros Demandados Constitucionales (Constitución de Estados Unidos; Constitución de Puerto Rico); Libelo y Calumnia, Difamación, Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Adames Soto y la Juez Aldebol Mora

NÚMERO IDENTIFICADOR SEN2024______________ KLCE202301040 cons KLAN202301025 2

Adames Soto, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de enero de 2024.

Comparece la señora Grace Monge La Fosse (señora Monge La Fosse

o peticionaria), mediante un recurso de certiorari, KLCE202301040, y otro

que denominó de apelación, KLAN202301025, pero que también acogemos

como de certiorari,1 los cuales hemos decidido consolidar por tratarse de

las mismas partes y de dictámenes emitidos en un mismo caso.2

En el primero de dichos recursos, la peticionaria solicita la revisión

y revocación de una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia,

Sala Superior de Caguas (TPI), el 7 de agosto de 2023.3 Mediante este

dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar una solicitud de la señora

Monge La Fosse para que se extendiera el término en el que presentar su

oposición a la Moción de Sentencia Sumaria instada por T-SHIRT PRINT

EXPRESS, INC. h/n/c/ TPX T-SHIRT PRINT EXPRESS, INC. (el recurrido),

hasta que culminara el descubrimiento de prueba.

En su segundo recurso, la peticionaria solicita que revisemos una

Resolución del TPI, emitida el 19 de octubre de 2023,4 en la que se dispuso

que no procedía una Moción de Recusación Juramentada, presentada por

la señora Monge La Fosse contra el Juez Díaz Valdés.

Luego de evaluar los asuntos planteados por la peticionaria,

determinamos: desestimar el recurso de certiorari identificado como

KLCE202301040, por falta de jurisdicción, y; denegar el recurso de

certiorari identificado como KLAN202301025.

1 Se trata de un recurso en el cual se solicita la revocación de un dictamen interlocutorio,

la denegatoria de la petición de recusación, por tanto, el vehículo procesal adecuado para acudir ante nosotros es el recurso de certiorari. No obstante, el recurso conservará el código alfanumérico correspondiente a la apelación, solo para fines administrativos. 2 La Regla 80.1 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, nos

habilita para ordenar la consolidación de recursos, motu proprio; Orden Administrativa DJ 2019-316 y Orden Administrativa DJ2019-316A. 3 Notificada el 10 de agosto de 2023. 4 Notificada el 23 de octubre de 2023. KLCE202301040 cons KLAN202301025 3

I. Resumen del tracto procesal

Limitando el recuento procesal sólo a los hechos pertinentes a las

controversias presentadas, el 18 de abril de 2023, el recurrido presentó

una Demanda sobre sentencia declaratoria, acción de cumplimiento

específico de contrato, dolo, fraude y daños y perjuicios contra Multi-

Ventas y Servicios Inc. y Otros (Multi-Ventas).

En respuesta, el 25 de mayo de 2023, la señora Monge La Fosse

presentó Contestación a Demanda, Reconvención y Demanda Contra

Tercero, alegando ser cesionaria de Multi-Ventas.

Más adelante, el 14 de julio de 2023, el recurrido presentó Moción de

Sentencia Sumaria Solicitando la desestimación de intervención de la señora

Grace Monge La Fosse. En esencia, alegó que la peticionaria no posee un

interés jurídico válido que justifique su participación en el caso de epígrafe.

Sostuvo que la alegada cesión de crédito litigiosa no existe y es inoficiosa.

Finalmente, solicitó que el foro primario desestimara la solicitud de

intervención de la señora Monge La Fosse, debido a que a la peticionaria

no se le cedió ningún derecho respecto a la propiedad inmueble objeto del

presente caso.

A raíz de ello, el 17 de julio de 2023, Multi-Ventas presentó Moción

Fijando Posición de los demandados con relación a la Moción de Sentencia

Sumaria solicitando desestimación de la intervención de la señora Grace

Monge La Fosse. En lo pertinente, planteó que la Moción de Sentencia

Sumaria era improcedente por ser prematura.

Ese mismo día, el TPI emitió una Orden concediéndole el término de

20 días a la peticionaria para que expusiera su posición respecto a la

Solicitud de Sentencia Sumaria.

Ante lo cual, el 1 de agosto de 2023, la señora Monge La Fosse

presentó una Moción para la extensión del término de nuestra oposición y

contestación a la solicitud de sentencia sumaria hasta tanto culmine la fase

apelativa y la etapa de descubrimiento de prueba. KLCE202301040 cons KLAN202301025 4

En igual fecha, el recurrido presentó Moción en oposición a “Moción

para extensión del término de nuestra oposición y contestación a la solicitud

de sentencia sumaria hasta tanto culmine la fase apelativa y la etapa de

descubrimiento de prueba”. Argumentó que la solicitud de la peticionaria

no cumplía con la Regla 36.6 de las de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V,

R.36.6, al no incluir junto a su moción, una declaración jurada de la que

se desprendieran las razones por las cuales el descubrimiento de prueba

adicional fuera necesario para poder establecer hechos esenciales, con el

propósito de justificar la oposición a la moción. Además, adujo que la

señora Monge La Fosse no justificó su incapacidad de establecer hechos

esenciales para su oposición en dicha etapa de los procedimientos. Por

último, solicitó que se declarase sin lugar la solicitud de prórroga.

Visto lo anterior, el 7 de agosto de 2023,5 el foro primario declaró No

Ha Lugar la moción solicitando la extensión del término para instar

oposición a sentencia sumaria.

Pasados dos días de tal Resolución, el 9 de agosto de 2023, el

recurrido presentó Moción en solicitud de que se tenga por no opuesta

moción de sentencia sumaria. Según lo revela el título de dicha moción, el

recurrido solicitó que se diera por presentada la Moción de Sentencia

Sumaria sin oposición.

En desacuerdo, el 24 de agosto de 2023, la peticionaria presentó una

Moción de Reconsideración juramentada tocante a la extensión del término

para presentar oposición y contestación a la solicitud de sentencia sumaria

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Pueblo v. López Guzmán
131 P.R. Dec. 867 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Noriega Rodríguez v. Hernández Colón
135 P.R. Dec. 406 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Partido Popular Democrático v. Rosselló González
139 P.R. Dec. 643 (Supreme Court of Puerto Rico, 1995)
Negrón Placer v. Secretario de Justicia
154 P.R. Dec. 79 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Argüello López v. Argüello García
155 P.R. Dec. 62 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
In re Castro Colón
155 P.R. Dec. 110 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Crespo Rivera v. Cintrón Rivera
159 P.R. Dec. 290 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
In re Suárez Marchán
159 P.R. Dec. 724 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Cruz Negrón v. Administración de Corrección
164 P.R. Dec. 341 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
García Morales v. Padró Hernández
165 P.R. Dec. 324 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Báez Díaz v. Estado Libre Asociado
179 P.R. Dec. 605 (Supreme Court of Puerto Rico, 2010)
Yumac Home Furniture, Inc. v. Caguas Lumber Yard, Inc.
194 P.R. Dec. 96 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
Medina Nazario v. McNeil Healthcare LLC
194 P.R. Dec. 723 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Tpx T-Shirt Print Express, Inc. v. Multi-Ventas Y Servicios, Inc., Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/tpx-t-shirt-print-express-inc-v-multi-ventas-y-servicios-inc-prapp-2024.